Los decretos que modifican las leyes orgánicas de la Gendarmería, la Prefectura, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Servicio Penitenciario habilitan, sin controles claros, las tareas de ciberpatrullaje. El gobierno los dictó, al igual que la reforma de la Policía Federal, amparado por la Ley Bases, a pesar de no tener facultades para hacer reformas en seguridad.
Como ocurrió con la ley orgánica de la Policía Federal, el Poder Ejecutivo realizó por decreto reformas sustanciales en todas las fuerzas federales. Por las nuevas modificaciones, la Gendarmería Nacional (GNA), la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y el Servicio Penitenciario Federal (SPF) podrán realizar tareas de ciberpatrullaje: vigilancia de plataformas, redes sociales, páginas de internet y otras fuentes abiertas. Los decretos habilitan así una tarea de inteligencia criminal sin regulaciones específicas que pueden afectar derechos como el de privacidad y el de libertad de expresión. La necesidad de establecer controles es fundamental ya que en la actualidad observamos cómo se producen allanamientos, detenciones y procesos penales basados en expresiones en redes sociales.
Para el caso de la PNA, la reforma no establece con claridad qué tareas de inteligencia criminal podrán realizar los efectivos de esta fuerza. El decreto sólo remite a una norma anterior sin precisar funciones ni controles, lo que provoca una riesgosa incertidumbre.
En la misma línea de lo que ocurre con la PFA, los nuevos decretos consolidan la función de seguridad “del Estado” como rol de las fuerzas. Este enfoque representa un giro en la doctrina que predominó desde la recuperación democrática, centrada en la seguridad pública o de la ciudadanía.
En ningún caso los decretos proponen regulaciones ni mecanismos para transparentar y modernizar su funcionamiento. No incorporan regulaciones sobre el uso de las fuerza, ni mecanismos de auditorías externas y tampoco la obligación de producir información periódica sobre los problemas de seguridad y la respuesta que las propias fuerzas tienen.
Los decretos 454/2025, 455/2025, 456/2025 y 457/2025 modifican las leyes orgánicas de las distintas fuerzas federales amparados por las facultades delegadas por el Congreso al Ejecutivo en la Ley Bases (27.742). Esa ley le permite al Ejecutivo intervenir sobre la reestructuración administrativa del Estado pero, de manera muy estricta, no delega facultades en materia de Seguridad. La Constitución prohíbe al presidente emitir disposiciones de carácter legislativo y establece que la delegación legislativa sólo podrá ser en “materia de administración o emergencia pública”.
Las reformas de todas las fuerzas federales a través de decretos evidencian la intención de reformar el sistema de seguridad federal sin pasar por el Congreso y sin respetar la Constitución.