Perú : Entendiendo la Ley 31973 o erroneamente llamada Ley Anti-Forestal

 

Para entenderlo, debemos conocer a que se refieren El Estado y El Capital con el término Forestal.

Usan el término Forestal colocándolo en una Ley, para así poder crear una Ley Forestal y decidir mediante sus criterios cosificadores y economistas qué es lo que se puede extraer de los Bosques y a quiénes porque incluye fauna también, dónde, cuándo,… y quiénes pueden hacerlo.

 

Las industrias amparadas por esa Ley o por otras Leyes similares, o sin su permiso son :

-Agricultura del tipo Monocultivos incluída la Agrotóxica y la Orgánica

-Ganadería extensiva y hasta local

-Madereras, sea legal, de las que trabajan con Certificaciones, o las ilegales.

-Minería, sea esta legal, ilegal, informal. Todas se retro-alimentan.

-Petroleras y del Gas, sean ilegal, Estatal o Privada.

-La Caza, que suele quemar plantaciones para librarse de mosquitos y de otras especies que puedan impedirle su cazería.

-El Turismo, que agiliza construcciones de carreteras, invasión de vehículos, centros de carga de combustible, implementación de antenas para electricidad e internet, … y cosificación de habitantes de toda especie.

-Trata sexual, que secuestra y explota sexualmente gente nativa y foránea

-Laboratorios, que secuestra y explota plantas y animales de diversas especies para probar sus resistencias a bacterias y virus etc, o «para conocerles mejor».

Sobre la Zonificación Forestal

 

También debemos conocer a qué le llaman Zonificación Forestal

Verán que se atribuyen la potestad de decidir por otrxs seres y por la Pachamama.

Desde la misma página de SERFOR, la describen así :

Es un proceso obligatorio, técnico y participativo mediante el cual se definen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre.

En este proceso se determinan las potencialidades y limitaciones para el uso directo e indirecto de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, así como su capacidad para brindarnos recursos, bienes y servicios ecosistémicos indispensables para nuestra vida.

La zonificación forestal toma en cuenta todos esos aspectos y, mediante un proceso técnico obligatorio, define la alternativa de uso más adecuada para cada bosque.

Es el primer paso que realiza el Estado para determinar las unidades de ordenamiento forestal que, a su vez, hace posible el otorgamiento de derechos de aprovechamiento, cuidando mantener su capacidad para brindarnos recursos, bienes y los servicios indispensables para nuestra vida.

Ahora sí, sobre la Ley 31973 o erróneamente llamada Ley Anti-Forestal

 

Esa Ley nace de las ansias de maximizar el especismo y antropocentrismo que ya tenía la anterior ley llamada Ley Forestal y de Fauna Silvestre Ley 29763.

Es decir, el objetivo era modificar los artículos 29 y 33 de la anterior ley.

La primera es la suspensión de «la obligatoriedad de exigir la zonificación forestal como requisito para el otorgamiento de títulos habilitantes»; Para la implementación de la presente disposición, el gobierno regional acreditará ante el Serfor los avances en la aplicación de la Guía Metodológica para la Zonificación Forestal

La segunda, durante el periodo de suspensión de la exigencia de la zonificación forestal, no se otorgarán títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre en áreas que se encuentren en trámite de reconocimiento, de titulación o de ampliación de comunidades campesinas y nativas; así como en áreas que se encuentren en trámite para el establecimiento de reservas territoriales, pueblos en aislamiento voluntario o en contacto inicial.

 

Esto quiere decir que las zonas que no han sido reclamadas legalmente por las comunidades ahí residentes, serán entregadas a lxs que pidan esos títulos habilitantes, dejando así un claro mensaje especista y antropocentrista que dispone de flora y fauna al servicio y disfrute de quien «lo trabaje» o «lo reclame».

Pero no es lo único, ya que termina esta nueva ley, con lo siguiente :

ÚNICA. Clasificación de tierras y reglas sobre cambio de uso para actividades agropecuarias existentes

En resumen sería algo así como que si una propiedad no contiene masa boscosa, puede hacer uso de ella para su industria agrícola y ganadera de toda especie animal, ah pero resaltan que se debe al menos dejar un 30% de bosque por cuestiones de «sostenibilidad». Eso da lugar a que si la propiedad contiene más aŕea boscosa que el 30%, pueda ser quemada o talada para expandir su producción y sus ganancias pues eso dinamiza el Mercado.

En caso de que el predio privado no cuente con el área de reserva mínima esta deberá ser compensada de manera progresiva con áreas reforestadas o de conservación dentro o fuera del predio. El Serfor deberá establecer los mecanismos adecuados para dicho fin.

Es decir, ya el 30% dentro de su «propiedad» no son tan importantes, con tal de que pueda «reforestar» en otros lugares. El cuando, dónde y cómo, solo SERFOR lo $abe.

