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Comunidad mocoví pidió intervención del defensor del Pueblo
Por Fuente: Chaco día por día - Thursday, Sep. 27, 2012 at 10:10 AM

Familias mocovíes ubicadas al norte de Pampa del Infierno, solicitaron la urgente intervención de la Defensoría del Pueblo del Chaco por la expulsión de sus tierras comunitarias que fuera avalada por el juez de Sáenz Peña, Juan Zaloff Dakoff.

Familias mocovíes ubicadas al norte de Pampa del Infierno, solicitaron la urgente intervención de la Defensoría del Pueblo del Chaco por la expulsión de las tierras comunitarias, cuyo caso es parte de una causa judicial que en los últimos tiempos llegó a los medios de comunicación por las denuncias contra el juez Civil y Comercial Nº 2 de Sáenz Peña, Juan Zaloff Dakoff, quién presentó su renuncia.

Estas tierras ubicadas a 70 kilómetros de Pampa del Infierno, al ser comunitarias (Parcelas 82 y 5) son intransferibles por tal razón el juez fue denunciado por diputados, organizaciones sociales y de los pueblos indígenas y su renuncia todavía no fue aceptada por el Superior Tribunal de Justicia que ha requerido informes.

La reunión

El defensor Gustavo Corregido se reunió con los referentes en la Parcela 82 a efectos de tomar conocimiento de la situación, donde Hugo, Pablo y Juan Leiva, además de Daniel Gómez reclamaron por el “acoso” que sufre la comunidad Mocoví por parte de las personas que administran la Parcela 5 que se encuentra usurpada y la causa tiene trámite judicial.

“Denuncian la presencia de una topadora trabajando en la Parcela 5”, además plantean la necesidad de ser asistidos con agua y vivienda porque las mejoras que tenían se encontraban en la parcela de la que fueron desposeídos y que habitaban hace 30 años.

Uno de los damnificados, Eleuterio Leiva, hoy habita la parcela 82 luego de que fue expulsado al igual que sus 14 hijos de las tierras comunitarias.

Durante la reunión estuvo presente personal de la Dirección de Bosques, Luis Geller y Juan Aguirre a quienes se les transmitió lo expuesto en relación a la topadora.

Finalmente desde la comunidad se solicita al defensor del pueblo que interceda con las autoridades del Instituto del Aborigen Chaqueño (Idach) para que entre otras cosas brinde respuestas a las solicitudes de la Asociación Mocoví, fundamentalmente en lo relativo a renovar las autoridades de esa asociación.

Reconocidos por la Constitución

Corregido recordó que la Constitución Nacional en el artículo 35 inciso 17 establece claramente “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.”

Lo propio hace la Constitución del Chaco en el artículo 37 que “reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas, su identidad étnica y cultural; la personaría jurídica de sus comunidades y organizaciones; y promueve su protagonismo a través de sus propias instituciones; propiedad comunitaria inmediata de la tierra que tradicionalmente ocupan y las otorgadas en reserva. Dispondrá la entrega de otras aptas y suficientes para su desarrollo humano, que serán adjudicadas como reparación histórica, en forma gratuita exentas de todo gravamen. Serán inembargables, imprescriptibles indivisibles e intransferibles a terceros”.

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