Condenas en Chaco: causa Caballero III y revisión de la Masacre de Margarita Belén

En el juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco, entre otros lugares, fueron sentenciados 8 represores por secuestros, torturas y desapariciones contra 32 víctimas. Además, en una revisión de la sentencia por la Masacre de Margarita Belén, se condenó al excomisario Alfredo Luis Chas a 15 años de prisión por su participación en los fusilamientos ocurridos en diciembre de 1976. El fiscal a cargo en Chaco, Diego Jesús Vigay, participó de la previa de una de las transmisiones de juicios de La Retaguardia en su canal de YouTube y brindó detalles de lo que dejaron estos fallos.

Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco. Foto archivo: Infojus.

Entrevista: Fernando Tebele. Redacción: Diego Adur. Edición: Pedro Ramírez Otero. 

El tercer tramo de la causa Caballero que investigaba los crímenes de lesa humanidad cometidos contra 32 personas en la Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco, en la Alcaidía Policial y en la Cárcel Federal U7 tuvo sentencia: los 8 imputados, oficiales y suboficiales de la Inteligencia de Chaco y del Ejército, así como también policías penitenciarios, fueron condenados a penas que van desde los 3 años y 6 meses hasta 25 años de prisión.

Las penas más bajas fueron para el jefe de guardia de la Cárcel Federal U7, César Pablo Casco, quien recibió 3 años y 9 meses de prisión, y para José Marín, exsargento de la Policía de Chaco, con una pena de 3 años y 6 meses. El suboficial Ángel Jorge Ibarra recibió 6 años; José Tadeo Luis Bettolli, exoficial de la Inteligencia del Ejército, fue condenado a 7 años y medio de prisión; a Luis Alberto Patetta, también de la Inteligencia del Ejército, le dieron 11 años y 6 meses; Francisco Orlando Alvarez, quien fuera oficial de la Alcaidía Policial y no había sido condenado en ninguna oportunidad, recibió 14 años de prisión. Las penas más elevadas las recibieron el comisario José Francisco Rodríguez Valiente y el suboficial Gabino Manader: 25 años de cárcel para cada uno y fueron considerados responsables de ejercer violencia sexual en el centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de Chaco.

Foto: Captura de pantalla de la transmisión de La Retaguardia.

Durante una de las transmisiones de juicios de lesa humanidad de La Retaguardia que se realizan por el canal de YouTube, el fiscal Diego Jesús Vigay fue invitado a participar y brindó más detalles de lo que dejó el veredicto del Tribunal Oral Federal de Resistencia: “En este juicio se trataron los casos de 32 víctimas, 28 de ellas sobrevivientes y 4 casos de desaparecidos. Fundamentalmente, fueron oficiales y suboficiales de la Dirección de Inteligencia de Chaco y oficiales de la Inteligencia del Ejército argentino. También se juzgaron casos puntuales de torturas en la Alcaidía Policial como en la Cárcel Federal U7. Por un lado, la reconstrucción de este centro clandestino de detención —la Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco—, los secuestros, las privaciones ilegítimas de la libertad, las torturas y las condiciones de detención. Se juzgó también un caso de violencia sexual, reconstruyendo lo que era la sistematicidad de la violencia sexual en este centro clandestino de detención como en todos los centros clandestinos del país. Se juzgó el caso de niños que habían sido alojados en este centro junto a sus padres por algunos días. El centro del juicio fueron casos que iban desde 1974 hasta el año 1979”, comentó el fiscal.

En el balance que hizo Vigay aparece la alegría por lograr la condena de los 8 imputados en la causa y, a la vez, la frustración porque las 4 desapariciones que forman parte de las 32 víctimas del juicio no fueron probadas en la sentencia: “Se condenó a todos los imputados por 28 de los 32 casos. Es muy importante porque consolida todo el proceso de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad y la reconstrucción de lo que fue este centro clandestino de detención en Chaco. Lo negativo fueron las absoluciones en cuanto a las desapariciones. Existen elementos suficientes de indicios de algún nivel de participación de quienes estaban imputados, sobre todo en las condiciones de detención que nosotros consideramos ilegales y los tormentos a estos detenidos que están desaparecidos. Se va a apelar esa parte de la sentencia”, aseguró.

El fiscal también celebró la velocidad con la que se desarrolló este tercer tramo de la causa: “Fue muy positivo que el juicio por el caso de 32 víctimas, con alrededor 40 testigos se pudo hacer prácticamente en 10 días. Se fijaron audiencias todos los días de la semana. Jueces de otra jurisdicción —los jueces Luciano Homero Lauría y José María Escobar Cuello del Tribunal Oral de Santa Fe— se instalaron en Resistencia todos esos días. El presidente del Tribunal —Rubén David Oscar Quiñones— no lo pudo hacer porque no estaba vacunado, así que dirigió el juicio desde Formosa. Se pudo hacer una parte con testigos de manera presencial. Las audiencias empezaban puntualmente a las ocho de la mañana y terminaban a las tres, cuatro o cinco de la tarde. En cinco días se produjeron todos los testimonios y la semana siguiente fue la producción de los alegatos. Fue muy importante hacerlo con esa celeridad”, destacó.

Impunidad biológica para genocidas y declaraciones pendientes para víctimas

Vigay habló de algo que sucede en casi la totalidad de estos procesos, que tardan tanto tiempo en llegar y las consecuencias que eso genera: genocidas que mueren sin recibir condenas y familiares de víctimas o sobrevivientes del Terrorismo de Estado que no llegan a contar su historia. “Lamentablemente no llegaron a juicio los responsables principales del centro clandestino de detención. Han fallecido en el camino de lo que fue esta causa y, fundamentalmente, en este tercer tramo. Además, tuvimos el fallecimiento de varias víctimas que no tuvieron la oportunidad de que su caso fuera tratado en un tribunal. Se salda la situación con la incorporación por lectura del testimonio que se hizo en instrucción, pero claramente no es lo mismo. Queda una deuda pendiente ahí”, lamentó.

