Graves vulneraciones a derechos en hogar para niños y niñas con discapacidad o neurodiversidad

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata hizo lugar a una medida cautelar solicitada en el marco de una acción de amparo presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura. En su resolución ordenó una serie de medidas para revertir las graves violaciones a los derechos humanos que padecen niños, niñas y jóvenes alojados en el Hogar San Patricio con medidas de abrigo y/o salud dispuestas judicialmente. Se trata de personas con necesidades especiales de apoyo por tratarse de usuarios con discapacidad o neurodiversidad sometidos a malos tratos: sobremedicación, aislamiento, sujeciones mecánicas o duchas con agua fría como castigo o para abordar situaciones de crisis.

Desde abril de 2021, el Hogar San Patricio es monitoreado por la CPM que realizó cinco inspecciones, recibió otras cinco denuncias telefónicas, remitió varios informes y denuncias penales, participó en más de 15 mesas de trabajo con múltiples organismos responsables y de control, sin que se lograra revertir estructuralmente las graves vulneraciones de derechos padecidas por niños, niñas y jóvenes alojados en el lugar. Si bien se lograron algunos avances en cuanto a las condiciones edilicias esto no cambió la situación general de desamparo y desatención. Luego de la última inspección y la falta de avances en este proceso, se recurrió a la vía judicial.

La situación reviste una particular gravedad institucional porque se trata de niños, niñas y jóvenes alcanzados judicialmente con medidas de abrigo y/o salud por presentar discapacidad intelectual o motriz, trastornos del espectro autista, entre otras neurodiversidades.

A pesar de la gravedad de la situación y de las mesas de trabajo, durante la última inspección realizada por la CPM semanas atrás se volvieron a constatar graves vulneraciones a derechos: malos tratos, falta de personal, incumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental y ausencia de perspectiva de abordaje acorde al tipo de dispositivo y la población a la que asiste. Igual de grave, al momento de llegar el equipo de monitoreo de la CPM, el dueño del hogar Facundo Connel quiso impedir la tarea del organismo y recién pudo ingresar a partir de una gestión iniciada con el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia bonaerense.

Cabe destacar que esta última inspección se realizó luego de recibir dos nuevas denuncias que identificaban al propio Connel como el responsable de exponer a los niños y jóvenes a una dinámica institucional restrictiva cargada de descuidos y malos tratos.

En ese contexto de graves vulneraciones a derechos, el año pasado una niña intentó suicidarse. La niña se niega a volver al hogar por los maltratos y, ante la falta de vacante en otros dispositivos, lleva 6 meses internada sin criterio de salud. En el último informe interdisciplinario, enviado por profesionales del Hospital de Niños se reitera el registro de malos tratos en su tránsito por el Hogar San Patricio siendo estas disparadoras de la acción autolesiva.

En ese contexto institucional, y a pesar de los intentos del dueño del hogar por impedir la inspección, durante las entrevistas con niños, niñas y jóvenes se revelaron la existencia de sometimiento a inyecciones, sujeción mecánica o duchas de agua fría para abordar o contener en casos de crisis; sin embargo, de los relatos surge estas prácticas son habituales y se utilizan como métodos de castigo o por motivos disciplinarios. En ese sentido, se observó niños, niñas y jóvenes con síntomas de sobremedicación como somnolencia, lentitud verbal y motora y excesiva salivación.

La medida de amparo presentada por la CPM destaca en particular la grave situación en que se encontraban los niños y niñas con mayores necesidades de apoyo, con diagnósticos de patología severas como retraso mental o autismo, u otras discapacidades asociadas como disminución visual o movilidad reducida. Los 11 niños y niñas que integran esta población están a cargo de una única profesional, lo cual resulta insuficiente para el desarrollo de actividades terapéuticas y de estimulación. Al momento de la inspección, se encontraban en espacios aislados del resto, en el suelo o postrados, algunos descalzos o con ropa de abrigo no acorde a las altas temperaturas.

Además de estos graves hechos de malos tratos, en cuanto al tratamiento psicológico se observó que la cantidad de profesionales no aumentó desde el inicio del proceso de intervención por vía administrativa de la institución en el año 2021. A fin de paliar la falta de personal y acompañamiento permanente, se observan dinámicas rígidas y de control de los cuerpos que se asemejan a lógicas manicomiales centradas en el aislamiento y la incapacitación.

Por otra parte, tampoco se observa que los NNyJ asistan a terapias y/o centros especializados para la atención de personas con discapacidad por fuera de San Patricio y según sus necesidades.

Finalmente, cabe mencionar que la última inspección se realizó en una semana marcada por una fuerte ola de calor en la zona y la situación en las instalaciones del hogar era sofocante, porque no había sistema de refrigeración, ni aires acondicionados ni ventiladores. De acuerdo al personal, el hogar cuenta con un sistema centralizado que no funcionaba.

La grave situación registrada en esa última inspección y la falta de convocatoria a la mesa de trabajo que se venía desarrollando, motivaron la presentación de una acción de amparo que fue aceptada por la titular del Juzgado en lo contencioso administrativo N° 4 de La Plata, María Ventura Martínez. La jueza ordenó cautelarmente a las autoridades del hogar la provisión de elementos para acondicionar el ambiente y hacer cesar cualquier práctica de aislamiento y/o maltrato en el marco de crisis subjetivas.

La jueza contenciosa instó también al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia y a IOMA a supervisar las medidas dispuestas y articular de manera urgente la asistencia y abordaje de equipos técnicos especializados en niñez y salud mental, en cantidad suficiente acorde a la atención requerida por cada NNyA, tomando como prioridad el grupo que requiera mayores apoyos. También requirió la intervención del Organismo de Revisión Local de la ley de salud mental.

Luego de estas medidas, el amparo continuará tramitando conforme el procedimiento establecido legalmente hasta el dictado de la sentencia definitiva.


Fuente: https://www.andaragencia.org/graves-vulneraciones-a-derechos-en-hogar-para-ninos-y-ninas-con-discapacidad-o-neurodiversidad/

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