Lo dispuso el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas con el objetivo de que dicho sector de la población acceda al Ingreso Familiar de Emergencia.
La comunidad indígena wichi es uno de los sectores más vulnerables ante la amenaza del coronavirus. Además de la situación de pobreza extrema, la falta de agua dificulta la higiene que se recomienda mantener para mitigar la propagación del COVID-19. (REUTERS)
26/03/2020
A raíz del avance de la pandemia de coronavirus en la Argentina, entre otras de las medidas dispuestas para reducir el impacto económico en la población, el Gobierno ordenó un relevamiento de las comunidades indígenas para que se les garantice el acceso a la ayuda social destinada a los sectores más vulnerables.
A través de la Resolución 4/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas resolvió realizar “un relevamiento integral en las comunidades indígenas del país de las personas que se encuentran incluidas en el artículo 2º del Decreto 310 del 23 de marzo de 2020, a los fines de asegurar la efectiva prestación del beneficio económico denominado Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)”.
El Ingreso Familiar de Emergencia fue lanzado por el Gobierno nacional como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional, destinada a compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas afectadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio. En efecto, dicha asistencia social consiste en 10 mil pesos que percibirá un integrante del grupo familiar que se abonará -hasta el momento- por única vez en el mes de abril con el objetivo de “disipar la situación de angustia e incertidumbre que genera la imposibilidad de ir a trabajar para garantizar el sustento económico necesario para millones de familias argentinas”.
Según se aclaró en la resolución publicada hoy, será la Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas la encargada de diseñar el relevamiento de datos con la colaboración de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas, la Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas y Técnicos Territoriales del organismo nacional a cargo. También deberán monitorear la carga de datos de acuerdo al procedimiento que determine la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Desde el Instituto de Asuntos Indígenas que preside María Magdalena Odarda indicaron que las comunidades contempladas “en su gran mayoría” se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad “resultando menester adoptar una amplia difusión de los requisitos necesarios para ser beneficiario del IFE, generando vías de comunicación, conocimiento y gestión sobre las diversas realidades y problemáticas particulares que puedan presentar el acceso a la carga de los datos conforme el procedimiento técnico a ser determinado por la ANSES”.
“Las autoridades de las comunidades indígenas, desde sus culturas y a pesar de las limitaciones de diversas índoles, la gran mayoría utiliza medios de comunicación, redes sociales y servicios de mensajería altamente efectivos para comunicar. La inmediatez y simultaneidad de la interacción entre el ámbito comunitario y los órganos estatales permite que los medios digitales sean uno de los aspectos más importante para poner a conocimiento de los pueblos indígenas el alcance del Decreto 310/2020”, resaltó la resolución publicada en el Boletín Oficial.