Menos comida para presos políticos

Las torturas y tormentos de las personas secuestradas no terminaban aun cuando fueran puestas a disposición del Poder Ejecutivo nacional, como presos legales. Otro de los aspectos que se juzgó en esta causa fue el racionamiento de la comida que se hacía con los presos legalizados. En la Cárcel Federal U7 había una pabellón de detenidos políticos, que recibían un tratamiento muy diferente al de los presos comunes: “En el caso de la U7, se pudo reconstruir que hubo una sistemática de reducir prácticamente a la mitad la dieta alimentaria de los detenidos políticos fundamentalmente en los años 77, 78 y 79, durante varios meses de cada uno de esos años. Perdieron mucho peso y sufrieron un deterioro en su salud, y existía diferencia con la comida de los detenidos comunes. Los detenidos políticos referían que, en alguna oportunidad, llegaban los restos de la comida de los pabellones de los presos comunes. Se notaba claramente la diferencia en la cantidad y en la calidad de la comida en uno y otro caso”, explicó el fiscal.

Monumento conmemorativo de la Masacre de Margarita Belén, Chaco. Foto: Rodoluca.

La masacre de Margarita Belén

Otra de las buenas noticias que compartió Vigay fue la de la revisión que se produjo sobre la sentencia de la Masacre de Margarita Belén. El 13 de diciembre de 1976 fueron fusiladas 11 personas y 4 más fueron desaparecidas. Supuestamente, estaban siendo trasladadas desde la alcaidía y la Cárcel Federal U7 de Resistencia hacia la Cárcel Federal U11 de Formosa. En horas de la madrugada, militares y policías que llevaban adelante el operativo se detuvieron a 30 kilómetros de la capital chaqueña, cerca de la localidad de Margarita Belén, cortaron la ruta y fraguaron un enfrentamiento con los prisioneros para justificar los asesinatos. La versión oficial sobre el intento de fuga contó con el aval de la Justicia y los medios de comunicación durante mucho tiempo, hasta que la causa tuvo juicio en el año 2010 y 2011. “Fueron condenados a cadena perpetua todos los oficiales del Ejército argentino que llevaron adelante esa masacre”, contó el fiscal. Es decir, de los 9 imputados, 8 fueron considerados culpables. Solo el excomisario de la policía de Chaco, Alfredo Luis Chas, pudo escapar de la Justicia en aquella ocasión: “Había sido absuelto un comisario de Policía, que era oficial ayudante al momento de los hechos. Había tenido una participación que tenía que ver con el patrullero que iba adelante del convoy, que hace el corte de ruta que permite bajar los detenidos y hacer la puesta en escena de un enfrentamiento —lo que es la aplicación de la ley de fuga— y llevar adelante los fusilamientos”, explicó.

El fallo fue apelado y la Cámara de Casación pidió que se revisara la absolución de Chas. La semana pasada, el TOF de Resistencia lo condenó a 15 años de prisión por su participación en la Masacre: “Se logró que se revoque la absolución. Se hizo un ofrecimiento de pruebas referido a la participación de este imputado que había sido sobreseído. Se hizo la apertura del debate, alegamos a los 5 días y ese mismo día, horas después, el Tribunal dio la sentencia. Se logró condenar a 15 años a este comisario, Chas de apellido”, relató.

El corte de ruta que propició el ahora condenado fue lo que permitió llevar adelante los fusilamientos “sin que circularan vehículos en ese momento”. El encargado de la comunicación era el excomisario: “Chas es el que anuncia a jefatura de policía el supuesto enfrentamiento”, contó Vigay.

Medios locales en Chaco durante el genocidio

Como la mayoría de los hechos represivos durante el Terrorismo de Estado, el fusilamiento en Chaco de las 11 personas en la ruta y la desaparición de otras 4 fue burdamente apañado por la Justicia y por los medios de comunicación de la provincia: “La Masacre de Margarita Belén tuvo una versión oficial, la de un supuesto enfrentamiento, la supuesta fuga de detenidos que, en algunos casos, están desaparecidos. Los medios locales tuvieron un rol protagónico en difundir esa versión oficial que era la coartada, la puesta en escena, la justificación de lo que fue la Masacre de Margarita Belén”, expresó.

Años después, ya durante la democracia y gracias a la lucha de las y los familiares de las víctimas y sobrevivientes, la prensa local comenzó a revertir esa cuestión y a aportar en el pedido de justicia: “Hoy, en Chaco, la Masacre de Margarita Belén es un hecho emblemático en toda la sociedad chaqueña de un fusilamiento a mansalva en una decisión política del Terrorismo de Estado de fusilar a detenidos políticos vinculados al peronismo y, fundamentalmente, de la organización de Montoneros”, concluyó el fiscal.

A fines de 2014, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) identificó a uno de los cuatro desaparecidos de la Masacre de Margarita Belén: era Julio Andrés Pereyra y estaba enterrado como NN en el cementerio de Empedrado, en la provincia de Corrientes. El cuerpo había sido arrojado al Río Paraná desde Resistencia y rescatado por pescadores de la zona.


Fuente: http://www.laretaguardia.com.ar/2021/05/vigay-juicio-brigada.html

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *