Julio López
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CHUBUT: ABSOLVIERON A LOS PIBES
Por diego - Wednesday, Mar. 08, 2006 at 11:57 AM
banquito2001@hotmail.com

fueron absueltos de culpa y cargo los cuatro implicdos por los incidentes en la legislatura provincial!

Finalmente ayer martes 7 de marzo en medio de un ruidoso y enorme apoyo popular de organizaciones piqueteras como la CTD ANIBAL VERON, EL MIJD, y la agrupación VICTOR CHOQUE, más un grupo de militantes sociales llegados desde todo el pais, se llevo acabo la primer y unica jornada del JUICIO ORAL Y PUBLICO a los cuatro luchadores acusados de haber "instigado" los "destrozos" de la legislatura provincial en 2002.En el Juzgado Correccional de Trelew terminó absolviendo ayer a todos los imputados.

La decisión la tomó el juez Darío Arguiano al considerar que uno de los imputados había sido ya sobreseído en la causa y el resto carecía de la requisitoria de elevación a juicio de las precisiones y determinaciones necesarias de cada uno de los delitos.

La defensa de los cuatro imputados estuvo a cargo del abogado Eduardo Hualpa, quien precisamente argumentó las contradicciones de dicha elevación, máxime teniendo en cuenta que se refería a «arengas» mediante las cuales los acusados habrían instigado a la concurrencia (también en protesta) de varios sectores, gremios, empleados, docentes al recinto legislativo. Esa movilización del año 2002 habia contado con mas de 2000 manifestantes en la explanda del cuerpo deliberativo provincial.

Los militantes sociales absueltos son Alfonso Islas Cárdenas, Rubén Ricardo Romero, Gonzalo Arancibia y Manuel Nelson Cid. El fiscal coincidió unicamente de las argumentaciones de la defensa, en que Arancibia había sido sobreseído en cuanto al delito de desacato a la autoridad agravado.

MOVILIZACION POPULAR Y GRUPO ESPECIAL DE OPERACIONES DE LA POLICIA

Desde las 10 de la mañana las diferentes agrupaciones procedieron al corte de la calle Paraguay de Trelew. Mientras tanto, en el ingreso al juzgado correccional una despliegue policial innecesario se montó sobre la excusa de "quere evitar incidentes" . la presencia policial contó con efectivos del GEOP (el cuestionadisimo grupo de operaciones policiales de la provincia), la sección CANES (!) mas un grupo de policia vehicular...


EL JUEZ Y LOS IMPUTADOS

El juez coincidió con las partes ( el abogado de la fiscalís estuvo de acuerdo!!!!!!) en que Aranciabia ya había sido sobreseído y en consecuencia «fue indebidamente intimado, ya que el oficio no se condice con las circunstancias de tiempo, modo y lugar por lo tanto con respecto al señor Arancibia este proceso va a cerrarse en forma definitiva».

En relación a los imputados Nelson Cid y Ricardo Romero, en la requisitoria fiscal se le atribuye el delito de instigación al daño agravado. «Advierto que la descripción de los hechos, que se le hicieron, señala escuetamente que junto a otras personas dirigían y arengaban, consecuentemente advierto que no se haya descripto de modo alguno el hecho típico de instigación, de que modo se arengaba y a qué delito concreto se instaba a los demás integrantes de la movilización», dijo el juez.

Finalmente y respecto a Alfonso Islas Cárdenas, según señaló, se le atribuyeron tres hechos penales: la instigación al daño agravado, el daño agravado y el robo. Precisó respecto a la instigación se le imputa -»dirigir y arengar»- pero no se desprende cuál es la descripción y en que consistió esta dirección de arenga. Añadió el magistrado, en cuanto al daño agravado, que «disiento con el defensor que haya sido sobreseído porque la resolución que lo beneficia se haya dirigida a los hechos acontecidos en la Casa de Gobierno y no en la Legislatura». Sin embargo aclaró que «cuando fue intimado se le imputa dañar ventanales y objetos que se encontraban en el edificio de la Legislatura, en tanto la requisitoria de elevación a juicio dice que munido de un palo rompió el vidrio izquierdo de la puerta de la Legislatura». Dijo el juez Arguiano en cuanto al delito de «robo» se lo acusó de haber producido la sustracción de la bandera que se encontraba colgada en la Legislatura. «El verbo sustracción en el delito penal requiere una especificación determinada», precisó.

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Audio del abogado
Por c&p - Wednesday, Mar. 08, 2006 at 2:04 PM

Escuche el audio en http://argentina.indymedia.org/news/2006/03/381067.php

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