Julio López
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Audiencia por Nordelta II: más de 30 expositores manifestaron su rechazo
Por Fuente: Escobar News - Friday, Jul. 23, 2010 at 11:47 PM

UNA SUMA DE MONOLOGOS
Se llevó adelante la consulta no vinculante por la Ciudad del Lago

Miércoles, 14 de julio de 2010

Sin posibilidad de interpelar a los representantes del megaemprendimiento, más de 30 expositores manifestaron su rechazo.

En horas de la mañana del día de hoy, se llevó adelante la anunciada audiencia pública por la construcción de la ciudad satélite denominada “Ciudad del Lago” sobre 1360 hectáreas de humedales, en los bajos de Escobar, adquiridas en el año 2007 por Consultation S.A.

Si bien la audiencia fue anunciada con un mes de antelación, la concurrencia a la misma se vio perjudicada por realizarse en un día laborable, y en espacial por el horario elegido y muchos interesados en expresarse no pudieron asistir a la misma, sin embargo las butacas del teatro Seminari se vieron pobladas de gente con la clara intención de hacerse escuchar y saber cuales son los alcances de este exclusivo emprendimiento, como fue el caso de la Defensoría del Pueblo, representada por la Lic. Silvia Zaffirio.

Tras la presentación “en líneas generales” a cargo de los responsables del la firma Consultation S.A. en la que se pretendió mostrar al proyecto del megaemprendimiento Premium, ideado por el empresario Constantini, como “un proyecto ambientalmente amigable”, comenzaron a hacer sus presentaciones más de treinta representantes de organizaciones intermedias, vecinos y hasta defensores del emprendimiento, moderados por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Escobar, Roberto Palau, que ocupó el cargo de presidente de la audiencia, que, de manera inflexible, impidió que se generaran debates entre los concurrentes.

Mayoritariamente, las presentaciones y opiniones volcadas en la audiencia, que no tiene carácter vinculante, fueron críticas al proyecto y en cada una de las exposiciones (limitadas en diez minutos por expositor) fueron descubriendo los lados flacos del proyecto al que algunos se animaron a aventurar un largo camino por los tribunales antes de ser aprobado.

Todos los expositores acusaron haber tomado vista del estudio de impacto ambiental realizado por José Luis Inglese, para luego hacer blanco en muchos de los puntos del informe contenido en sus más de 1.200 páginas y demostrar que en esas condiciones, el proyecto es inviable, ya que -según la mayoría de los representantes de organizaciones ambientales- no se respeta el marco legal aplicable, y mucho menos a la directrices de la Convenio de Ramsar, la Convención relativa a los humedales.

Para ello, algunos críticos a la construcción de la Ciudad del Lago trajeron las experiencias negativas que tuvieron este tipo de emprendimientos en otros distritos y defendieron los servicios ambientales que prestan los humedales, que –según expresaron- cambiaría sus características ecológicas, con lo cual los servicios que prestan los humedales, se perderían en caso de construirse la ciudad satélite en esa área, por lo que se sugirió hacer una evaluación ambiental estratégica, para ver cual sería la sinergia de este emprendimiento que se sumaría a otros desarrollados en la cuenca del río Lujan, como el San Sebastián, aguas arriba y El cantón aguas abajo, o el impacto negativo y anunciado de Pilará en el vecino distrito de Pilar, entre otros.

Otros, en tanto, cuestionaron el tratamiento y disposición final de los residuos domiciliarios que generarán las más de 40.000 familias que se radicarán en el emprendimiento, una vez concluida la construcción del exclusivo barrio.

La elevación de la cota a más cuatro metros del emprendimiento también fue criticado ya que consideran y vaticinan que traerá inundaciones a los moradores vecinos.

La Cámara de Comercio de Escobar se limitó expresar, aclarando que no son especialistas en medioambiente, que “este emprendimiento tendrá sin lugar a dudas un impacto positivo en lo comercial”, lo que resulta un tanto difícil de concretarse ya que el acceso al emprendimiento circunvalará a Escobar y dentro del Nordelta II habrán centros comerciales que atenderán las necesidades de su población sin necesidad de salir de esa burbuja.

Sin desmerecer la calidad técnica de cada una de las exposiciones, dos se destacaron por su solvencia, la primera efectuada por Mariana Méndez, quien habló a titulo personal y como vecina de Ingeniero Maschwitz, a pesar de ser integrante del plantel de Parques Nacionales en la Reserva de Otamendi (leer su trabajo aquí: http://www.escobarnews.com/Noticias/Presentacion-Mariana-Mendez-Audiencia-Publica-Ciudad-del%20Lago.pdf) y la efectuada por la representante de la Reserva Los talares.

No fueron pocos los expositores que se quejaron por la interrupción implacable de Palau, cuando se cumplían los diez minutos pautados, por entender que semejante tema no podía ser desarrollado en ese escaso tiempo.

A pesar de la contundencia y solvencia de las exposiciones, difícilmente estos argumentos puedan corregir una sola letra del proyecto multimillonarios "Ciudad del Lago" que tiene un sin fin de intereses en juego, provenientes -principalmente- del poder económico.

Y el Premio Limón es para...

El Centro de Técnicos de la Ingeniería del partido de Escobar, desde la rezonificación del partido de Escobar, tuvo una posición tomada, sobre el futuro de Escobar, y no fueron ajenos al proyecto que se presentó en el día de hoy.

Los maestros mayores de obra Guillermo Sosa y Gustavo Turzi, salieron a la palestra en defensa del Nordelta II y conquistaron fácilmente la antipatía de la mayoría de los presentes.

El Guillermo Sosa en su alocución “puntual y para no perder mucho tiempo” lo consideró “positivo para nuestra querida Escobar” ya que vislumbró que el emprendimiento traerá consigo mano de obra a la población, pero puso un especial énfasis en la recaudación impositiva que conllevan las tasas que se les cobrará a sus habitantes de gran poder adquisitivo enrolados en el segmento ABC1, que engrosarán las flacas arcas municipales.

Turzi, en una tácita sociedad con Sosa en esta defensa del emprendimiento, se ganó algunos silvidos y la reprobación general por considerar que “la ecología es una moda” y apuntando a quienes defendieron en la audiencia pública a la biodiversidad existente en la zona de humedales aseguró que “hace rato dejó de existir la pesca en el río Luján y que hace rato no ve una nutria” en sus habituales recorridas por los arroyos de la cuenca del río Luján.

“Yo les quiero explicar a los ecólogos presentes que esto es un plan estratégico, que el Intendente, colega nuestro, y sin chuparle las medias, aclaro que la estrategia de él es ponerle el anzuelo a la inversión privada” dijo mientras arreciaban las críticas.

Turzi también salió a defender al Arquitecto Robirosa y al Ingeniero Inglese (integrantes del equipo que realizó el informe de evaluación de impacto ambiental) que fueron en reiteradas veces criticados por los presentes.

A pocos pasos del teatro

A pesar de los reiterados pedidos de Palau para que las exposiciones se centren en el informe de impacto ambiental de la Ciudad del Lago, fueron varios que extendieron sus críticas a la construcción del puerto en Escobar, desconociendo que en ese preciso instante, en el Honorable Concejo Deliberante, se estaba tratando sobre tablas, el proyecto de ordenanza para la desafectación del área complementaria considerado como zona de uso recreativo en la zona del Paraná y que dará lugar a la creación del puerto, anunciado por este medio, en el marco del “Programa Mixto de Areas productivas Portuarias y Fortalecimiento de los Espacios Públicos de la Costa” (leer la nota relacionada aquí: http://www.escobarnews.com/Politica/20100714-el-hcd-de-escobar-aprobo-la-instalacion-de-un-puerto-multiproposito-en-el-parana.html).

Fuente: Escobar News

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PRESENTACIÓN DE MARTÍN NUNZIATA en la AUDIENCIA PÚBLICA
Por Fuente: Liliana Leiva - Saturday, Jul. 24, 2010 at 12:06 AM
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Delta de Tigre, 8 de julio de 2010

PRESENTACIÓN DE MARTÍN NUNZIATA en la AUDIENCIA PÚBLICA convocada el 14 de julio de 2010 en Escobar acerca de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto Urbanístico “Ciudad del Lago”: exp administrativo 4034-122544/09.

