Julio López
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Comunidad MapuChe Quintupuray: Preguntas sin respuestas...
Por C.A.I. - Monday, May. 26, 2008 at 10:29 PM
caiandino2006@yahoo.com.ar

A las organizaciones: Necesitamos consideren y apoyen a la brevedad el texto siguiente y por favor envienlo a alas@elbolson.com con copia a caiandino2006@yahoo.com.ar. Gracias

Preguntas sin respuestas...
Comunidad MapuChe Quintupuray

El 11 de enero de 1993 se conoció el crimen de María Lucinda Quintupuray, de 79 años, asesinada a balazos en su casa del Paraje Cuesta del Ternero, zona de boscosas y quebradas cordilleras, 90 km . al sur de Bariloche, Pcia.de Río Negro. Era la quinta de los ocho hijos del matrimonio de José del Carmen Quintupuray y Filomena Anticura, que hacia 1914 arribaron al lugar desde El Correntoso, Neuquén.

Aun vive Margarita Quintupuray, la anteúltima hija, de 91, años, en Burzaco, Pcia. de Buenos Aires y hay muchos descendientes de 2da, 3ra. y 4ta. generación integrantes de la Comunidad MapuChe Quintupuray.

La escena del crimen, más que lo que mostraba a primera vista, sugería un montaje macabro preparado para desviar la atención de cualquier otro propósito. La comunidad de la Cuesta del Ternero, que recuerda a Lucinda como una muy querida vecina y a los Quintupuray entre los más antiguos pobladores del Paraje, nunca se dejó engañar. Comentarios que en muchas ocasiones ella misma hiciera a sus vecinos acerca de las reiteradas propuestas que recibía por la tierra, alimentaron la sospecha generalizada: Tras su muerte se ocultaban propósitos ambiciosos.

Poco después llega desde Zapala, Nqn., su hijo Victorio Quintupuray con su familia, por gestión de Ricardo Flandes, vecino de El Bolsón que desde hacía tiempo insistía a Lucinda por un convenio para usar sus tierras. Con Victorio ya en el lugar, Flandes es habilitado para entrar al campo. Repentina, desgraciada y también sospechosamente, algunos meses después Victorio aparece ahogado en el río Ternero, en una muerte caratulada como accidente.

El dolor por la muerte de Lucinda no se diluyó con los años. El fracaso de la investigación criminal alimentó en la comunidad y, con el tiempo, en toda la región, la idea de que las pretensiones sobre el territorio de los Quintupuray explicaban lo que la pesquisa no podía averiguar. Su crimen sigue aun impune

Las posteriores ocupaciones de tierras en la zona fueron ratificando el rumbo de esas interpretaciones: La presencia de extraños, las compras de algunos políticos, los rumores de transacciones que no cumplen lo requerido por la ley 279 de Tierras Fiscales, compras, ventas, manipulación de derechos de ocupación y el creciente valor inmobiliario de la región, constituyen la urdimbre de una trama de ocultamiento.

Recientemente Fabián Quintupuray, hijo de Victorio, regresó al campo, a tiempo para ser verificado como ocupante por la Inspección de la Dirección de Tierras en febrero ’08, y para anunciarlo como depositario de esa tierra al ejecutarse el llamativamente postergado desalojo de esa tierra de “Flandes, Catalán y otros”, que debió realizar la Dirección de Tierras para cumplir el fallo con sentencia firme de Septiembre de 2007, por dictamen del Juzgado Nº1 Civil y Comercial de S. C. de Bariloche.

Cuando el 5 de mayo último la Comunidad Quintupuray intentó recuperar su territorio avalada por toda la legislación vigente que el estado provincial parece ignorar, se encuentra con Fabián Quintupuray y su familia bloqueando el ingreso. Fabián se negó reiteradamente a integrar la Comunidad Quintupuray , a quienes descarta legitimidad, aduciendo ser el único heredero con pleno derecho a ser ocupante. Una entrevista de la prensa local reveló que tanto él como los otros ocupantes: Flandes y su colaborador Vitalicio Catalán habrían vendido sus pretendidos “derechos” de ocupación a un empresario hotelero extranjero.

