“El Territorio no se negocia ni se entrega”

Wilum Waienguesh/ Marimari kom pu che. A nuestros pu peñi, pu lamngen, gou, qade, e´enu, a los diferentes Pueblos Originarios, Organizaciones sociales y a la sociedad en general.

El día de la fecha 27 de enero de 2021, queremos comunicar los hechos que han acontecido, la COMUNIDAD TEHUELCHE MAPUCHE “SACAMATA-LIEMPICHUN, PARAJE PAYANIYEO” ha iniciado un reclamo por el “Reconocimiento del Territorio Tradicionalmente Ocupado” de los lotes que comprenden el Territorio Ancestralmente reconocido como YAS AYKE.

Debido a los reiterados pedidos presentados por nuestra Comunidad a la Municipalidad de Alto Rio Senguer, y ésta no ha contestado las innumerables cartas presentadas. Se ha iniciado ante la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Comodoro Rivadavia una Demanda Contencioso Administrativa a los fines de regularizar y lograr el reconocimiento de la Propiedad Comunitaria Indígena, de acuerdo a la Constitución Nacional art. 75 inc. 17, Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas de los Pueblos Originarios. Todo ello con pleno conocimiento del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y en marco de la Ley N° 26.160 de Relevamiento Territorial, técnico, jurídico y catastral.

Asimismo, queremos comunicar un hecho que es un claro ejemplo de avallasamiento de nuestros derechos como Pueblos Originarios y preexistentes étnica y cultural a los estados. El pasado 11 de Noviembre de 2020 durante la Sesión Ordinaria N°744/2020 en el Honorable Concejo Deliberante de la localidad de Alto Río Senguer da tratamiento con pase a Comisión del pedido al Sr. Alberto Alí de 10 hectáreas del Lote 20 (parte de nuestro territorio comunitario) para un emprendimiento ganadero productivo de engorde. Sietes día más tarde, el 18 de Noviembre de 2020, en la Sesión Ordinaria n°745/20, los Sres Concejales de la localidad otorgan de forma UNÁNIME el pedido de dar en alquiler el territorio al Sr. Ali y conceden más de lo pedido, es decir 15 hectáreas. No obstante, luego de la visita al lugar programada por los Sres. Concejales, uno de los ediles argumenta que NO EXISTEN IMPEDIMENTOS LEGALES y que el solicitante cumple con lo que expone en el proyecto presentado.

Pese a que meses anteriores la Comunidad había presentado por medio de notas formales de pedidos al Honorable Concejo Deliberante de la localidad, donde se hizo presente nuestra apoderada legal la Dra. Ivanoff a fin de solicitar los exptes. correspondientes a nuestro Territorio Ancestral. Dicho municipio ni el Concejo Deliberante NUNCA contestaron nuestros reclamos y pedidos de solicitud del territorio que figuran como fiscales y que deben ser peticionados de acuerdo a la ordenanza municipal. No sólo se nos desconoce como solicitantes, sino que claramente se nos discrimina por nuestra condición racial, social y cultural. El reclamo continuo su curso y nos llevó a tomar la determinación de realizar la Demanda Contenciosa Administrativa judicial, frente a los reclamos infructuosos, y el silencio de la administración, dando apertura al EXPTE N°126/2020-Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Comodoro Rivadavia.

El Concejo Deliberante, ni la Municipalidad a través de su intendente no nos han contestado como Comunidad, somos invisibilizados. Nos causó gran sorpresa e indignación que los Sres. Concejales hayan entregado en locación parte del lote 20 que es parte de nuestro Territorio, mas sabiendo con antelación los contextos históricos, sociales, culturales y los pedidos de nuestras familias en la zona. Más grave aún, que no se tenga en consideración la vigencia de la ley 26.160 donde se prohíbe todo acto administrativo que implica desapoderar o desalojar de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas en el país. Todo lo ocurrido es para nosotros como lo expresamos con anterioridad un ejemplo de avallasamiento y desconocimiento en cuanto a materia de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas por parte de los Sres. Concejales y del Municipio.

Todo lo expuesto motivo que la Comunidad a través del patrocinio letrado de la Dra. Sonia Ivanoff presentara una medida cautelar previa a la feria judicial, y que fue otorgada el 30 de diciembre de 2020, para que se suspenda la adjudicación dada en alquiler de las 15 has. al Sr. Alberto Ali. Asimismo, se ha habilitado la feria judicial a los fines de que sea notificado el Sr. Intendente del Municipio de Alto Rio Senguer por medio de Carta Documento. Cabe recordar, que el Concejo Deliberante no sólo no reconoce los derechos de los Pueblos Indígenas y sus comunidades sino que ha dado parte del Territorio en alquiler al Sr. Alberto Ali, con quien la Comunidad tiene un conflicto de larga data, con acción de desalojo que se encuentra suspendida por aplicación de la Ley 26.160.

De esta manera, la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia decreto una Medida de No Innovar hasta tanto no se sustancie el proceso y la Municipalidad remita todas las actuaciones administrativas con respecto al Territorio que la Comunidad viene reclamando.

Por último y no menos importante queremos expresar nuestro más profundo agradecimiento a todos nuestros pu lamngen/ pu peñi, gou, qade que nos han enviado sus muestras de afecto, sus saludos por estos 10 años de REAFIRMACION TERRITORIAL que hemos cumplido, es allí donde afianzamos nuestra lucha y nuestra reivindicación Territorial en nuestro YAS AYKE. Asimismo, los seguimos invitando a todas las personas de bien a conocer nuestro Territorio y seguir difundiendo nuestro legitimo reclamo. Rume mañun. Nak´l nak´l.

Desde Yas ayke, el Territorio Ancestral Recuperado.

Por la memoria, la verdad y la justicia.

El Territorio no se negocia ni se entrega. Marichi weu!!!!!

Fuente: https://www.facebook.com/comunidad.sacamataliempichun/posts/3815292258535669

 

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