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Un fallo dictaminó que la autoridades resuelvan el acampe en la plaza
Por Fuente: El Ciudadano.net - Wednesday, Aug. 01, 2007 at 9:15 PM

19.27 i CIUDAD

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FOTO: MARCELO MANERA

La medida judicial que dispone la desocupación de la plaza San Martín se conoció este mediodía, luego de que los piqueteros amenazaran con instalar casillas precarias en el lugar si las autoridades no ceden a sus reclamos de ayuda económica.

el ciudadano.net

Según una disposición judicial, la provincia y el municipio tienen un plazo de 5 días para llegar a un acuerdo con las personas que están acampando en la plaza.

El juez civil de la 15ª nominación ordenó hoy a la municipalidad local y al gobierno provincial que dispongan la desocupación en el lapso cinco días, de la plaza San Martín ocupada desde hace dos semanas por numerosas familias lideradas por piqueteros de la Corriente Clasista y Combativa, (CCC).

En su resolución, el juez justificó la medida al sostener que “sin perjuicio” del derecho a reclamar de los manifestantes, la ocupación de una plaza céntrica “supera los márgenes de tolerancia” y que constituye “parte de los excesos a los que asistimos cotidianamente”.

Sostiene también que con ello parecen violadas disposiciones locales como “obstrucción maliciosa del tránsito, ruidos molestos, perturbación del orden público e infracción a la incolumidad de bienes públicos”.

En ese marco, recordó a las autoridades comunales la obligación de velar por la higiene del municipio, al sostener que dicha responsabilidad es emanada de la ley orgánica municipal.

Por su parte, el ministro de Gobierno Roberto Rosúa amplificó lo dispuesto por el juez civil de la 15ª nominación, Carlos Cadierno: “hacemos saber que tomamos debida nota de esta intimación judicial y que se dispondrá, por el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, las medidas y acciones en común y en concordancia con la Municipalidad de Rosario para dar cumplimiento a esta resolución judicial”, dijo el funcionario de la administración que encabeza Jorge Obeid.

“Hemos tomado conocimiento de que se ha dictado una resolución, un expediente iniciado por una vecina de la ciudad de Rosario, María Lucrecia Ure, donde demanda a la Municipalidad de Rosario y a la provincia de Santa Fe y reclama, por medio de un recurso administrativo sumario, para que cese el estado de ocupación de la Plaza San Martín, y se restablezca allí el derecho de todos los ciudadanos a gozar de ese espacio público”, explicó el ministro a través de un comunicado oficial, en el que fue insistente respecto de la inclusión de la administración municipal en la disposición judicial: “la provincia tomó conocimiento de esta decisión en cuanto le compete, y el municipio también debe tomarlo, ya que la propia resolución habla de las obligaciones del intendente de velar por la higiene del municipio, especialmente la limpieza, la desinfección del aire, de las aguas y de las habitaciones en todos los aspectos que concurran a asegurar la salud y el bienestar de los vecinos”, expresó Rosúa.

Junto con el comunicado, voceros del gobierno provincial difundieron que ayer hubo una reunión entre algunos funcionarios que responden a Obeid y autoridades municipales para evaluar los pasos a seguir ante el fallo de Cadierno. Pero desde el Palacio de los Leones negaron que ese encuentro se haya realizado y ningún funcionario municipal se refirió a la resolución judicial, que respondió a una presentación patrocinada por el abogado Germán Spini y basada en la ley 10.000 de intereses difusos.

“Sin perjuicio del legítimo derecho que asiste a los ciudadanos en orden a expresar sus reclamos frente a la autoridad pública, estamos asistiendo cotidianamente a excesos que exceden todo marco de tolerancia dentro de un estado democrático”, consideró Cadierno en su fallo, que en el tramo resolutivo indica: “se deja constancia que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 8 de la Ley 10.000, el requerimiento del informe circunstanciado apareja que las accionadas deban hacer cesar el estado de omisión denunciado, por el término de cinco (5) días y bajo apercibimientos de dictarse sentencia sin más trámite. La instrumentación de las medidas excede el ámbito del poder judicial, siendo de resorte exclusivo de los señores Gobernador de la Provincia y del intendente de la ciudad”.

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