El presidente se apresta a rubricar la extensión de la prohibición de despidos sin justa causa. Según autoridades nacionales, logró al menos frenar una ola de cesantías.
Alberto Fernández tiene a la firma un borrador de decreto que prorroga la vigencia de la prohibición de los despidos sin justa causa. La herramienta, que según el Gobierno logró al menos aminorar una ola de cesantías derivada de la crisis económica por la cuarentena, culminará el 31 de julio su vigencia. En la CGT hubo gestiones discretas con el Ejecutivo para su extensión por entender que en caso contrario las empresas aprovecharán para echar personal con el argumento legal de las causas de “fuerza mayor” que reducen a la mitad los montos indemnizatorios.
El impedimento para los despidos quedó consagrado en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 329/2020 firmado a fines de marzo y con vigencia hasta mayo, y que luego fue prorrogado hasta el último día de este mes. En paralelo con ese instrumento rige la duplicación de la indemnización por despido que surgió con la declaración de la emergencia laboral, apenas asumió Fernández, y que continuará al menos hasta fin de año. Para extender la prohibición el mandatario debería firmar un nuevo DNU como el que elaboró para su análisis el Ministerio de Trabajo.
Aunque funcionarios y especialistas coinciden en que habrá un aumento significativo del desempleo (y la pobreza) como consecuencia de la pandemia del coronavirus las proyecciones difieren y están sujetas a cambios permanentes. Una de la consultora Ecolatina situó la suba en cinco puntos porcentuales, del actual 10,4% a 15 por ciento a la salida de la cuarentena. Cerca del ministro de Trabajo, Claudio Moroni, advierten sin embargo que la situación hubiese sido más dramática sin el DNU de marzo pasado.
Para el jefe de la cartera laboral en lo que va de la pandemia no hubo una pérdida tan significativa de puestos de trabajo por la eficacia de la medida y en cambio la mayor disminución se constató con la no renovación de contratos para puestos laborales temporales o eventuales. Es lógico inferir que también hubo mayor proporción de empleos destruidos en el sector informal de la economía, no sujeto a las restricciones impuestas por la normativa vigente.
También se produjeron muchos despidos en la construcción, donde no impera la ley de Contrato de Trabajo sino el estatuto propio del rubro que prevé un fondo de cese laboral para el cobro por parte de los albañiles entre una obra y otra. En el gremio había advertido que en los dos primeros meses de cuarentena se habían perdido unos 40 mil puestos de trabajo pero en las últimas semanas algunas estimaciones elevaron ese número a cerca de 100 mil.
La crisis de Latam reactualizó la preocupación por la situación de los despidos. Trabajo rechazó el Procedimiento Preventivo de Crisis que la línea aérea había pedido a mediados de junio con el alegado propósito de contar con aval para despedir a sus 1.715 empleados con indemnizaciones reducidas a la mitad. En este contexto, con la doble indemnización en vigor, implicaría pagar un valor regular si el PPC prosperara.
Algunos abogados laboralistas advirtieron que si el Gobierno quisiera brindarles una señal a los empleadores podría habilitar los despidos sin justa causa, a cambio del pago de la doble indemnización, y sólo mantener la prohibición para los ocasionados por fuerza mayor.