Adolfo Pérez Esquivel, Alicia Castro, Eduardo Barcesat, Carlos Rosanski, Hugo “Cachorro” Godoy, Claudio Lozano, Jorge Elbaum y Atilio Borón fueron los autores de la denuncia que se presentó el jueves 16 de mayo ante la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires, contra las y los legisladores que, durante la extensa sesión del pasado 30 de abril en la que se votó a favor de la Ley Bases, otorgaron la suma del poder político al Ejecutivo Nacional.
Según detalla la denuncia, se los acusa bajo “las figuras de violación de los deberes de funcionarios públicos y abuso de autoridad (art. 248 CPN), y falsedad ideológica de instrumento público (art. 292 CPN)”, delitos para los que se encuentran previstas penas de prisión muy severas e, incluso, en el caso del delito de concesión de facultades tiránicas, se prevé la prisión perpetua.
A su vez, el escrito sostiene que la acusación también “debe considerarse interpuesta contra toda persona que, durante la investigación, pudiese resultar identificada como cómplice y/o instigadora de los hechos denunciados, particularmente ya adelantamos que el Sr. Presidente de la Nación, Javier Milei debe ser investigado como posible instigador (art. 45 del Código Penal) al enviar el Proyecto de Ley sancionado (en media sanción) por la Cámara de Diputados y que si los Senadores ingresan en el mismo ámbito de ilicitud en el trámite de la Ley deben ser alcanzados por esta denuncia de oficio (por tratarse de un delito todavía en ejecución)”.
El otro tramo, aclara que “no se trata aquí de ‘criminalizar’ opiniones, ni discursos -aunque muchas veces esos discursos sí resultan ‘en sí mismos’ constitutivos de un delito, p. ej., cuando por su intermedio se practica la apología de delitos y/o delincuentes-; aquí, repetimos, se trata de lo que hicieron los Legisladores, apartándose de sus deberes concretos, mediante inadmisibles concesiones de poder que convierten al Poder Ejecutivo Nacional en una suerte de ‘soberano absoluto’”, y agrega que la norma del artículo 29 de la Constitución Nacional establece: “… El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni a las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria…”.
Nos comprometimos a DENUNCIAR PENALMENTE a las y los diputados que cedieran facultades extraordinarias a @JMilei : Lo hicimos. En el día de la fecha, los Sres. ADOLFO PÉREZ ESQUIVEL, ALICIA CASTRO, EDUARDO BARCESAT, CARLOS ROZANSKI, HUGO ERNESTO ( Cachorro) GODOY, CLAUDIO LOZANO,…
— Alicia Castro (@AliciaCastroAR) May 17, 2024
En tanto, los denunciantes señalaron públicamente que “la gravedad de la situación creada por Javier Milei requiere respuestas comprometidas con la democracia”, y consideraron que “denunciar los atropellos no es una opción, sino una obligación”.