 

Una aclaración sobre las Leyes y la Legalidad

 

Por eso y muchas cosas más, es importante analizar las leyes que cuestionamos, no para ver cual nos benefician y cual no, ya que todas nos perjudican porque están elaboradas bajos criterios del Dinero y del Poder usando además lógicas especistas, antropocentristas, clasistas, racistas, etc ; Y decía que era importante analizar las leyes para dar a conocer a lxs creyentes de la Legalidad que las leyes sólo buscan afianzar al Estado, el Capital y demás entes e ideologías opresivos y represivas.

No se asombren, si agrupaciones sólo apuntan a derogar esa ley y regresar a la antigua ley, como si eso fuera la solución ya que la antigua ley también llevaba las mismas lógicas cosificadoras de la Pachamama y sus habitantes de distintas especies.

Damos a conocer todo esto, no para buscar una ley idónea, sino para repudiarlas todas, porque ninguna ley va en busca de la libertad, ninguna.

Como muestra de la creencia a las leyes y al discurso de la «Reforestación» ponemos lo expuesto en una publicación para la marcha nacional de hoy Miércoles 02 de Octubre que sigue llamando Ley Anti-Forestal a lo que como ya hemos expuesto es en realidad Ley Forestal porque con ese nombre se atribuye el dominio a los Bosques o Forest en inglés, porque si fuera Anti-Forestal como le llaman, entonces estaría beneficiando al bosque.

«El dia MIÉRCOLES 2 de OCTUBRE, distintos colectivos ambientalistas/animalistas a nivel NACIONAL nos convocamos para una jornada más de lucha para exigir 4 consignas necesarias:
1. Estado de emergencia en TODAS las zonas afectadas
2. La derogación de la ley 31973 o ley antiforestal, que promueve la deforestación de nuestros bosques y destrucción de nuestros ecosistemas
3. Un plan de reforestación y restauración de las zonas
afectadas
4. Plan para contrarestar las mafias que ponen en riesgo las zonas naturales de nuestro país.
Nuestras selvas y ecosistemas son el pulmon de la tierra y estamos encargados de salvaguardar ese patrimonio para el mundo entero.
Invitamos a todos los ciudadanxs a ser parte de esta jornada de concientización en contra de la ley antiforestal.

NO NOS QUEDAMOS CALLADOS ANTE EL ECOCIDIO.

Liberación de la Tierra y Habitantes (de toda especie), no es sólo un eslogan, es una práctica conta toda cosificación y toda autoridad sea legal, ilegal o cotidiana.

 

Enlaces del caso

 

-Zonificación Forestal

https ://geo.serfor.gob.pe/geoserfor/index.php/catastro-forestal/zonificacion-y-ordenamiento

-Guía Metodológica para la Zonificación Forestal

https ://repositorio.serfor.gob.pe/handle/SERFOR/488

-Zonificación Forestal

https ://repositorio.serfor.gob.pe/handle/SERFOR/537

– Ley Forestal: ¿por qué generó polémica su promulgación y qué riesgos representa para los territorios indígenas?

https ://rpp.pe/politica/congreso/ley-forestal-por-que-genero-polemica-su-promulgacion-y-que-riesgos-representa-para-los-territorios-indigenas-noticia-1527247

-Noticias relacionadas a Ley Forestal

https ://rpp.pe/noticias/ley-forestal

-Ley 31973

https ://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2251964-1

-Ley Nº 31973: Promueven desarrollo del proceso de zonificación forestal en las diferentes regiones del país

https ://elperuano.pe/noticia/233167-ley-no-31973-promueven-desarrollo-del-proceso-de-zonificacion-forestal-en-las-diferentes-regiones-del-pais

-Sector agropecuario (Concepto)

https ://economipedia.com/definiciones/sector-agropecuario.html

-“La selva no se vende, la selva se defiende”: la “Ley Antiforestal” y la vulneración de derechos constitucionales en el Perú

https ://conexionambiental.pe/la-selva-no-se-vende-la-selva-se-defiende-la-ley-antiforestal-y-la-vulneracion-de-derechos-constitucionales-en-el-peru/

-3era Marcha Nacional Miércoles 02 de Octubre No a la Ley Antiforestal
desde el IG de @mov.ambientalista_peru

https://instagram.com/p/DAmeA33vKv8/

-Revista de Biodiversidad 111 en su edición Acaparamiento de tierras, deforestación y crisis climática.

https ://grain.org/es/category/572-biodiversidad-111-2022-1

-Revista Biodiversidad 116 en su edición Fuego sobre Fuego

https ://grain.org/es/category/578-biodiversidad-116-2023-2

-Documental Don Benjamín. Entrevista con Daniel Cordero: Luchando contra el fuego en la Amazonía

-PLANTAR POBREZA, EL NEGOCIO FORESTAL EN CHILE – DOCUMENTAL

-La Mentira Verde – Documental

 

 

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