El Tribunal de casación deberá definir cómo se resuelve la condena para Juan Emiliano Santamaría, el encargado del módulo 16 de la Unidad Penal N° 33 de Magdalena donde murieron 33 personas que quedaron encerradas durante un incendio en el 2005. La Comisión por la Memoria fue querellante en el juicio donde quedaron detenidos otros tres de los 17 imputados. Esta resolución corresponde a la revisión de las 14 absoluciones que se viene dando tras el juicio.
Al revisar la absolución dictada en 2018 por el Tribunal en lo Criminal n° 5 de La Plata la Suprema Corte determinó que “corresponde remitir a la instancia intermedia a fin de que jueces hábiles procedan a dictar un nuevo fallo ajustado a derecho” en el caso de para Juan Emiliano Santamaría. El agente era el encargado de los módulos 15 y 16 del Complejo Penitenciario y había sido absuelto por el delito de abandono de persona seguido de muerte y lesiones. Esa decisión fue apelada hasta llegar a la Corte bonaerense.
Ahora los jueces Kogan, Soria, Genoud, Torres y Natiello evaluaron que en su función de encargado “era quien tenía a su cargo la custodia de las puertas y rejas de ese pabellón y la posesión de las llaves y candados que las aseguraban y en todo caso franqueaban su acceso”, aunque se las hubiera pasado a otro agente. También señalaron que en la sentencia se distingue entre los agentes que prestaron servicio durante la noche del incendio “quiénes estaban al mando de la Unidad y, en consecuencia, impartían directivas, de quienes cumplieron las órdenes, como así también quiénes escogieron un nexo de evitación del resultado siguiendo su apreciación personal o, inclusive, actuando intuitivamente”. Así, interpretan que podría haber impartido la orden de abrir las puertas que quedaron cerradas impidiendo a las víctimas salir del lugar. Muchos detenidos murieron agarrados a la reja de salida del pabellón, gritando para que abran esa puerta.
Tras el debate oral y público que se realizó durante el 2017 –el veredicto se dio a conocer en febrero del año siguiente–, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 5 de La Plata condenó al ex director de la Unidad Penitenciaria 28 Daniel Tejada por el delito de incendio culposo y a Reimundo Fernández y Rubén Montes de Oca por homicidio simple con dolo eventual. Otros 14 agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense que llegaron a juicio fueron absueltos.
Tres años después de conocerse esa sentencia el Tribunal de Casación Penal bonaerense casó el veredicto absolutorio de María del Rosario Roma, jefa de seguridad exterior del penal al momento de la masacre, y la condenó como autora responsable del delito de abandono de personas seguido de muerte y lesiones. Ese fallo también cambió la calificación y redujo la pena de dos de los tres condenados en primera instancia.