Llama la atención la gestión del estado provincial, que a través de la Dirección de Tierras, acepta o ignora estas transacciones, exhibiendo una actitud oficial más favorable al mercado inmobiliario que al rigor legal.

No solo postergan sin excusa la ejecución del fallo judicial mencionado, sino también en su práctica anulan la vigencia de la ley provincial 2287 Integral del Indígena para administrar este territorio; violando el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional que garantiza el derecho a la propiedad comunitaria de las tierras, e ignorando la vigencia efectiva de la Convención 169 de la O.I .T. refrendada por la Argentina , que privilegia a las organizaciones que se dan los Pueblos Indígenas para decidir sobre sus bienes colectivos.

El tiempo calendario también explica algunos endurecimientos en la conducta oficial respecto del tema:

A partir de la ley Integral del Indígena la Dirección de Tierras encuentra recortado su poder sobre la tierra.

El marco legal provincial tiene la ley 279 y su Dirección de Tierras y Colonias para administrar las “tierras fiscales”. A partir de fines del 1989, la aprobación unánime de la Ley 2287 Integral del Indígena, y su Reglamentación, a principios del ‘91, crea y faculta al Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas, CoDeCI, para actuar en el caso de pobladores o comunidades indígenas, limitando la autoridad de la Dirección de Tierras para intervenir en esos casos.

Esto fue y es firmemente resistido hasta el día de hoy por la Dirección de Tierras. La puesta en marcha del programa de titularización de tierras fiscales, en el año 2004, muestra la política estatal de mercantilización de la tierra, con la entrega acelerada de títulos individuales de propiedad a pobladores fiscales, indígenas o no, rechazando el reclamo de las organizaciones del pueblo mapuche y su legislación, exigiendo investigar los derechos de quienes piden su título, como también el origen de los que ya se han entregado, muchos de ellos señalados como nulos, por haberse obtenido mediante fraude o con la intervención inescrupulosa de autoridades oficiales.

También el caso Quintupuray muestra la obstinada posición de la Dirección de Tierras, que a pesar de haber aceptado en su Disposición.135 (15/05/08) la intervención del Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas para realizar el desalojo, tal como lo exigen las comunidades, aun intenta influir en el desempeño del CoDeCI con la resol. Nº136 del mismo día, indicándole que acepte a Fabián Quintupuray en el predio, sin respetar su autonomía ni la de la Comunidad , tal como lo determina toda la legislación vigente.

Por esto, las organizaciones sociales firmantes nos preguntamos y exigimos respuestas:

¿Porqué después de 15 años el crimen de la Abuela Lucinda Quintupuray sigue sin esclarecerse?

¿Es verdad que el campo fue vendido? Si es así: ¿a quien? ¿Quien lo vendió? ¿Quién lo compró? ¿Quién autorizó la venta?. Si no es verdad, porqué se demora tanto la restitución a la comunidad?

¿A quien le corresponde la investigación?

¿Porqué el Sub Secretario de Tierras y Colonias, Ing. Jorge Belacín, desconoció públicamente la existencia de la Comunidad Mapuche Quintupuray? Y porqué a la semana siguiente el Director General de Tierras y Colonias Daniel Tait firma el traslado del desahucio al CoDeCI, que sí reconoce a la Comunidad.

¿Porqué, si se trata de territorio Ancestral MapuChe y desde el año 2003 la Comunidad Quintupuray está formalmente constituida con personería jurídica, no se aplica la Ley Integral del Indígena Nº 2287 con la intervención del CoDeCI, violando la Constitución Nacional (Art 75) y el Convenio Internacional 169 de la OIT, ratificado por la Argentina ?

FIRMAN:

C.A.I. - CONSEJO ASESOR INDIGENA - RIO NEGRO
ASOCIACION CIVIL ALAS PARA LA COMUNICACION POPULAR - EL BOLSON - RIO NEGRO

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