Julio López
está desaparecido
hace 6440 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Odarda solicito informes al ejecutivo sobre la restitución de Restos Indígenas
Por Diario Digital de Noticias - Thursday, Jul. 21, 2016 at 2:45 PM

20/07/2016.- Buenos Aires – El senado de la nación a través de un proyecto de comunicación elaborado por la senadora nacional Rionegrina Magdalena Odarda, solicitó al poder ejecutivo que informe si ha recibido por parte de las comunidades y/o pueblos indígenas solicitudes de restitución de restos mortales en cumplimiento de la Ley Nº 25.517; de restitución de los restos mortales de aborígenes que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas a los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen; y el Decreto 701/2010, que le da competencias al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y, en caso afirmativo detalle:

Odarda solicito info...
restos2-300x208.jpg, image/jpeg, 300x208

La cantidad de solicitudes recibidas y las comunidades y/o pueblos indígenas que las efectuaron.

Cuáles solicitudes fueron resueltas positivamente y se concretaron las restituciones.

Si se han otorgado prórrogas para la restitución de los restos mortales y los Organismos Públicos o Particulares que las han solicitado.

Si se han propuesto instrumentos adicionales o correctivos para el cumplimiento de los objetivos de la ley previstos en el inc. g) del Art. 2° del Decreto 701/2010 y, en caso afirmativo, los describa.

Si se ha llevado a cabo un relevamiento con el fin de identificar todos los restos mortales reclamados a restituir y, en caso afirmativo presente los resultados.

Si se ha recabado informes y se ha emitido opinión sobre emprendimientos e investigaciones científicas que tengan por objeto a las comunidades aborígenes.

Si se han llevado a cabo acciones conjuntas con el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano y, en caso afirmativo presente los resultados.

Para el pedido avalado por sus pares parlamentarios, la senadora fundamentó que la Constitución Nacional, en su artículo 75, inciso 17 reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizando el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, reconociendo la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y regulando la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, siendo ninguna de ellas enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos y asegurando su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Al respecto, la Ley Nº 24.071 aprobó el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que establece que los Estados Miembros deben garantizar una amplia participación de las comunidades indígenas en todos los asuntos que los atañen, incluyendo los aspectos culturales y el respeto a sus tradiciones, creencias y costumbres.

Posteriormente, por la Ley Nº 23.302, se declaró de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades. Asimismo, se creó el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), como entidad descentralizada Ministerio de Desarrollo Social, y se lo designó como autoridad de aplicación de la misma.

Seguidamente, la Ley Nº 25.517 establece que, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas.

Finalmente, mediante el Decreto 701/2010, se estableció que “el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas será el encargado de coordinar, articular y asistir en el seguimiento y estudio del cumplimiento de las directivas y acciones dispuestas por la Ley Nº 25.517” (art. 1º). El espíritu de este proyecto es conocer sobre el cumplimiento del marco legal expuesto finalizó Odarda.

Fuente: Prensa senadora Magdalena Odarda Frente Progresista CC ARI

agrega un comentario