Penas leves por el crimen de Rafael Nahuel: “El argumento del enfrentamiento se usó en la dictadura”

El referente mapuche en Río Negro, Orlando Carriqueo, repudió el fallo que condena a penas de no más de cinco años a los prefectos que asesinaron a Rafael Nahuel en noviembre de 2017, mientras el joven era parte de una recuperación territorial en la comunidad Lafken Winkul Mapu de Villa Mascardi, cerca de Bariloche.

El referente mapuche Orlando Carriqueo repudió el fallo del Tribunal Oral Federal de General Roca por las penas de hasta cinco años a los prefectos que asesinaron a Rafael Nahuel en 2017. Foto: Pablo Saccomano.

Para el werken y coordinador del Parlamento Mapuche-Tehuelche de Río Negro “el argumento del enfrentamiento se usó en la dictadura”. “Lo que el Estado argentino hizo al atacar a una comunidad mapuche, al ingresar con una orden judicial, con las fuerzas de seguridad y con el poder político que dirigía en aquel momento Patricia Bullrich, es un crimen de lesa humanidad y un crimen de Estado y se enmarca dentro de las políticas de terrorismo de Estado”, criticó en comunicación con el portal Resumen Latinoamericano.

También lamentó que al cumplirse 40 años ininterrumpidos de democracia, “en estos tiempos todavía se viven cotidianamente” situaciones de violación a los derechos humanos a las comunidades originarias. Además, aseguró que la lucha de los pueblos comenzó hace 140 años “cuando el Estado ocupó los territorios comunitarios que hay en la Patagonia”.

La resolución de los jueces Alejandro Silva, Simón Braco y Pablo Díaz Lacava sostiene que en el operativo represivo que llevó adelante la Prefectura hace seis años no hubo represión sino un enfrentamiento, como había argumentado la fiscalía. El abogado querellante por la secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Mariano Przybylski, criticó el fallo judicial y opinó que hubo represión y persecución a tiros. “Para nosotros estuvo probado en el debate oral que acá hubo un homicidio calificado, que los cinco prefectos dispararon 150 veces con intención de matar, que no hubo un exceso, que hubo una persecución con un homicidio”, expresó en declaraciones difundidas por la Confederación Mapuche de Neuquén.

Sergio Guillermo Cavia recibió la pena de cinco años de prisión como autor del delito de homicidio agravado con exceso en la legítima de defensa. Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa, Sergio Damián García fueron condenados a 4 años y medio como partícipes necesarios de ese delito. Por eso, el representante de la Secretaría de DDHH en el juicio aseguró que apelarán el fallo.

A pesar del fallo, Mariano Przybylski resaltó que “se reconoció judicialmente que los prefectos cometieron un delito”. Y agregó: “ No nos olvidemos que la Ministra de Seguridad de aquel momento, reivindicó la tarea de los prefectos y hoy se demostró que esos prefectos que ella reivindicaba cometieron un delito en el ejercicio de sus funciones y se trata de la misma funcionaria que posiblemente esté a partir del 10 de diciembre nuevamente al mando político de las fuerzas de seguridad”.


Fuente: https://agencia.farco.org.ar/home/penas-leves-por-el-crimen-de-rafael-nahuel-el-argumento-del-enfrentamiento-se-uso-en-la-dictadura/

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