Protocolo de uso de armas de Bullrich: resistencia judicial a prevenir el aumento de la violencia policial

La justicia penal rechazó el amparo que presentó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) contra el reglamento de uso de armas de fuego para fuerzas federales, impulsado por el Ministerio de Seguridad. El protocolo amplía la discrecionalidad para disparar con la sola sospecha de que alguien comete un delito y debilita el sistema de rendición de cuentas por esos actos.

Compartimos el comunicado del CELS:

El poder judicial rechazó nuestro amparo contra el reglamento de uso de armas de fuego para las fuerzas federales impulsado por Patricia Bullrich. La resolución del Ministerio de Seguridad de marzo pasado amplía la discrecionalidad para el uso de la fuerza letal, flexibiliza la obligación de los agentes a identificarse, de dar la voz de alto y debilita el sistema de rendición de cuentas de las mismas fuerzas. Esta decisión judicial muestra nuevamente las resistencias judiciales para prevenir las prácticas policiales que ponen en riesgo la vida de las personas.

Apenas el Ministerio anunció la resolución hicimos una presentación en la que planteamos su nulidad e inconstitucionalidad. En el amparo explicamos que, al aplicarse el nuevo reglamento, se aumentan los niveles de violencia en los espacios públicos y que se genera un gran peligro para todos los involucrados en este tipo de situaciones: para las personas que están alrededor pero también para los propios policías.

Esta nueva reglamentación ministerial vuelve a habilitar lo establecido en la resolución 956/2018, aprobada durante la gestión del gobierno de Mauricio Macri, cuando el Ministerio de Seguridad de la Nación también estaba en manos de la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich. Aquella resolución de Bullrich luego fue derogada durante el gobierno de Alberto Fernández.

El reglamento permite disparar con un arma reglamentaria para impedir delitos “graves”, que representen un “peligro inminente” para la vida de las personas. Además de entregar una definición amplia y vaga, no está acompañada de criterios para evaluar esa gravedad y de esa manera queda librada a la interpretación de las y los policías.

Ese accionar es contrario a los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y razonabilidad impartidos por Naciones Unidas e incorporados en nuestra Ley de Seguridad Interior. Con esta nueva resolución se habilita el uso de armas de fuego contra quienes no lleven armas o tengan armas menos lesivas como las cortantes.

El protocolo también otorga la posibilidad de que los policías disparen contra personas solamente por sospechar que cometieron un delito.

Esta decisión resulta muy preocupante en un escenario de crecimiento de la cantidad de casos de hechos de violencia policial. Durante el primer bimestre 2024, se registraron se registraron 25 víctimas civiles y ningún funcionario fallecido, un crecimiento del 66% de víctimas civiles en hechos de violencia con participación de fuerzas de seguridad con respecto al primer bimestre de 2023.

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