El empresario había sido condenado en 2016 a doce años de prisión por el secuestro y las torturas a un trabajador pero, al año siguiente, la Cámara Federal de Casación anuló la condena y dijo que no era un caso de lesa humanidad. Ahora la Corte Suprema revocó esa decisión.
La Corte Suprema de Justicia revocó la sentencia de la Cámara de Casación que en 2017 anuló la condena impuesta a Marcos Levín, empresario dueño de La Veloz del Norte, y a otros tres policías acusados del secuestro y las torturas al trabajador de la empresa Víctor Cobos.
Levín fue el primer empresario condenado por delitos de lesa humanidad. Pero en 2017, la sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Gemignani y Carlos Mahiques, consideraron que los delitos por los que había sido condenado junto con los policías Víctor Almirón, Víctor Bocos y Enrique Cardozo, no calificaban como delitos de lesa humanidad, por lo cual consideraron prescripta la acción penal y revocaron sus condenas.
En su fallo arbitrariamente afirmaron que la detención ilegal y los tormentos que sufrió el trabajador de la empresa y delegado gremial Víctor Cobos no respondieron al contexto de represión sistemática dirigida a opositores políticos y trabajadores organizados. Sin considerar la prueba producida durante el juicio, subsumieron la ocurrencia de los hechos como parte del trámite de una causa penal iniciada por Levín por una cuestión patrimonial y descartaron el contexto sociopolítico durante la dictadura en el que se desarrolló una franca persecución a militantes gremiales como Cobos.
El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso extraordinario para que la Corte Suprema revierta la decisión. Es que durante el juicio se comprobó que Cobos era delegado gremial, que su familia que también tenía militancia política había sido víctima del terrorismo de Estado, que fue privado ilegalmente de la libertad y sometido a tormentos con la intervención de Almirón, Bocos, Cardozo y Levín.
Marcos Levín era el dueño de La Veloz del Norte en la década de 1970. Los conflictos gremiales solían terminar con la firma de acuerdos en el Ministerio de Trabajo que la empresa incumplía, por lo que los obreros protagonizaron distintas acciones sindicales. Luego del golpe de Estado, al menos 22 trabajadores de La Veloz fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad. En enero de 1977, fueron detenidos bajo la acusación de una supuesta estafa y, en la comisaría 4° de Salta, sometidos a torturas. Un grupo fue trasladado desde la comisaría a la cárcel de Villa Las Rosas. La represión que vivieron está íntimamente ligada al objetivo de desactivar las reivindicaciones laborales. En enero de 1977, Víctor Cobos, chofer de La Veloz del Norte y delegado gremial, fue amenazado por Levín, quien subió al colectivo que conducía con dos policías. Cobos estaba acostumbrado a los aprietes de Levín; durante un paro general de transporte ya lo habían agredido. Al día siguiente del encuentro, Cobos fue detenido por una denuncia fraguada vinculada con el cobro de pasajes sin extender boletos. Detenido, fue torturado durante varios días por los policías que acompañaban a Levín.
De acuerdo al fallo, el accionar de Levín y de los policías de ningún modo fue azaroso o aislado sino que fue parte del ataque generalizado contra la población civil. Ahora la Cámara Federal de Casación Penal deberá dictar otro fallo considerando el carácter de lesa humanidad y, por lo tanto, la imprescriptibilidad de los hechos que tuvieron por víctima a Víctor Cobos y por los que Levín, Almirón, Bocos y Cardozo fueron condenados en 2016.
La misma sala ya había descartado la comisión de delitos de lesa humanidad en los casos de otros quince trabajadores de la empresa, sin embargo en 2018 la Corte Suprema sentenció que debía seguir la investigación ante la justicia federal ya que por sus características podrían tratarse de este tipo de crímenes imprescriptibles.