 En el Diagnóstico Ambiental Básico 4.2.2 Caracterización del Área en cuestión, el estudio la define como “Pampa ondulada”. En realidad se trata de un Valle de Inundación con ambientes acuáticos de bajíos ribereños linderos al Río Luján periódicamente inundable.
Es un “Humedal” inscripto en el “Sistema Delta del Paraná.”

 Dice el Anexo IV Informe de Prefactibilidad Hidráulica en el folio 273.4 Situación Hídirica:
La mayor parte del predio se desarrolla entre cotas de 0,80 y 1,80 metros IGM.”


Y continúa: …desde el punto de vista hídrico, el predio está afectado por mareas o crecidas del Río Paraná y Río de la Plata y las crecidas del río Luján, del arroyo Escobar y las precipitaciones dentro del predio. También se mencionan bañados a ocupar por éste y otros emprendimientos.

 Las referencias reiteradas en todos los informes sobre las características de la región, confirman que estamos en presencia de un Valle de Inundación dentro del Humedal del Delta del Paraná.

Sobre los humedales ya existe mucha bibliografía y coinciden los científicos Burkart, Bo, Malvarez, Kandus, Stancich y otros a nivel internacional que estos ecosistemas son riquísimos, prestan muchas y muy importantes funciones que benefician a la humanidad.
Luego son los Humedales objeto de protección y recuperación
(En la Audiencia mostraré esta bibliografía y el afiche de Wetlands Internacional para afirmar lo anteriormente dicho).

 Quiero leer de este estudio de Impacto Ambiental del Anexo V “Relevamiento de Biodiversidad” en Folio 448, 1- Flora, 1.1-Introducción . Al final del párrafo dice:
…Hablando del Delta, es uno de los ambientes argentinos prioritarios para su conservación, debido a las amenazas a las que se encuentra expuesto, que incluyen la alteración de los ciclos hidrológicos, la deforestación y la ocupación de tierras por emprendimientos urbanos(Burkart et al., 1999)

 Este inventario de biodiversidad no se expide respecto de lo que va a suceder cuando, con la implantación de “Ciudad del Lago” desaparezca el hábitat y la diversidad de flora y fauna que la habitaba.

 En el Anexo IV “Informe de Prefactibilidad Hidráulica” Folio 274 Situación Hídrica” dice entre otras cosas:
Las elevaciones de los niveles de agua por marea del Río Luján, genera la afectación más frecuente asociada a períodos diarios por la componente astronómica. La componente meteorológica se monta sobre la anterior y está asociada con frecuencia menor.
Estos niveles de agua serán controlados mediante un terraplén perimetral de defensa en la mayor parte de la urbanización.
Las crecidas de mayor magnitud que la capacidad actual de conducción del Zanjón Villanueva, no satisface, se dispersan en la zona de bañados utilizando la cañada del Cazador como una vía de desagüe de baja conducción hidráulica. A los efectos de ordenar el manejo de las crecidas, se deberá ampliar la capacidad de conducción del Zanjón Villanueva para evacuar la totalidad de la crecida de proyecto del arroyo Escobar.
Finalmente quedan los aportes superficiales, de menor magnitud que los anteriores, de las vecindades situadas al sur de la Localidad de Belén de Escobar que antiguamente descargaban en los bañados a ocupar por las urbanizaciones. En este sector del bañado está proyectado a nivel de Prefactibilidad Hidráulica, un emprendimiento denominado “El Cantón” el cual ha propuesto la construcción de una serie de conducciones para manejar estos excedentes.

 Sigue diciendo en el Folio 268, 5.2- “Estudio de Cuencas Externas”
5.2.1-Arroyo Escobar:


En la evaluación de la Cuenca de aporte del arroyo Escobar, se ha tomado como antecedente válido el Estudio de Saneamiento Hidráulico del arroyo Escobar, desarrollado por la DIPSOH, a partir del cual surgen las obras necesarias a ejecutar entre las cuales a nivel del predio en estudio, se destaca la ampliación del Canal Villanueva, para darle una sección hidráulica compatible con las necesidades de la cuenca.

Conclusión:
 Es un EIA parcial de Ciudad del Lago dentro del terraplén perimetral. No se expresa sobre lo que afectará afuera, ni lo asocia a otros impactos de desarrollos similares.

