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Reclaman al Ejecutivo que reglamente la ley de registro de nombres indígenas
Por Chaco Día por Día - Thursday, Aug. 25, 2016 at 3:15 PM

La presidente de la Comisión de Pueblos Indígena de la Cámara de Diputados del Chaco Claudia González reclama al Ejecutivo provincial la reglamentación de la Ley 4790 que crea el Registro de Nombres Indígenas. Fue sancionada en octubre de 2012.

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“Se trata de una demanda que nos hacen las propias comunidades indígenas, cuando quieren anotar a sus chicos o nietos con su lengua ancestral o lengua materna, pero no les permiten y esto se debe a la falta de cumplimiento de la Ley, ya que en ella se establece la creación del Registro de Natalidad y Mortalidad de los Pueblos Indígenas”, expresó.

La legisladora afirmó que “hemos mandado sendas notas al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitar se reglamente la Ley provincial Nº 7094, sancionada el 03/10/2012 que crea el Registro de Natalidad y Mortalidad de los Pueblos Indígenas, pero lamentablemente no tuvimos respuestas. Incluso hemos invitado dos veces al ministro de Gobierno, Justicia y Relaciones con la Comunidad Juan José Bergia para que venga a la Comisión de Pueblos Indígena para hablar sobre esta cuestión pero no asistió”.

Señala además que “la Ley Nº 7094 sancionada en el año 2012 que crea el Registro de Natalidad y Mortalidad de los Pueblos Indígenas, persigue actualizar información relacionada con los Pueblos originarios de nuestra provincia ya que las últimas cifras datan del censo 2010”.

“Es oportuno recordar que el registro de los nacidos vivos y de las defunciones persigue dos objetivos fundamentales: legal y estadístico. La inscripción de los hechos vitales es parte de un sistema eficaz del Registro Civil que permite el reconocimiento legal de la existencia de las personas y el registro de los acontecimientos más importantes desde el nacimiento hasta la muerte. Al mismo tiempo, la información proporcionada por las estadísticas permite no sólo cuantificar la natalidad y la mortalidad, sino también identificar características, necesidades y disparidades desde perspectivas sociodemográficas, económicas y sanitarias”.

“De haberse implantado la Ley Nº 7094, hubiese hecho visible la real situación por la que están atravesando estos grupos vulnerables de nuestra sociedad como lo son las comunidades indígenas. La integridad y la calidad de las estadísticas de natalidad y mortalidad son básicas para cuestiones esenciales como la planificación y la programación sanitaria y la utilización eficiente de los recursos, a partir de decisiones basadas en información precisa”.

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