La Corte Suprema ratificó fallo que ordena al Ministerio de Energía realizar consulta indígena de forma presencial y acorde a las “obligaciones contraídas por el Estado de Chile”, de conformidad al Convenio N° 169 de la OIT. El recurso fue interpuesto por organizaciones de Pueblos Originarios de Arica a Magallanes a favor de comunidades pewenche del Alto Bio Bio, quienes vienen enfrentando medidas ilegales y arbitrarias desde esa cartera y que se relaciona con los intentos de imposición de una Guía Manual para proyectos de Energía en este territorio.
El recurso fue presentado por La Asamblea Originaria por la Descolonización y la Plurinacionalidad (ASODEPLU) y la adhesión de diversas organizaciones y comunidades, quienes han señalado “En el territorio del Alto Bio Bio existen proyectos dañinos, emblemáticos contra las comunidades Pewenche como han sido los mega proyectos de represas hidroeléctricas Ralco, Pangue y Angostura, por lo tanto estos manuales de instalación de empresas hidroeléctricas son utilizados por estas empresas como prueba de legalidad y ausencia de arbitrariedad”.
Señalan en otro punto: “Por lo tanto, lo que dicen las empresas es que instalan sus proyectos hidroeléctricos cumpliendo estos manuales, atribuyéndose que lo han hecho bien, pero en realidad lo que ocurre con este proceso participativo ilegal, es que estos manuales no cuentan con la visión vinculante de los Pueblos Originarios, cuentan con la visión de las empresas, de los trabajadores, del Estado, de los inversionistas, pero no con la de los Pueblos y eso es lo que señala la Corte Suprema, que debe hacerse una consulta indígena de acuerdo a lo que establece la norma”.
El Ministerio de Energía busca implementar desde hace un tiempo una Guía para proyectos de inversión que, según se ha señalado, involucre estándares de relacionamiento comunitario, diálogos previos entre la empresa y las comunidades afectadas, incluyendo las de pueblos originarios, entre otras medidas que finalmente buscan ser consideradas “buenas prácticas” para las empresas, sin embargo las organizaciones de Pueblos originarios han señalado al respecto: “Todos sabemos que estos manuales pueden ser tendenciosos y terminan siendo una herramienta de malas prácticas más que un manual para las buenas prácticas empresariales y ante esto, nosotros lo que denunciamos es que el procedimiento fue mal hecho donde el Ministerio de Energía ha incurrido en una conducta ilegal y arbitraria, ratificado por la Corte Suprema”.
Uno de los temas críticos con respecto a esta guía del Ministerio de Energía, es que la llamada “consulta indígena” que se pretendió hacer era más bien una encuesta telefónica, sin ninguna consideración a la cultura pewenche, costumbres, lengua, fuera de plazo, en una zona con poca cobertura de internet y de celular, con una profunda brecha digital, más aún en una zona vulnerable por la crisis social y sanitaria.
Las organizaciones indican: “Vamos a estar muy atentos porque sabemos que el Ministerio de Energía tiene conductas muy prepotentes y elusivas con respecto a los derechos de los Pueblos Originarios. De hecho, armaron toda una trama administrativa para que la consulta indígena se realizara en un proceso muy posterior. Lo que nosotros reclamamos es que la consulta indígena debe ser desde el inicio, no al final, no cuando esté todo arreglado, cuando esté todo aprobado y se consulte a las comunidades prácticamente el color del libro del manual. Nosotros queremos que la visión sea recogida desde el inicio”.
También afirman en otro punto: “Si el Ministerio de Energía insiste en hacer estas encuestas por celular, va a ser denunciado y demandado ante la justicia criminal por desacato, así es que vamos a estar muy atentos y llamamos a todas las comunidades, a los lof del Alto Bio Bio, a que denuncien en caso que el Ministerio de Energía insista en sacar este manual por secretaría sin acatar el fallo de la Corte Suprema y los tratados internacionales que se aplicaron en este caso”.
Los demandantes también han recordado que “después de la demanda ante el sistema internacional, el Acuerdo Amistoso entre el Estado de Chile y las hermanas Quintremán, por el caso Ralco, de octubre de 2003 ante la Comisión Interamericana de DDHH, establece en la letra d) del numeral 3 que el Estado debe Acordar mecanismos vinculantes para todos los órganos del Estado que aseguren la no instalación de futuros megaproyectos, particularmente hidroeléctricos, en tierras indígenas del alto Bío Bío, pero parece que el Estado prefiere violar sus compromisos y los derechos pewenche, incluyendo este manual o guía para la invasión empresarial de proyectos de energía, de manera ilegal”.
El recurso interpuesto por La Asamblea Originaria por la Descolonización y la Plurinacionalidad (ASODEPLU), con la redacción de Ariel León Bacián, fue representado por las siguientes dirigencias: Verónica Henríquez Antimanqui, mapuche, Presidenta Asociación Futa Trawun, Paillaco; Haydee Águila, kawésqar, Presidenta Comunidad Indígena At Ap, Punta Arenas; Esteban Araya Toroco, likan Antai, Presidente Asociación Indígena de Regantes y Agricultores Lay Lay, Calama; Ariel León Bacián, aymara – quechua, Iquique, Región Metropolitana; Denis Quichel Antillanca, mapuche, Presidenta Asociación Newentwaiñ, Concepción; Ercilia Araya Altamirano, colla. Presidenta Comunidad Indígena Colla de Pai Ote, Copiapó; Nancy Piñones Ormazábal, aymara, Región Metropolitana; María Navarro, miembro de la Comunidad Kawesqar Seno Obstrucción, Puerto Natales; Yaneth Challapa, aymara, habitante de la comuna de Colchane, Cariquima; Carmen Paine, werken de la Asociación indígena de Butalelbun, Alto Bio Bio; Wilfredo Bacián, Presidente de la Comunidad quechua de Quipisca, Tarapacá; Ruth Godoy, Presidenta de la Comunidad Quechua de Macaya, Tarapacá; Richard Fernadez Chavez, Coordinadora Aymara de defensa de los recursos Naturales, Arica Parinacota; Leticia Caro Kogler, Presidenta de la Comunidad Kawesqar Grupos Familiares Nómades del Mar, Punta Arenas; y Haylen Chang Cutipa, miembro del pueblo de Belén, quechua, Arica Parinacota.