 Externaliza los excendentes hídricos que tendrán que volcarse en el Zanjón Villanueva y el arroyo Escobar que, al no escurrir “naturalmente” por el humedal ocupado por los emprendimientos, deberá el Estado hacerse cargo de la ampliación de la capacidad de carga y transporte de agua.

 Tampoco dice que con el terraplén perimetral se perderán todas las funciones del humedal, de absorción, recarga del acuífero, filtración y regulación de las aguas.
 Autoriza a modificar la cota natural de 0.80 a 4,50 metros IGM desplazando toda el agua de crecida y parte del escurrimiento hacia el exterior del terraplén perimetral.

 Tampoco se expresa sobre quién financiará las obras necesarias a ejecutar en la ampliación del Zanjón Villanueva y el arroyo Escobar para darles una sección compatible con las necesidades de las cuencas.

 Esas necesidades surgen de la obra en cuestión.

 Esas aguas que no pasarán por el humedal arrastrarán contaminación a gran velocidad hacia el río Luján e inundarán mucho más rápido a predios y viviendas vecinas.

 Tampoco dice dónde se dispondrá el material extraído de la proyectada “adecuación” de las nmencionadas vías de agua.¿Serán para el propio emprendimiento como sucedió con el refulado extraído del Canal Aliviador hacia Nordelta en el año 2000 en Tigre?

 Este Informe de Prefactibilidad Hidráulica NO puede constituirse –como en el Colony Park (mega emprendimiento urbanístico en el Delta) – en punto de partida “de hecho” para comenzar el movimiento de suelos.

 Es el mismo concepto de modificación total de la geografía preexistente mediante la elevación de la cota natural de 0.80 a 4,50 IGM con un terraplén perimetral y relleno interior.

 Son los mismos nombres: del dueño del emprendimiento, de los desarrolladores, los diseñadores, las empresas constructoras y los contratistas.
 No se ha tenido en cuenta la Visión Global de los Impactos Ambientales en la región, el efecto sinérgico (acumulación de impactos) que producen la sumatoria de emprendimientos que ya llegan de Tigre a Escobar ocupando el Valle de Inundación.

 Este Proyecto “Complejo Urbanístico y Comercial” y yo agrego “Privado” NO tiene DIA, (Declaración de Impacto Ambiental) certificación que debe otorgar la OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable) Por lo tanto ningún permiso de prefactibilidad autoriza a comenzar obra alguna. Y digo esto, porque la casi totalidad de los emprendimientos que han impactado fuertemente en la Región Norte del Valle de Inundación y en el propio Delta, carecen de DIA.(Declarac. de Impacto Ambiental)

 Tampoco figura dentro de la Legislación aplicable la Resolución Nº 29/09 de la OPDS que caracteriza mucho más específicamente este tipo de impactos por alteración del suelo y dice en parte: Que existe una tendencia creciente a promover el desarrollo de emprendimientos sobre territorios extendidos, que ocupan valles de escurrimiento natural de cursos de agua e incluso territorios insulares, sin que medie un patrón que tienda a preservar las condiciones de sostenibilidad ambiental de las cuencas y los ecosistemas de tipo “humedal”.

 Luego dice en el Artículo 3: Establecer que todo proyecto que conlleve una o más tareas u obras de tipo endicamiento, embalses y o polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación y cursos de agua o ambientes isleños, serán sometidas a Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental por la Autoridad Ambiental Provincial , en el marco del Anexo II, ítem I de la Ley Nº 11.723

 Artículo 4: Ratificar que en todo Proyecto sea éste sometido a Proceso de Evaluación Ambiental por la Autoridad Municipal o la Autoridad Provincial, será requisito previo e indispensable, que la parcela cuente con el uso del suelo aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial.

 En cuanto al Análisis de Factibilidad para la Construcción de Cuerpos de Agua, Anexo VIII Folio 645 Introducción dice: En la concepción espacial y paisajística de Ciudad del Lago el sistema de cuerpos de agua ocupa un rol de privilegio y son a su vez el carácter diferencial del proyecto urbano, destacándose por estos motivos, la necesidad de integración ambiental del sistema ecológico a crear a los fines de lograr la sustentabilidad del sistema ya sea por medios naturales o por intevención directa a través de un programa de manejo.
Y continúa: …los lagos son estructuras vivas y por lo tanto evolucionan, responden a las fuerzas inherentes a los sistemas naturales; la construcción de los lagos creará un ecosistema.

