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Comunicado de prensa: Reglamentación Ley 2633, LEY DE BOSQUES NATIVOS
Por Susana García - Diputada de la Nación - Saturday, May. 24, 2008 at 2:31 PM
prensasusanagarcia@yahoo.com.ar

Desde el 28 de noviembre de 2007 el Gobierno Nacional es responsable por los desmontes de bosques nativos.

Susana García, Diputada Nacional por la Coalición Cívica y miembro de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados, presentó un proyecto de resolución solicitando al Poder Ejecutivo que reglamente la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección de Bosques Nativos.

Al respecto, la Diputada por la provincia de Santa Fe manifestó “La falta de reglamentación por parte del Ejecutivo Nacional supone dos cosas: o no tiene capacidad técnica y política para reglamentar una ley de tal importancia o tiene compromisos tomados para que la misma no sea reglamentada” y recalcó “Es paradójico que, en el ámbito más plural de la república -el Parlamento Nacional- y luego de un amplísimo debate, se haya podido llegar a un consenso y el Poder Ejecutivo, que es unipersonal, no pueda resolver la reglamentación”

El proyecto de Ley tuvo media sanción de la Cámara de Diputados el día 14 de marzo de 2007, el Senado de la Nación la aprobó con modificaciones el 21 de noviembre del mismo año resultando la aprobación definitiva por parte de la Cámara de origen, el 28 de noviembre de 2007.

El Poder Ejecutivo, según lo establece la Ley 26.331, tiene la obligación, dentro de los 90 días de su promulgación, de reglamentarla y constituir Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos.

Frente a la omisión por parte del Poder Ejecutivo, García afirmó “Es otro ejemplo de doble discurso Kirchnerista” y agregó “Recuerdo que Romina Piccolotti, cuando la presidenta le pidió que interfiera en el conflicto de campo, salió a responsabilizar a los chacareros por los desmontes de los bosques nativos, pero no dice ni una palabra sobre la falta de reglamentación de esta ley que, de hecho, pondría un freno a este flagelo”.

Adjuntamos proyecto

Susana García
Diputada de la Nación
Coalición Cívica


Comunicación y Prensa:

Despacho: 011 6310 7611
(Prensa) 0341-156 203001
E-mail: prensasusanagarcia@yahoo.com.ar
Blog: http://www.prensasusanagarcia.blogspot.com

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PROYECTO DE RESOLUCION
Por Susana García - Diputada de la Nación - Saturday, May. 24, 2008 at 2:33 PM
prensasusanagarcia@yahoo.com.ar

La Cámara de Diputados de la Nación

Resuelve:

Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda, proceda a reglamentar la Ley Nacional 26.331, Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, sancionada el 28 de noviembre de 2007 y publicada en el Boletín Oficial diciembre del mismo año.


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El proceso de discusión de la Ley 26.331, Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, fue complejo, pero el resultando del mismo es una norma que significa un gran aporte a la protección de los Bosques Nativos.

Es necesario destacar que el proceso fue tan complejo que, habiendo sido efectuada la media sanción por la Honorable Cámara de Diputados el día 14 de marzo de 2007, el Honorable Senado de la Nación lo hizo el día 21 de noviembre de 2007 con modificaciones, resultando la aprobación del proyecto con modificaciones, por parte de la cámara de origen el 28 de noviembre de 2007. A su vez, es preciso señalar que el proceso de discusión en la Cámara Baja sobre la creación de la norma en cuestión comenzó a mediados del año 2006.

En definitiva, el debate parlamentario se tomó el tiempo necesario, quizás demasiado en virtud de la urgencia que tiene la atención a la protección de los bosques nativos. Sin embargo puede entenderse dicha demora en la pluralidad de representaciones políticas y territoriales y, por supuesto, en las distintas visiones en cuanto a cuál es el interés que debe tutelarse de modo prioritario.

Lo alarmante es que, una vez consensuada una ley de tal importancia en el ámbito más plural de la república y, por ende, con mayores dificultades en la conformación del consenso -donde muchos de los argumentos de los Diputados y Senadores era la urgencia en la sanción de la norma por los efectos nocivos que la falta de protección estaba produciendo en el ambiente- sea el Poder Ejecutivo de la Nación el que no arbitre todos los medios necesarios con celeridad y eficacia para reglamentar esta ley importantísima para la Argentina.

Vale, a esta altura, volver a manifestar el porqué de la urgencia.

De 105 millones de hectáreas que apuntaba el censo forestal de 1914, sólo quedan 33 millones, según indican los datos del Primer Inventario Forestal de Bosques Nativos realizado por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (2002).

La tala se realiza en zonas habitadas por pueblos originarios que tienen al bosque como único medio de subsistencia.

Los bosques cumplen un rol fundamental en la conservación de los suelos y la regulación climática. Es el ecosistema que concentra la mayor riqueza y variedad de flora y fauna, así como los insumos necesarios para la producción de medicinas y alimentos. Resultan, además, muy eficaces reguladores de las altas temperaturas por ser fijadores de dióxido de carbono. Asimismo, poseen una gran capacidad para absorber el agua de lluvia por lo que contribuyen en una eficaz barrera contra las inundaciones.
La Ley 26.331 constituye un primer paso necesario para la atención de la emergencia y la base para la generación de políticas de mediano y largo plazo.

El poder Ejecutivo Nacional se encuentra incumpliendo el plazo legal, según lo establecido en el Artículo 42, que reza “El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley y constituir el Fondo al que se refiere el artículo 30 y siguientes en un plazo máximo de NOVENTA (90) días desde su promulgación”

Así, por la omisión del mismo, dificulta su aplicación sin perjuicio de considerar plenamente operativa gran parte de su articulado.

Por tanto, es pura y exclusiva responsabilidad del Poder Ejecutivo garantizar la plena aplicación de la Ley Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, siendo por defecto suya la facultad para detener o no, la tala indiscriminada de bosques.

Por lo expresado, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Resolución.

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