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Comunidades aborígenes…“una de las partes del fallo deviene en abstracto”
Por Diario Jujuy - Wednesday, Jun. 14, 2006 at 3:13 PM

El Estado Provincial dejó abierta la posibilidad de interponer un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia para impugnar el denominado “fallo histórico” a favor de las comunidades aborígenes. Sin embargo, no se dieron a conocer aún los motivos de esta eventual presentación. Para la Secretaria de Derechos Humanos, Elizabeth Eisemberg, “una de las partes del fallo deviene en abstracto” y “no puede obligar a la provincia a algo que ya está cumplido”. Por su parte, el titular del INAI, Jorge Rodríguez, dijo desconocer la estrategia oficial pero opinó que sólo se deberían “pedir aclaraciones y nada más”.

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En sede del Tribunal Contencioso Administrativo, el Poder Ejecutivo –a través de Fiscalía de Estado- efectuó el pasado 31 de mayo la manifestación previa de interponer un recurso para impugnar la resolución judicial recaído en los autos caratulados “Aguado de Quispe, Rosaria y otros contra el Estado Provincial”, quienes hace 2 años y medio atrás interpusieron una acción de amparo para que se cumpla con las pautas fijadas en el Programa de Regularización de Tierras para las comunidades aborígenes.

Como la pretensión sería que la sentencia no quede firme, el recurso a presentar -sea de inconstitucionalidad o de casación- debería interponerse ante el Superior Tribunal de Justicia antes de cumplirse la primera quincena de este mes.

Se desconocen hasta el momento las razones que se expondrían en esta presentación. Sin embargo, el primer paso para conseguir la impugnación estaría dado.

Cabe recalcar que el fallo contó con el voto positivo de los Dres. Benjamí­n Villafañe y Luis Oscar Morales y la disidencia del Dr. Celestino González, y fue considerado como un “hecho histórico para los pueblos aborígenes” por ser el primer pronunciamiento que emite disposiciones para concretar la entrega de las tierras a las comunidades.

“Una de las partes del fallo deviene en abstracto”

Al ser consultada por este tema días atrás, la Secretaria de Derechos Humanos Elizabeth Eismeberg interpretó que “una de las partes del fallo deviene en abstracto”, ya que “no puede obligar a la provincia a algo que ya está cumplido”, en referencia a dos puntos específicos: la mensura de tierras y la notificación a las comunidades al momento de otorgar permisos de explotación minera.

Al ser consultada por las acciones judiciales previstas desde la conducción gubernamental, la funcionaria no dio precisiones pero aseveró que “más allá del planteo o de la apelación que se haga respecto a este fallo, el compromiso de la Secretaría con los hermanos aborígenes es seguir trabajando conjuntamente como lo venimos haciendo, en paz y tranquilidad y tratando de obtener resultados”.

Para Rodríguez se deberían “pedir aclaraciones y nada más”

Por su parte el titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas –INAI- Jorge Rodríguez, coincidió en afirmar que la sentencia solamente “obliga a hacer lo que se ha venido haciendo, y hay que terminarlo”. Sin embargo, dijo desconocer la estrategia de Fiscalía pero opinó que se deberían “pedir aclaraciones y nada más”.

Recordó que aunque la justicia tardó 2 años y medio para pronunciarse sobre el amparo presentado para el cumplimiento del Programa de Regularización de Tierras, el gobierno provincial, las comunidades indígenas y el INAI “no se quedaron esperando”. Por lo contrario, se implementó una mesa de concertación donde se generaron políticas para dar respuestas institucionales a las demandas aborígenes.

“Se avanzó en un 80 por ciento en la mensura de tierras. Se entregaron títulos pero casi hay una docena de decretos en etapa procesal para llegar a la escritura, además de otras tantas carpetas” que atañen a distintas colectividades, adujo el funcionario.

Además, recalcó el circuito administrativo conformado para que los grupos indígenas puedan participar de toda reunión vinculada con los permisos a entidades privadas para la explotación minera, a los efectos de analizar el impacto ambiental y otros aspectos.

PARA RECORDAR

El fallo condena al Estado Provincial a abstenerse de entregar en propiedad a particulares las tierras afectadas para la entrega a las comunidades aborígenes de los Departamentos de Cochinoca, Yavi, Tumbaya, Rinconada, Santa Catalina, Susques, Humahuaca, Tilcara, Santa Bárbara y Valle Grande; establece un plazo de 15 meses para que el Estado culmine trabajos y cuestiones previas a la transferencia definitiva de las tierras a las comunidades de estas regiones.
Asimismo, se obliga al Estado Provincial a dar cumplimiento al Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenass y Tribales, dando participación a las colectividades en todo trámite sobre territorios que pudiera afectar sus derechos.
Por último, la justicia impone una multa pecuniaria al Estado si se registran incumplimientos de estas disposiciones.

La acción judicial fue impulsada por la lentitud y los obstáculos en el proceso de entrega de tierras por parte del Estado Provincial de cara a la implementación de un Programa con financiamiento nacional.

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