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Instan al Ministerio Público a presentar un amparo a favor de niños aborígenes
Por Nuevo Diario de Salta - Thursday, Oct. 16, 2008 at 12:52 PM

La Defensora Oficial Nº 4 de esta ciudad, Natalia Buira, pidió al Colegio de Gobierno del Ministerio Público que, a través de los defensores de menores e incapaces del norte provincial, presente “de manera urgente e inmediata” un amparo colectivo tendiente a obtener que el Estado provincial cumpla con su obligación de evitar que niños y niñas aborígenes padezcan hambre.

“No es dable frente a la situación de vulneración de derechos fundamentales de niños y niñas de pueblos originarios en nuestra provincia la inacción por parte del Ministerio Público, quien tiene por mandato constitucional el deber de velar por el respeto de los derechos y los deberes constitucionales”, afirmó la Defensora, quien recordó que “están en juego (...) los derechos a la vida, a la salud, a la alimentación, a la igualdad y no discriminación, el derecho de acceso a la justicia de niños y niñas de pueblos originarios, por la omisión de deberes constitucionales de respetar, proteger, cumplir y/o realizar estos derechos de parte del Estado provincial, debiendo interponer de manera urgente e inmediata la acción de amparo colectivo tendiente a obtener la tutela jurisdiccional de tales derechos vulnerados severamente”.

Este es el tercer pedido en similar sentido presentado por Buira. En el primero, del 28 de abril, a raíz de conocerse el caso de un nenito wichi desnutrido, pedía al Ministerio que se accionara, “por intermedio” de los defensores públicos o asesores de menores e incapaces del distrito judicial correspondiente a Embarcación.”En casos como el presente la desidia o negligencia en asegurar los derechos a la alimentación de los colectivos más vulnerables puede conducir a que luego se lamenten muertes totalmente evitables”, advertía.

La segunda presentación, del 8 de mayo, fue después de que se conociera de la muerte de un niño wichi desnutrido y la Defensora pidió entonces al Ministerio Público que le informara “si se ha iniciado acción de amparo y/o amparo colectivo (...) a fin de lograr la protección efectiva de estos derechos contra el Ministerio correspondiente y/o la provincia de Salta”.

La tercera es tras conocerse la muerte de dos niños cuyos padres trabajaban en un desmonte y que habrían padecido una afección respiratoria aguda que no fue tratada. Ninguna de esas notas obtuvo respuesta.

Ante una consulta de Nuevo Diario, el Colegio de Gobierno informó que en el último caso, el de la muerte de los dos niños en un desmonte en la finca Caraguatá, interviene el asesor de Menores e Incapaces de Tartagal, Juan José Andreu, quien “requirió los informes a la Policía de Tartagal y al Hospital, para que brinden de las estadísticas de casos.

Hay una diferencia notoria entre lo que pide Buira y lo que el Ministerio Público está haciendo: en el primer caso se insta a que se tomen acciones urgentes; en el segundo, el Ministerio se toma su tiempo para colectar datos que podrían desembocar luego en un pedido de investigación judicial.


Acceso a la justicia

En la última presentación la Defensora Oficial Nº 4, Natalia Buira, transcribió las “100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad”, acordadas por organizaciones de operadores de Justicia del continente, para sustentar su posición acerca de que el Ministerio Público debe actuar en representación de los niños y niñas de comunidades indígenas “que ven conculcados los más fundamentales derechos humanos con la omisión estatal en protegerlos y garantizarlos de manera efectiva”.

Recordó que según lo establecen distintos Tratados Internacionales de raigambre constitucional en la Argentina, los pueblos indígenas tienen derecho a un medio ambiente sano, la salud, el agua y la alimentación; reseñó también la estrecha vinculación de estos derechos. Generalmente los problemas de malnutrición se asocian con la “falta de reconocimiento de su derecho (de los pueblos indígenas) a la tierra, la apropiación de sus recursos naturales y dificultades en el acceso a la justicia”.

Asimismo, aseguró que la protección de estos derechos implica que los Estados “deben adoptar medidas afirmativas para subsanar el estado de discriminación o la condición de mayor vulnerabilidad que ciertos sectores de la población presenten en cuanto al acceso a la alimentación”.

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