Tras varios meses de pedidos y apelaciones, los imputados por espionaje ilegal durante el gobierno de Cambiemos lograron que la Cámara de Casación Penal apruebe el traslado de la causa que lleva el juzgado federal N 2 de Lomas de Zamora a los tribunales de Comodoro Py. Sólo el juez Gustavo Hornos votó en disidencia. La estrategia pretende consagrar la impunidad sobre los delitos cometidos. Como querellante en la causa, la CPM acaba de plantear su rechazo a esta maniobra pidiendo la nulidad de las últimas actuaciones libradas en ese sentido. Meses atrás la Casación federal protegió a Fabián Fernández Garello, ex agente de inteligencia de la DIPPBA durante la dictadura y actual Fiscal General de Mar del Plata.
La discusión en torno a la competencia de los diferentes juzgados federales donde se tramitan causas que investigan delitos por espionaje ilegal durante la gestión de Cambiemos ha sido una constante desde que se denunciaron los primeros hechos. La estrategia fue y sigue siendo lograr que todas estas causas confluyan en los tribunales de Comodoro Py donde se espera un tratamiento que garantice la impunidad.
Esto es lo que viene sucediendo desde hace algunos meses con la causa que lleva el juzgado federal N 2 de Lomas de Zamora, donde la investigación y el acopio de pruebas se encuentra avanzado y ya hay 40 ex funcionarios de la AFI imputados, entre ellos sus máximos responsables.
En un intento por frenar este avance, algunos de los imputados realizaron presentaciones en Comodoro Py para dar inicio a lo que sería una causa paralela que finalmente termine absorbiendo lo actuado en Lomas de Zamora. Aunque el pedido fue rechazado en una primera instancia, luego fue convalidado por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal. Pero todo el proceso estuvo marcado por la ausencia de garantías procesales que lo convierten más en una acción política que judicial.
Por todo esto, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) que es querellante en la causa de lomas de Zamora, presentó ante la sala IV un pedido de nulidad de las actuaciones realizadas con el objetivo de frenar el traslado de la causa.
Entre los argumentos esgrimidos en el texto de 14 páginas la CPM sostiene que el trámite y sustanciación en la nueva causa “se desarrolló sin la intervención de las querellas y víctimas como partes interesadas en el expediente, siendo esto fundamental.” Ni siquiera fueron notificadas de la decisión. Y agrega: “En el resolutorio de esa Excma. Cámara del día 20/11 del corriente año, se consideró que las querellas no estuvieron presentes ni omitieron opinión en la oportunidad prevista en la audiencia con motivo de la inhibitoria planteada. Esto no es exacto, ya que nunca se corrió vista de esas actuaciones a las víctimas y querellas, siendo imposible expresar argumento alguno si no fuimos previamente notificados de la audiencia prevista.”
Por el contrario, la CPM considera que las as actuaciones y decisiones tomadas por la Cámara, que afectan a la totalidad de las partes que intervienen en la causa, fueron realizadas en función de un reducido número de particulares interesados, que son los imputados, en detrimento de la opinión e intervención de víctimas y damnificados de dicha causa. Todo esto lesiona claramente el derecho a la igualdad ante los tribunales y cortes.
Otro argumento de la CPM está relacionado con los planteos de competencia del tribunal de Lomas de Zamora, principal argumento de los imputados para pedir el traslado de la causa al considerar que como la AFI se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es allí debe juzgarse.
En este punto la CPM recopila una vasta jurisprudencia al respecto para concluir que los fundamentos que definen la competencia de los tribunales de Lomas de Zamora están centrados en el lugar de comisión de los hechos, la calificación atribuida a los imputados, la jurisdicción donde se radicó inicialmente la causa, la existencia de causas conexas, el grado de avance de la investigación y cuestiones de economía procesal.
En este punto, el escrito de la CPM agrega: “Creemos equivocada la postura de las defensas, como así también lo resuelto por la Cámara de Apelaciones Porteña y lo estipulado posteriormente por esa Excma. Cámara Federal de Casación Penal, ya que hicieron una valoración y un recorte segmentado de los hechos, donde no se refleja todo lo instruido y compulsado en la causa, por ejemplo de lo que surge en las actuaciones algunos hechos se cometieron en CABA, pero ni siquiera la gran mayoría de los actos ilícitos fueron ejecutados allí.”
Finalmente, la presentación de la CPM pone énfasis en la gravedad institucional de los hechos investigados: “La particular trama delictiva conformada por diversos organismos estatales con el objetivo de producir inteligencia de carácter ilegal -que involucran a las máximas autoridades de la AFI, el Servicio Penitenciario Federal, agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense, entre otros funcionarios públicos- devela la grave violación de mínimas garantías y derechos humanos fundamentales, en particular, de las personas privadas de libertad.”
En este sentido, y teniendo en cuenta su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires, como parte del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, la CPM manifiesta su especial preocupación por el la vulneración de derechos que sufrieron las personas privadas de libertad producto de las acciones de esta red de espionaje ilegal. Es a raíz de esto que expresa que “el cambio de jurisdicción y/o desmembramiento de la presente causa, ante el avanzado estado probatorio y procesal, significaría un nuevo perjuicio para las víctimas por la indeterminada dilación temporal de la respuesta judicial y la necesaria reparación.”
Con este pedido de nulidad presentado el martes 29 ante la sala IV de la Cámara de Casación Penal la CPM, que además es acompañado por la APDH nacional, se espera que no se convalide una situación que habilitaría no solamente un serio golpe institucional a la justicia sino que fundamentalmente terminaría dando un paso grave hacia la consagración de la impunidad en un asunto de vital importancia para nuestra democracia.
Meses atrás la Cámara de Casación Federal le dio cobertura política a Fabián Fernández Garello, ex agente de inteligencia de la bonaerense durante la dictadura y actual Fiscal General de Mar del Plata, y revocó su procesamiento por su participación en crímenes de lesa humanidad.
Fuente: https://www.andaragencia.org/la-camara-de-casacion-federal-protege-el-espionaje-ilegal/