En el escrito de apelación, que lleva la firma del secretario Horacio Pietragalla, se solicitó que se revoque el atenuante de “exceso en la legítima defensa”, al considerar que corresponde la imputación por homicidio calificado.
23/06/2021
En su rol querellante en la causa, la Secretaría presentó una apelación contra el auto de procesamiento dictado con fecha 16 de junio, en el marco de la causa que investiga el homicidio de Rafael Nahuel. En la resolución, el Juez Federal subrogante de Bariloche, Gustavo Zapata, consideró que existió un enfrentamiento entre el grupo de mapuches, entre quienes estaba Nahuel, y los integrantes del grupo Albatros, quienes se habrían excedido en el uso racional de la fuerza causando así la muerte del joven.
En el escrito de apelación, que lleva la firma del secretario Horacio Pietragalla Corti y el director de Políticas contra la Violencia Institucional, Mariano Przybylski, se aduce que no existen pruebas en la causa que sostengan la teoría de un enfrentamiento con armas de fuego que pudiera haber puesto en riesgo a los miembros del grupo de elite de Prefectura.
Se expone que durante el reconocimiento del terreno que se realizó después del hecho no se encontró ninguna vaina ni rastro de arma de fuego aparte de las decenas que pertenecían a los prefectos. Además, se argumenta que la bala que mató a Rafael Nahuel le ingresó por detrás, lo cual implica una situación de escape y no de agresión al momento del disparo mortal.
Se concluye que para la Secretaría de Derechos Humanos se trató de una persecución y una ejecución extrajudicial, que implica el delito de homicidio calificado, sin ninguna justificación que sirva de atenuante. Por ello, se solicita a la Cámara de Apelaciones que se haga lugar al recurso y se dicte el procesamiento del prefecto Sergio Cavia como autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con violencia, abusando de su función como miembro de una fuerza de seguridad. Asimismo, se pide que se dicte el procesamiento de Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García como partícipes necesarios del delito.