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Imputados del Dakar fueron sobreseídos
Por Movimiento Comunitario Pluricultural - Wednesday, Jan. 13, 2016 at 6:16 PM

VIERNES, 8 DE ENERO DE 2016

Imputados del Dakar ...
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PACHAKUTI

La puna - Jujuy

JUEVES 7 de enero de 2016.

Pueblo Kolla

>> LA JUSTICIA DE JUJUY, SOBRESEYO A LOS DIEZ IMPUTADOS POR EL CORTE DE RUTA DEL DAKAR 2014 EN LA COMUNIDAD DE RUMI CRUZ, COCHINOCA. LOS REFERENTES DE LAS COMUNIDADES HABIAN SIDO REPRIMIDOS, DETENIDOS E IMPUTADOS INJUSTAMENTE POR LA POLICIA Y SE HABIA INICIADO UNA CAUSA QUE DEMORO PRACTICAMENTE DOS AÑOS EN RESOLVERSE, SIN HABER ENCONTRADO NINGUNA CULPABILIDAD.

Por Equipo de Comunicación Andina

Desde Abra Pampa.

La justicia de la provincia de Jujuy, dictamino el sobreseimiento a los diez imputados por la causa del corte contra el Dakar 2014 en la comunidad de Rumi Cruz, Cochinoca, territorio del Pueblo Kolla. Armando Quispe, en su momento vicepresidente de la comunidad de Queta, Zulema Condori, presidenta de la comunidad Cienego Grande, David Torres, Integrante de la comunidad de Lagunillas, Silvana Ontiveros, integrante de la comunidad de Rumi Cruz, Delfin Quipildor, integrante de la comunidad de Rinconadillas, Elbio Cabrera, de la Quiaca, Sergio Laguna, Intendente de El Aguilar, Sotero Flores, presidente de la comunidad de Ugchara, Sergio Gonzalez, comunicador de Humahuaca y Enrique Gonzalez, cura párroco, fueron los afectados inocentemente por la causa, despues de que a merced de ordenes políticas el efectivo policial Cesar Eduardo Galian resulto como denunciante en el juzgado numero 1 a cargo del Sr. Juez Gaston Mercau.

La crónica.

En el mes de diciembre las comunidades indígenas dialogan con autoridades del Estado Provincial a los fines de que se cumplimiento el Derecho de Consulta Previa, prometiendo los mismo no violar dicho derecho y hacer efectivo el mismo. A pesar de ello las comunidades se enteran por otros medios que se aprueba el trazado del Dakar y la realización inminente de la competencia teniendo como uno de los trazados la localidad de Rumi Cruz, Territorio de la Comunidad Indígena de Rumi Cruz con título de propiedad reconocido, así deciden manifestarse pacíficamente por la violación evidente de los derechos a los pueblos indígenas. Por lo que se procede el día 12 de Enero a manifestarse pacíficamente en la ruta 72 a la altura del paraje denominado Abra de la Cruz por donde pasaría el recorrido del Dakar 2014. La infantería y policía se dirige a la localidad de Rumí Cruz donde se encontraban Comuneros y miembros de comunidades indígenas reclamando pacíficamente al gobierno el hecho de violación del Derecho a la Consulta conforme el convenio 169 de la OIT, Declaración de Naciones Unidas sobre derecho de los Pueblos Indígenas y Art 75 inc. 17 de la Constitución Nacional. Y depsues de un breve dialogo, se procedió a la represión, golpeando a los representantes, deteniéndolos esposados, y disparando tiros con balas verdaderas sobre el resto de los presentes que tuvieron que disparar por los cerros y aun asi fueron perseguidos a tiros.

En el marco del procedimiento se incia el EXPTE. P- 60563/14 Caratulado: “QUISPE ARMANDO LISANDRO, SERGIO LAGUNA; QUIPILDOR DELFIN FLAVIANO; TORRES DAVID ADAN; GONZALEZ ROBERTO ENRRIQUE; ELBIO DANIEL GONZALEZ SERGIO DANIEL FLORES; SOTERO ONTIVEROS SILVANA REBECA Y CONDORI NILDA ZULEMA p.s.a. ATENTADO A LA AUTORIDAD DOBLEMENTE AGRAVADO POR EL NUMERO DE PARTICIPANTES Y HABER AGREDIDO A PERSONAL POLICIAL – ABRA PAMPA” posteriormente recaratulado como ATENTADO A LA AUTORIDAD AGRAVADO Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA CONDICION DE LA VICTIMA.-

Despertando el interés de diversas instituciones que apoyaron la exigencia del derecho de consulta indigena, tales como: CONSEJO DEPARTAMENTAL DE COMUNIDADES, COAJ, ENDEPA, OCLADE
el procedimiento duro practicamente dos años, los imputados nombraron dos apoderados para que los representen quienes son la Dra. Karina Lopez y el Dr. Franco Aguilar. Fueron citados a declarar una vez, en la cual se abstuvieron y hubo una cita para llegar a una mediación penal y se cito para aplicar el criterio de oportunidad entre las partes, ambas rechazadas por los imputados, ya que mencionaron que no tenían porque seguir esas condiciones ya que eran inocentes en su totalidad, es mas, los que sufrieron atropellos fueron ellos y que se encontraban ejerciendo una manifestación legitima para quese respeten derechos reconocidos en la constitución nacional, el convenio 169 de la OIT, y leyes nacionales.

Finalmente se dicta sentencia DE SOBRESEIMIENTO el 21 de Diciembre del año 2015 de cada uno de los imputados que exigieron en su momento el cumplimiento de la realización en legal forma del Derecho de Consulta en base a la aplicación del criterio de oportunidad y la propuesta alcanzada por las partes, quedando a la fecha firme y consentida.
De esta manera, se demuestra la total inocencia de los imputados, la inoperancia de jueces y fiscales para resolver una simple causa, los intereses políticos del gobierno de Fellner y la policía para hacer esta causa una persecución hacia los lideres indígenas que buscan hacer respetar sus derechos. Lo mas importante es que se da un precedente importante en cuanto a causas que puedan surgir en el marco de hacer respetar derechos constitucionales por parte de las comunidades indígenas, ante las próximas embestidas avasalladoras que puedan llegar por parte de los nuevos gobiernos provincial y nacional. Asimismo en declaraciones exclusivas a este medio, dijeron que avanzaran con la denuncia por la causa, por los daños y perjuicios ocasionados. Ampliaremos.

Fuente: Equipo de Comunicación Andina y Frecuencia Originaria Pachakuti 89.9 del Pueblo Kolla
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