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Honduras: EL DIPA, LA LEY INDIGENA Y EL SUPUESTO DESARROLO DE LOS PUEBLOS
Por Organización Fraternal Negra Hondureña - Friday, Dec. 07, 2007 at 12:04 PM
ofraneh@ofraneh.org.hn

El pobre o nulo debate que se ha dado sobre la Ley de Desarrollo de los Pueblos Indígenas, señala una vez más la capacidad de subordinación de los llamados líderes que conforman el selecto grupito que se conformó para la elaboración de un mamotreto el cual viene a diluir el derecho internacional en aras de la piñata denominada DIPA (1)

La mayoría de los artículos de dicha ley están destinados a fortalecer los planes de destrucción ambiental y apropiación de los territorios de los pueblos indígenas, estrategia incorporada al denominado Plan Puebla Panamá (PPP) financiado por el Banco de Interamericano de Desarrollo (BID) casualmente el organismo que viene financiando el Proyecto de Apoyo a los Pueblos Indígenas y Negros (PAPIN), a través del cual se elabora y propone la Ley Indígena.

La Declaratoria de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de los Pueblos indígenas ha quedado en papel mojado, desconociendo la ley indígena el concepto básico de la autonomía y autodeterminación que fue plasmado en ese documento discutido durante un cuarto de siglo y finalmente aprobado el pasado 13 de septiembre.

La cuestionada ley utiliza el capítulo III de la Ley de Propiedad, la que nunca fue consensuada y viene a diluir la propiedad comunitaria, situación que afecta el futuro de los pueblos indígenas. La OFRANEH ha repetido en múltiples ocasiones como la elite de poder asociada y algunos políticos vienen promoviendo la disolución de los títulos comunitarios garífunas, para proceder a la titulación individual esperando que el efecto dominó en las ventas de tierras de las comunidades permita a la industria turística apoderarse de las codiciadas playas que forman la esencia de nuestro hábitat funcional.

Parece ser que los señores del PAPIN hasta la fecha no han leído el Convenio 169 de la OIT y de haberlo hecho, simplemente retorcieron el contenido del texto para adecuarlo a sus necesidades "jurídicas". La exclusión del principio Pro Homine (2) - una de las bases del derecho internacional - por parte de los redactores erosiona la aplicación del convenio 169. El hecho es que la Ley de Propiedad violenta el Convenio 169 de la OIT, ya que entre otros, a través de su artículo 100 promueve y legitima el desmantelamiento de la propiedad comunitaria de los territorios indígenas.

El Pacta Sunt Servanda - el principio mediante el cual se establece que los tratados no sólo deben ser cumplidos por quienes los firman, sino además deben cumplirse de buena fe- ha sido ignorado por la Ley de Propiedad y la Ley Indígena promovida por el BID, ya que no viene a fortalecer la conservación de los territorios y de recursos, más bien se presta para crear un marco jurídico de la disolución de los títulos comunitarios y saqueo de recursos.


Cuando se dice que un estado debe cumplir el convenio de buena fe (3), eso implica la modificación de su legislación interna para adecuarla al Convenio. Las incongruencias que surjan de la falta de adecuación se puede convertir en una violación del tratado. Nuestros genios jurídicos del PAPIN optaron por crear una ley secundaria que ralea el convenio 169, más que por una reforma constitucional como es requerido en las actuales circunstancias. Esa actitud sobrepasa el concepto del ius cogens, donde los convenios y tratados internacionales están por encima de las leyes nacionales.

El artículo 69 de dicha Ley de "Desarrollo" Indígenas claramente la entrega de los recursos de los pueblos, pues de antemano se enuncia que las empresas extractivas establecerán sus pautas y simplemente confortaran a las poblaciones locales con una supuesta reparación a los daños causados. En medio de la ofensiva sobre los recursos que impulsa el PPP, la ley entra a funcionar como un aliciente para facilitar la apropiación de los recursos naturales de los pueblos indígenas y el saqueo de sus territorios.

Claro que los fondoa del DIPA (confite$ para ingenuos) hacen temblar conciencias e ilusionan a muchos. El sistema capitalista nos ha vendido el “desarrollo” como la solución a todos nuestros problemas y los afrodescendientes de cuello blanco asociadso a la actual adminsitarción y algunas ONGs, han tomado como propio el discurso, que ofraneh se opone al desarrollo. Sin embargo hasta la fecha en mesoamérica se desconoce en que consiste el desarrollo, pues más bien la riqueza de unos pocos se ha convertido en la pobreza de las grandes mayorías. El desarrollo es un espejismo en medio del desierto de pobreza, y es utuilizado como una neoreligion donde el culto gira alrededor de los parametros impuestos por el denominado "amercan way of life", en otras palabras el sistema de vida de los gringos.

El desarrollo se ha convertido en quimera, que se ha prestado en los últimos 50 años a los planes de los organismos financieros internacionales, sin que hasta la fecha existan ejemplos concretos y formulas definitivas. No obstante es palpable el daño causado al planeta por la cultura occidental basada en el motor a base de combustibles fósiles, vinculados con el concepto de "desarrollo" no sostenible, con el cual se ha manejado el planeta en el último siglo.

Por supuesto, la defensa de los territorios, la lucha por la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas y garífuna debe ser parte integral de los objetivos de lucha en que se deben centrar las actividades de las federaciones y ongs asociadas con los pueblos. Para el pueblo garífuna en la actual encrucijada en que nos encontramos, sólo pensar en superar la problemática del VIH/SIDA y las consecuencias del cambio climático, son retos que debemos asumir. Desafortunadamente nunca hemos escuchado de los afrosdecendientes asociados con el estado y sus ONGs, palabra alguna referente a la situación del cambio climático y de como nos convertiremos eventualmente en desplazados ambientales, pero existe una persistente demanda de proyectos de supuesto desarrollo, cuando la costa norte de Honduras se encuentra a borde de la hecatombre ambiental

La Ceiba, 6 de Diciembre del 2007.


OFRANEH
(1) DIPA, Desarrollo Integral Pueblos Autóctonos
(2)"pro homine" significa que "cuando hay dos posibles interpretaciones de una norma, se presume que la interpretación más garantista es la más idónea, por ser más fiel al objeto y fin del instrumento y al sistema mismo de protección
(3) Los Mecanismos de Control Y Aplicacion de los Convenios y Recomendaciones dela OIT y los Pueblos Indígenas. Serie Guias Legales- Derechos Indigenas #3. Gabriela Olguin(2002)



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