Jueza de la Provincia de Santiago del Estero ordena el desalojo de comunidad indígena de su territorio

María Cecilia Paskevicius, jueza Civil y Comercial de Tercera Nominación ordenó el desalojo de miembros de la comunidad indígena Ayllu Ashpa Nockayshpa Sapym Tulúm Tulúm-manta, perteneciente al Pueblo Diaguita Cacano, de su territorio ancentral. En manifiesto incumplimiento de la Ley nacional 26.160 y sus prórrogas (vigentes). Cabe destacar que la comunidad tiene su personería jurídica inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas y, además, su territorio de ocupación actual, tradicional y pública ha sido relevado por Convenio firmando entre el Estado provincial y el Estado Nacional.

Asamblea de la Unión Solidaria de Comunidades del Pueblo Diaguita Cacano

Este juicio tiene su origen hace aproximadamente 15 años atrás. En el mes de octubre del año 2011 el juez Federico Argibay Berdaguer, a cargo del Juzgado, había ordenado el desalojo de la familia Orellana del campo denominado Tulúm Tulúm en el Departamento Atamisqui. Esta medida fue suspendida luego de que desde el INAI se informara al Juzgado de la existencia de una comunidad indígena a la cual pertenece la familia Orellana; en el mismo sentido informó el Comité de Emergencia perteneciente a la Dirección de Relaciones Institucionales dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero tras una inspección ocular solicitada por el mismo Juez. Como consecuencia de sendos informes y, en respeto a la vigencia de la Ley 26160, Argibay Berdaguer ordena la suspensión del desalojo y solicita al INAI se proceda a relevar el territorio de la comunidad. Dando cumplimiento a lo pedido por el Juzgado los días 15 y 16 de junio del año 2012 se procedió al Relevamiento Técnico, Jurídico y Catastral del territorio de ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad, constatando la existencia de la misma y, de la familia Orellana como parte del Ayllu. Esta información fue oportunamente enviada al INAI desde el Programa de Relevamiento Territorial para su notificación al Juzgado.

Ese mismo año, luego de un recambio de jueces, asume en el citado juzgado Paskevicius, quien procede a realizar personalmente una nueva inspección ocular, quien llega al lugar acompañada de la parte que solicita el desalojo. En esa ocasión fue recibida en el domicilio de los Orellana no sólo por miembros de la familia, sino también por el resto de la comunidad, a los cuales la jueza se dirigía cuando les hablaba como “supuesta comunidad indígena”.

Visita del Gobernador Gerardo Zamora a la comunidad indígena Ayllu Ashpa Nockayshá Sapym Tulúm Tulúm-manta

Como parte de esta inspección la jueza visitó a quien se desempeñaba ese año en el cargo de comisionado municipal de Medellín, Julio Abdala, actual diputado provincial del Frente Cívico, a quien le consultó si tenía conocimiento de la existencia de alguna comunidad indígena en el territorio, a lo cual Abdala respondió que “… cara de indios tienen, pero no son… son un grupo de vagos que no saben sembrar ni una planta de perejil en una maceta y no dejan trabajar a los que vienen a traer trabajo a la zona…”. Este Abdala, a quien la jueza tomó como informante clave, es el mismo a quien el 1 de junio de 2011 el Fisco de la provincia le remató, por incumplimiento fiscal, 400,00 hectares también pertenecientes al Ayllu de Tulum Tulúm que él se hallaba usurpando; el mismo que en el año 2007 salió como testigo a favor del empresario de origen cordobés Sbiglio en su intento por usurpar el territorio del Ayllu Puncu Atun, declarando que en el lugar no había familias viviendo y; es el mismo que hoy, niega el agua a las familias indígenas y campesinas que no aceptan dejar su tierra y trasladarse al pueblo de Medellín. Tal vez desconoce el diputado Abdala que el propio pueblo de Medellín se encuentra dentro del territorio de la comunidad Ayllu Taa Ayllus Kuska y que la mitad de las familias que están radicadas en el pueblo pertenecen a la comunidad.

Otro informante al que recurrió la jueza Paskevicius en su visita del año 2012 fue la Directora de la Escuela Nº 749 de Puesto del Rosario, Marcela Gómez, quien consultada al igual que Abdala habría respondido que “algo escuchó… pero es gente que se reúne en secreto…”. A pesar del secreto que la directora dijo en esa ocasión que esta comunidad guarda, no puede ocultar que obligada por la vigencia de la Ley tuvo que aceptar en el año 2010 la presencia de censistas indígenas en el Censo Nacional de Población y Vivienda; ni las gestiones que realizó en más de una oportunidad para acercar documentación de la comunidad necesaria para las becas indígenas. Sin embargo ante la jueza sólo habría expresado que “algo escuchó”.

El relevamiento del territorio del Ayllu de Tulúm Tulúm fue de conocimiento público a raiz de la detención del comunero Víctor Anchaval por parte de personal policial de la Seccional 20 de Villa Atamisqui producida el 14 de junio del año 2012, un día antes de la realización del relevamiento ordenado por el juez Argibay Berdaguer en cumplimiento de la ley 26160. Al momento de la detención Anchaval fue interrogado por la policía sobre quienes serían los que vendrían al día siguiente a la comunidad y con qué propósito.

La ley 26160, y su prórroga, expresan en su artículo 1º “Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país,…” y, en su artículo 2º “Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el art. 1º”. Esta es la ley que la jueza Paskevicius se niega a cumplir, desestimando igualmente el resultado del relevamiento territorial realizado por el INAI así como el Informe del Comité de Emergencia que da cuenta de la existencia de la comunidad en el territorio. Posteriormente, en el año 2019, inscribió su personería jurídica en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.

Con posterioridad, en los siguientes años, la comunidad apeló en primera instancia la decisión de Paskevicius; posteriormente el desalojo fue ratificado por la Cámara. En esta instancia también se apeló ante el Superior Tribunal de Justicia, hasta este año 2024, donde se convalida la sentencia de la jueza Paskevicius.

El Pueblo Diaguita Cacano respetará la Ley 26160. Esta orden de desalojo sólo estaría alentada por los intereses económicos de quienes pretenden deforestar El Alto, bosque sagrado del Pueblo Diaguita Cacano y, único cordón de bosque nativo, categorizado como I, Rojo, por la Ley de Bosques.

Las familias indígenas del Ayllu Tulúm Tulúm-manta tienen una presencia ancestral en El Alto, territorio sagrado del pueblo diaguita cacano. Este bosque se conserva solamente por los cuidados y las buenas prácticas de las comunidades indígenas que lo habitan. El bosque es la vida del Ayllu; renunciar al bosque no es sólo renunciar a la defensa legítima del territorio, es también renunciar a la identidad como pueblo.

UNION SOLIDARIA DE COMUNIDADES

USC

DEL PUEBLO DIAGUITA CACANO

Santiago del Estero – Argentina

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