El pasado 21 de febrero se presentó ante la Justicia un amparo colectivo con 7000 firmas pidiendo que se declare la inconstitucionalidad del decreto de movilidad jubilatoria aplicable desde este mes de marzo. Si la medida fuese denegada, se pediría un “per saltum” para ir directamente a la Corte Suprema de Justicia.
La demanda presentada por el defensor del Pueblo de la Tercera Edad, Eugenio Semino, fue receptada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de Seguridad Social Número 9. En la misma se solicita que para el aumento del mes de marzo se reconozca como mínimo el 11,56%, de acuerdo al período devengado en el tercer trimestre del año pasado por la Ley de movilidad suspendida. Obviamente quedan exceptuados de este pedido, los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo ya que, conforme al nuevo decreto, sus haberes aumentan más que ese porcentaje.
“Esta acción es colectiva y cubre a todos los jubilados afectados por el decreto. La misma se limita a pedir la inconstitucionalidad del decreto 163/2020 con el incremento designado para marzo. Fundamentalmente se basa en el principio de igualdad ante la ley, progresividad de los derechos fundamentales, irretroactividad de las leyes y tutela efectiva de los derechos adquiridos”, expresó Semino.
Esta medida colectiva busca evitar que grupos vulnerables que quieran acceder a la justicia tengan que litigar individualmente por el mismo motivo y para obtener el mismo resultado. Es la forma de garantizar el acceso efectivo y útil a la justicia, porque no todos los jubilados tienen la misma capacidad ni los recursos para poder hacerlo en forma individual.
“También es un intento de hacer un aporte al debate público en cuanto al derecho de los jubilados a la movilidad y a la protección de la previsión de seguridad social. El principio básico de nuestro derecho es la progresividad y no regresividad. Cualquier norma no puede estar fuera de ese marco”, afirmó el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, en la conferencia de prensa realizada el día de la presentación.
Junto a Eugenio Semino, también estuvo el Dr. Adrián Tróccoli. El abogado previsionalista explicó que la presentación colectiva persigue el objetivo de no inundar con millones de demandas al Poder Judicial “porque eso atenta contra un servicio razonable de justicia y contra los otros reclamos de jubilados que escapen a este tema”.
Esta acción de amparo colectivo se enmarca en el accionar de la Defensoría de la Tercera Edad que históricamente atendió la problemática cuando había agravios de derechos que afectaban al sector. Eugenio Semino realizó durante la conferencia un rápido reconto de las acciones de la Defensoría.
En los ‘90 se presentó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el retraso en el dictado de las sentencias por parte de la Corte Suprema de Justicia ante una situación de pérdida de cuantía de los haberes (caso Chocobar).
En 2001 accionó contra el descuento del 13% en los haberes jubilatorios que superaban entonces 500 pesos, medida que tuvo resultado positivo.
En 2008 se presentó también una acción colectiva para la generalización del caso Badaro.
En 2017 se denunció la quita de 7 puntos en el factor empalme ante el cambio de ley de movilidad, medida que está hoy en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, con una importante cantidad de expedientes que ya han llegado a esa instancia.
Entre 2018 y 2019 hizo exhortaciones al Poder Ejecutivo por la pérdida de cuantía en el poder adquisitivo de los haberes, que se hicieron extensivas a todos los bloques parlamentarios. En esos dos años, los jubilados y pensionados perdieron 19,5 % de los haberes respecto a la inflación.
Este raconto histórico, explicó Semino, persigue como objetivo demostrar que el accionar de la Defensoría por los derechos de la tercera edad traspasa a los gobiernos y a cualquier expresión política. “Lo que seguimos pretendiendo es evitar que quienes administren el Estado en cualquier circunstancia puedan cometer errores, a veces no advertidos. Sabemos el estado crítico de la economía argentina, quienes provenimos de experiencias muy traumáticas, de las que hemos sido víctimas, queremos que los resortes articulados del Estado de derecho den respuestas a esas situaciones críticas; que no nos agotemos en miradas pequeñas cuando necesitamos un horizonte común. Es una posibilidad la que se nos platea para ver cómo salimos de la crisis sistémica que tiene la seguridad social, compartiendo opiniones diversivas -técnicas e interdisciplinarias- para generar horizontes diferentes y no repetir cosas de pasados nefastos que hicieron sufrir a los adultos mayores, quienes no son una entelequia ni un decreto, sino seres vulnerables”.
Andrés Gil Domínguez afirmó que con el decreto del actual gobierno se viola el derecho de igualdad ante la ley, ya que lo que se hace es dar aumentos escalonados y distintos a grupos que están bajo el mismo paraguas legal. Esto es asi, agregó Semino, porque se diversifican los porcentajes de aumentos, haciendo perder cuantía a los segmentos que tienen ingresos superiores a 18.000 pesos.
Gil Dominguez planteó el panorama: “Tenemos jubilados que no han recibido descuento alguno por leyes especiales que los contienen y que si fuera la crisis para todos debiéramos afrontarla entre todos. Y dentro del mismo grupo de jubilados es irrazonable que algunos reciben aumento del 13% y otros del 3,7 %. Esto no cumple con el objetivo de la movilidad que es el de mantener el poder adquisitivo de los haberes a lo largo del tiempo. Es un derecho adquirido. Lo que sucedió con la ley del gobierno anterior es que se retrasó el pago de las jubilaciones. En vez de corregir esta situación, el decreto actual la empeora y no le reconoce derecho adquirido porque el tercer trimestre del año pasado terminó en setiembre y esa plata les corresponde como derecho adquirido”.
El abogado agregó que también se viola el principio de no regresividad: “Tenemos tratados internacionales con rango constitucional en cuanto a derechos humanos y no podemos dejar de reconocer derechos o empeorar derechos ya reconocidos a los jubilados. Especialmente tutelados con cientos de fallos de la Corte Suprema de Justicia que dijo que especialmente en épocas de crisis es cuanto más tenemos que protegerlos”.
Semino recordó que Argentina fue uno de los primeros estados que valientemente promovió la celebración del acuerdo entre diversos países de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, firmada en junio de 2013 en Washington. En 2017 fue receptada por nuestra legislación a través de la ley 27.312, que en su artículo 26 establece que los estados tratantes se comprometen a la no regresividad, o sea que no haya merma ni recortes de los derechos colectivos de los mayores.
La jueza que está a cargo del juzgado que deberá resolver sobre este amparo colectivo es Silva Saino, subrogante. La demanda presentada pide una medida cautelar para que se restablezca momentáneamente la fórmula de movilidad del gobierno anterior (Ley 24.426). Si la resolución no fuese favorable al pedido de amparo, Semino adelantó que pedirán un “per saltum” para acceder directamente a la Corte Suprema de Justicia.
Videos Cobertura Red Eco Alternativo
Conferencia de prensa completa:
Eugenio Semino:
Adrián Tróccoli:
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