Julio López
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APROBACION DE LA DECLARACION DE LAS NN UU SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
Por Centro de Politicas Publicas - Thursday, Jul. 06, 2006 at 6:43 PM
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UN PASO DECISIVO EN LA CONSOLIDACION DE ESTANDARES INTERNACIONALES

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha aprobado el proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Ahora solo falta la votación de la Declaración por parte de la 61 Asamblea General de Naciones Unidas de 2006.

Los derechos de los pueblos indígenas, que ya están abriéndose paso por la via de los jurisprudencia y el derecho consuetudinario internacional y la doctrina, ahora avanzan un paso más. La Declaración de Naciones Unidas fija un estándar mínimo universal, y será un referente insoslayable para los estados en materia de derechos humanos de los pueblos indígenas.

El mundo da un paso y una puesta la dia tras más de 20 años de debates y trabajos, llegando a consensos y superando prejuicios, en particular respecto al derecho a la libredeterminación y su sentido.


CHILE Y LOS ESTANDANDARES INTERNACIONALES. RATIFICAR EL CONVENIO 169 Y APROBAR LA DECLARACION.

El Estado de Chile debe votar favorablemente dicha Declaración en la 61 Asamblea General de Naciones Unidas. Seria saludable que, a la brevedad, asi sea anunciado formalmente por el Gobierno chileno a los pueblos indígenas, y ante la comunidad internacional.

Y, consecuentemente, es hora de que el estado de Chile ratifique el Convenio 169 de la OIT sobre derechos de los Pueblos Indígenas , poniendose al dia y saldando deudas de la transición.

Hoy con mayor fundamento - y una elemental coherencia- se impone la necesidad de que Chile ratifique el Convenio 169 de la OIT. Y, al mismo tiempo, es necesario que el gobierno, parlamento y pueblos indígenas, den pasos firmes hacia la implementación en el orden jurídico interno, de los estándares internacionales de los derechos de los pueblos indígenas. No bastan las Declaraciones y Convenios si no son implementados. Son esos estandares internacionales los que deben orientar y enmarcar los debates sobre posteriores cambios constitucionales y reformas legislativas sectoriales.

La Presidenta de la República de Chile declaró el 23 de Junio de 2006, en su invitación a un diálogo para definir una nueva política hacia los pueblos indígenas: "Queremos lograr al más breve plazo la ratificación del Convenio 169". Pero, ¿cuánto es "breve plazo"? Eso es un asunto de voluntad política.

Como es sabido, la ratificación del Convenio 169 de la OIT ya fue aprobada por la Cámara de Diputados en abril del 2000, y por el Tribunal Constitucional en Septiembre del 2000. Solo falta la votación favorable en el Senado, donde se requieren los votos de 22 senadores, de los cuales la coalición gobernante cuenta con 20 votos. Faltan solo 2 votos de senadores de oposición. Si el Convenio se ajusta a la Constitucion como ya señaló el Tribunal Constitucional ¿cuál es el obstáculo para un diálogo constructivo y la ratificación?

El "breve plazo" lo está marcando la propia agenda internacional y los plazos del diálogo a que se convoca desde el Gobierno. La meta que emerge es arribar al 5 de octubre del 2006 con el Convenio 169 de la OIT ratificado, como un resultado concreto de un diálogo plural que involucre a la sociedad chilena y a los pueblos indígenas. Un país con Convenio 169 ratificado antes de la histórica Asamblea General de Naciones Unidas del 2006 que proclamará la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.



Victor Toledo LLancaqueo
Director
Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas.



DOCUMENTOS DISPONIBLES

- Texto aprobado de Resolución de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

- Opinión del Caucus Indígena de ONU, celebrando aprobación de la Declaración. Votación por países miembros del Consejo de Derechos Humanos.

- Ultimo Informe del Grupo de Trabajo de la Declaración de Naciones. Marzo 2006.

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