La Justicia rechazó otorgar la prisión domiciliaria al represor Mario Alfredo Sandoval

El exoficial subinspector de la Policía Federal, imputado en la Causa ESMA en la que se investigan delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar, pretende regresar a su casa con el argumento de estar en riesgo por la pandemia de coronavirus. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 rechazó el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa.

Aprovechando el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, la defensa de Mario Alfredo Sandoval solicitó la prisión domiciliaria de su defendido, tras considerar que integra el grupo de riesgo de contagio.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 (TOF 5), quien lleva adelante la causa N° 2791 (ESMA), rechazó ayer el pedido tras considerar los informes entregados por la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que evaluó la salud y las condiciones de encierro del encartado.

El represor, de 66 años de edad, cumple prisión preventiva en la Unidad 34 del Penal Federal de Campo de Mayo. Está imputado por el secuestro y desaparición de Hernán Abriata, quien tenía 24 años de edad cuando en la madrugada del 30 de octubre de 1976, el Grupo de Tareas 3.3.2 comandado por Sandoval, alias “Churrasco”, lo sacó por la fuerza de su hogar de la Avenida Elcano al 3200 de la ciudad de Buenos Aires. El joven fue llevado a una quinta y luego a la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), donde permaneció bajo condiciones inhumanas, según testimonios de detenidos que compartieron cautiverio con él. Luego fue trasladado y forma parte de la extensa lista de detenidos-desaparecidos que dejó el terrorismo de Estado en Argentina entre los años 1976-1983.

Por entonces, Sandoval tenía el cargo de oficial subinspector de la Policía Federal con destino en la Superintendencia de Seguridad Federal (SSF) e integraba el Grupo de Tareas 3.3.2 que operaba en el centro clandestino de detención, torturas y exterminio de la ESMA. En 1985 se refugió en Francia y en 2012, el ex juez Sergio Torres solicitó su extradición, medida que se concretó el 16 de diciembre de 2019. En enero de este año, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Mario Alfredo Sandoval.

Las probabilidades de que el imputado se contagie son muy bajas”

Un primer informe del director de la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal (SPF), fechado el 26 de junio, expone que en dicha Unidad se habían detectado tres casos positivos de Coronavirus. Uno de ellos, el interno Luis Muiña. Los otros dos casos positivos correspondían a personal penitenciario. El informe destaca que los agentes no mantuvieron contacto estrecho con la población penal.

Un segundo informe indica que el interno Luis Muiña había sido reintegrado a la unidad desde el Hospital Dr. Raúl F. Larcade y quedó en aislamiento preventivo en el Pabellón E, conforme al protocolo vigente. Al haber presentado sintomatología, posteriormente le realizaron los hisopados correspondientes, el que dio resultado positivo. A raíz de ello fue trasladado al Centro Penitenciario de Enfermedades Infecciosas (U. 21) del Hospital Muñiz.

En el informe se especifica que, tanto el interno Muiña, como dos agentes penitenciarios contagiados de la unidad que fueron aislados no mantuvieron contacto estrecho con la población penal.

También se adjuntó una lista de acciones llevadas a cabo por el Instituto Penal Federal en el marco de la pandemia por Covid-19, de acuerdo al “Protocolo de detención precoz, aislamiento preventivo y aislamiento sanitario por Coronavirus Covid-19”; a la “Guía de Actuación para la Prevención y control del Covid-19 en el Servicio Penitenciario Federal”; y a las “Pautas de procedimiento destinadas al diagnóstico diferencial del Covid19 por parte de los profesionales de la salud del Servicio Penitenciario Federal”, ordenadas por el SPF y de cumplimiento obligatorio para el personal penitenciario.

En atención a los informes entregados por la Unidad 34 del S.P.F., el TOC 5 destaca que resulta “evidente que las autoridades penitenciarias vienen administrando con eficiencia cada uno de los protocolos atinentes a la tarea de prevención, tanto sea para la detección temprana de sintomatología afín con el virus COVID-19 como de pesquisas de casos que insinúen riesgos ciertos, probables o latentes para el personal penitenciario como para los internos alojados en esas instalaciones”.

A continuación agregó que “es de esperar que las probabilidades de que el imputado en cuestión se contagie son muy bajas, sin poder decir nunca las palabras no existe la posibilidad”.

Por tanto, el Tribunal ratifica “el fundamento primigenio plasmado el pasado 21 de abril respecto de Mario Alfredo Sandoval, en el que fincáramos las bases jurídico penales para rechazar el pedido de su arresto domiciliario oportunamente instado por la Defensoría Pública Oficial”.

Instancias del pedido de prisión domiciliaria para Sandoval

– El pasado 21 de abril, el TOF 5 resolvió no hacer lugar a la solicitud de arresto domiciliario efectuado por la defensa de Mario Alfredo Sandoval, decisión que fue recurrida por su letrado.

– El 6 de mayo se concedió el recurso de casación y se remitió el incidente a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.

– El 26 de junio, los magistrados resolvieron por mayoría remitir las actuaciones a su procedencia a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento.

– El 14 de julio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 (TOF 5) rechazó el pedido en atención a los informes entregados por la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

Nota relacionada: https://argentina.indymedia.org/2019/12/16/extraditado-por-francia-llego-a-la-argentina-el-represor-mario-alfredo-sandoval/

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