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Gulumapu: Regresan a prisión a jóvenes mapuche
Por Kolectivo Lientur - Sunday, May. 25, 2003 at 1:34 AM
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Justicia chilena decreta en arresto de dos jóvenes mapuches, condenados por "terrorismo" hace un par de meses y que se encontraban bajo el beneficio de "arresto domiciliario" en su comunidad.

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La abogado jefe de la Defensoría Penal Pública Mapuche, Sandra Jelves, en declaraciones a través de Radio Bio-Bio Temuco indicó que fue presentado ante la Corte de Apelaciones de Temuco un recurso de amparo en favor de los hermanos Pascual y Rafael Pichun Collonao, condenados en enero pasado por el incendio de un camión forestal y sujetos hasta hace poco a la medida de "prisión domiciliaria", solicitando su inmediata libertad y denunciando una serie de irregularidades que habrían rodeado el procedimiento policial y judicial que desembocó en el reingreso a prisión de ambos hermanos el pasado 22 de mayo.

En el recurso de amparo se indica, según explicó la abogado defensora, que los jóvenes mapuches fueron detenidos e ingresados a la cárcel sin haberse realizado la respectiva audiencia de control de detención como lo especifica la Reforma Procesal Penal, precisando que hasta el momento los querellantes no han solicitado el pago de la indemnización que determinó el tribunal de Angol en el pasado juicio oral. Lo ocurrido, explicó la defensora, es arbitrario y se aparta de los principios de la Reforma Procesal Penal, pues toda persona que es detenida y encarcelada bajo el nuevo sistema procesal imperante en la IX región debe ser sometida previamente a una audiencia de control de detención reglamentaria.

La profesional precisó que el operativo policial que finalizó con la detención de Rafael y Pascual Pichún -pertenecientes a la comunidad Temulemu- obedecería a una orden de detención emanada del Juzgado de Garantía de Traiguén, por el no pago de una indemnización de seis millones de pesos que el Tribunal Oral en lo Penal de Angol determinara en sentencia dictada por el delito de incendio que afectó a un camión forestal en el Fundo Nancahue el 2002 y en la que ambos hermanos fueron encontrados culpables. Sin embargo, y según lo explicara Sandra Jelves, el requerimiento de indemnización no habría sido notificado por el tribunal y ni siquiera el querellante habría solicitado aún tal pago.

Cabe recordar que ambos hermanos, miembros del grupo musical Kimkache, fueron condenados en un maratónico juicio oral que se inició la mañana del Jueves 23 de enero y que culminó el domingo 26 a las 14.00 horas, siendo encontrados culpables los acusados por la unanimidad de los miembros de dicho Tribunal. Es decir, por los magistrados Waldemar Koch, Luis Sarmiento y Georgina Solís, los mismos que -paradojálmente- dejarían meses más tarde en libertad sin cargos a los lonkos de Traiguén Aniceto Norin y Pascual Pichún acusados por el Ministerio Público de La Araucanía de graves cargos de "terrorismo" y que fueron mantenidos en prisión por espacio de doce meses.

En fuentes del movimiento mapuche, las razones de tan desigual actitud de los magistrados en ambos procesos no sería casual. Por el contrario, se estima que sólo la fuerte presión ejercida por la opinión pública nacional e internacional en el reciente enjuiciamiento de los lonkos Pichún y Norin, impidió que en este último caso ambos fueran condenados a 15 años de cárcel tal como lo solicitaban los fiscales del Ministerio Público. La poca cobertura mediática y la escasa presión social generada en el caso de ambos hermanos sería, por tanto, la razón que explicaría su posterior condena en un caso judicial igualmente plagado de irregularidades tanto en su fondo como en su forma.

La versión del Ministerio Público

Por su parte, en un comunicado público emitido en las últimas horas, el Ministerio Público de la IX Región explicó las razones que llevaron a los tribunales de justicia a decretar nuevamente el encarcelamiento de los hermanos Rafel y Pascual Pichún Collonao, miembros de la comunidad Temulemu de Traiguén e hijos del reconocido lonko Pascual Pichún. Ambos jóvenes, después de un juicio oral plagado de irregularidades y que se extendió por cuatro días, fueron condenados el día 31 de enero del presente año por el Tribunal en lo Penal de Angol a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, una multa de 11 UTM a beneficio fiscal y una indemnización de 6 millones de pesos por concepto de daños morales por el incendio de un camión forestal en las inmediaciones del Fundo Nancahue.

"Si bien el Tribunal Oral de Angol concedió en su oportunidad el beneficio de libertad vigilada a los hermanos Pichún Collonao, éstos no podrán entrar a gozar del beneficio mientras no paguen las costas del juicio y las indemnizaciones de seis millones de pesos cada uno a que fueron condenados por la justicia" señala el comunicado.

Cabe destacar que si bien una vez conocido el fallo del juicio oral en lo Penal de Angol, los abogados defensores presentaron un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Temuco y posteriormente ante la Corte Suprema para dejar sin efecto lo resuelto en la sentencia, ambos fueron rechazados finalmente por la justicia. En el texto de ambos escritos, los abogados defensores rechazaban que el pago de la indemnización a la víctima fuera requisito previo para que ambos jóvenes pudieran gozar del beneficio de la libertad vigilada, argumentando dicha defensa que se trataría en ese caso de una especie de "prisión por deuda", lo que constituiría parte de "otro" proceso judicial y no de aquel sancionado por la justicia en su sentencia del 31 de enero.

Sin embargo y como dicha argumentación sería finalmente rechazada por la justicia, los tribunales habrían decretado el revocar el beneficio del "arresto domiciliario" que pesaba sobre ambos hermanos y ordenado a las fuerzas policiales su inmediata aprehensión. Eso es lo que indica al menos el comunicado emitido por el Ministerio Público. "En virtud de la remisión de los antecedentes respectivos por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol que ordenaba el cumplimiento de la sentencia firme y ejecutoriada que condenó a los hermanos Pascual y Rafael Pichún Collonao, el 17 de mayo pasado el Juzgado de Letras de Traiguén emitió la orden de aprehensión correspondiente", la que fue remitida posteriormente a Carabineros y cumplida con singular diligencia por sus efectivos la tarde del pasado día 22 de mayo, según se desprende del comunicado oficial.

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