Con los cambios en la ley será más difícil obtener la ciudadanía, acceder a la salud y a la educación superior, entre otros derechos protegidos por la Constitución.

Con un nuevo DNU, el gobierno de Javier Milei avanzó sobre los derechos de las personas migrantes en Argentina. Los cambios introducidos por el decreto 366/25 a la ley de Migraciones (25.871) dificultan el acceso a los trámites de ciudadanía, a la educación superior, habilitan el arancelamiento en el sistema de salud y facilitan las expulsiones. En lugar de discutir toda esta modificación en el Congreso, lo hizo con un instrumento previsto para situaciones de urgencia y necesidad, que no aplican en este caso.
A partir de la publicación del decreto, para que alguien pueda obtener la residencia permanente, se le exigirá demostrar medios económicos suficientes. Mientras tanto, pueden otorgarle una residencia precaria, pero que desde ahora su duración será de 90 días, mientras que antes era de 180. Tampoco les servirá como prueba de arraigo para obtener ciudadanía o residencia permanente.
Otro elemento clave es que será mucho más complejo obtener la ciudadanía. El decreto cambia los criterios, incluso por sobre las garantías que protege las Constitución Nacional: ya no basta con residir dos años en el país, solo pueden acceder quienes tengan residencia legal continua o sean “inversores”. Además, la decisión queda en manos de Migraciones y no de la Justicia Federal.
Salud y educación
Las personas migrantes que tengan condición migratoria irregular ya no tienen derecho a estudiar en niveles terciarios o universitarios. Solo pueden acceder a la educación inicial, primaria y secundaria. También se restringe el acceso al sistema público de salud. Solo pueden acceder gratuitamente las personas con residencia permanente o en casos de emergencia. En otros casos, se requiere presentar un seguro médico o pagar el servicio. Estas dos decisiones son completamente ilegales, van en contra de la Constitución y de tratados a los que el país adhirió.
Además, se exige como condición para entrar al país un seguro médico obligatorio. Esta medida puede ser restrictiva para personas sin recursos o que visitan familiares.
Ingreso y permanencia con más restricciones
El nuevo régimen amplía los motivos para impedir el ingreso o cancelar la residencia por cuestiones penales, incluso si:
– no hay condena firme: alcanza con un procesamiento, una elevación a juicio o cualquier acto procesal equiparable.
– se trata de delitos leves o con penas menores a tres años.
– existan sospechas fundadas de delitos, aunque no se haya iniciado un proceso judicial.
Además, Migraciones debe ser notificada por el Poder Judicial cada vez que un extranjero es procesado o condenado, lo que refuerza su rol en la vigilancia penal. También las personas extranjeras pueden ser expulsadas por hechos sin condena firme o por haber omitido informar antecedentes, aunque estén en trámite de residencia.
Menores garantías jurídicas
Otro problema que genera la modificación es que desprotege ante la ley a las personas migrantes. Ahora tendrán menos vías de apelación para plantear los posibles abusos o arbitrariedades que se comentan al analizar su situación migratoria. Se elimina el recurso de reconsideración y de alzada administrativa, y la única vía judicial será un recurso ante la Cámara Federal, en un plazo muy acotado de 15 días.
También se reducen las garantías para quienes ya ingresaron, ahora podrán ser expulsados cuando la autoridad migratoria lo decida sin tener que intimar previamente a regularizar la situación por la cual se decide la expulsión. La expulsión puede conllevar una prohibición de reingreso de 5 a 15 años.
Control migratorio más intrusivo y punitivo
La Dirección Nacional de Migraciones obtiene facultades ampliadas de control y fiscalización, tanto en espacios públicos como privados. Desde ahora puede:
– solicitar documentación e información sobre la situación migratoria de personas extranjeras si sospecha que están en situación irregular.
– realizar operativos en lugares de trabajo y alojamiento, pedir libros de registros, inspeccionar documentación y secuestrar temporalmente esos documentos.
– requerir autorización judicial para inspeccionar lugares no públicos, y pedir el auxilio de la fuerza pública para realizar esos operativos.
Esto permite una forma de vigilancia más intensa y extendida, así como genera un entorno de hostigamiento para personas migrantes, incluso aquellas en situación regular pero con papeles en trámite o que no porten documentación en el momento del control.