En el Folio 646 dice; … un cuerpo de agua define un sistema ecológico con la simplicidad o la complejidad de sus orígenes y su longevidad. Son sistemas abiertos, intercambian energía y masa con el medioambiente circundante, por lo que son muy dependientes de estos intercambios …

Y define y enumera un Ecosistema Acuático. ¿Y el que estaba?

- En el Folio 647 agrega: Los sistemas artificiales son marcadamente vulnerables a la acción humana por no poseer sistemas naturales establecidos que disipen el impacto
- y sigue diciendo en el Folio 648: …esta realidad genera una vía de análisis propios de las lagunas artificiales, ya que las mismas generan respuestas muy veloces de degradación ambiental a diferencia de las ya establecidas que poseen mayor resiliencia natural.
-Y concluye: si no se moderan los impactos y amortiguan sus efectos, las consecuencias sobre el ambiente acuático definirán un proceso de hipereutrofización de muy dificultosa resolución técnica y temporal.

-En el Folio 656 Medidas de Mitigación dice en un párrafo: “Estructuración de Vegetación Costera, Diseño e Implantación” Y más abajo sigue: La vegetación acuática es una herramienta indispensable y estratégica para el manejo de los procesos de eutrofización, absolutamente necesaria para mantener el buen estado de los cuerpos de agua. Su utilidad radica en la capacidad de fijación de nutrientes (carbono, fósforo y nitrógeno) en su biomasa como parte de su ciclo vital…

-En el Folio 657 sugiere: … como sistema de biofiltrados la instalación de “humedales” en sitios estratégicos para la intercepción del agua de escorrentía pluvial.
Se propone generar sistema de humedales parquizados y o cisternas de decantación para la intercepción de las salidas pluviales a fin de retener sólidos y nutrientes evitando su entrada “cruda” al cuerpo de agua.

-En el Folio 568 se muestra en diferentes figuras, Sistemas de Biofiltrado (humedal ) y le llaman: Integración de Rain Gardens a la estructura del paisaje urbano. Un “jardín de lluvia” es una clase particular de jardín para agua de lluvia diseñado para recoger y absorber el agua que sale de un techo o un estacionamiento. Cumplen principalmente dos funciones en la gestión del agua de lluvia urbana: control de las inundaciones y control de la contaminación.

-En el Folio 660 dice: …la acción de éstos Sistemas es permitir la sedimentación de los sólidos de mayor tamaño y una retención de nutrientes de la vegetación costera y sumergida instalada, impidiendo su llegada “en crudo” a los cuerpos de agua.
Y para mantener regulado el nivel de las lagunas tratando de atenuar en el tiempo los cambios de nivel.

-En el Folio 663, figura 18 se muestra la: …etapa de construcción de un “rain garden”.

-En el Folio 664 - 7) Incorporar Sistemas de Circulación o Convención (sic) dice: …La aplicación de bombas de circulación y/o oxigenación se presentan con la alternativa de mayor aplicabilidad y eficiencia para obtener una calidad de agua acorde al uso de los sectores identificados. (fig 21) ejemplo tomado del sistema de circulación aplicado en los barrios de Barrancas y Glorietas de Nordelta.

 Este análisis muestra lo artificial, lo travestido de todo este proyecto que luego de destruir el humedal y todas sus funciones, pretenderá imitarlas.

 El caso del biofiltrado a través de los rain gardens (humedales artificiales) promete beneficiar a los habitantes del emprendimiento no dejando llegar el agua “cruda” (contaminada) a los nuevos cuerpos de agua.

 1400has de humedal serán destruidas. No cumplirán más sus funciones naturales y desplazarán el agua cruda de escurrimiento y crecida – que ya no ocupará en el valle de inundación- por el Zanjón Villanueva y el arroyo Escobar hacia el río Luján con los consiguientes daños ambientales y sociales fuera del emprendimiento.

 Quiero reflexionar ahora desde una visión político-social. Dice en el Folio 83 de la Legislación Ambiental aplicable en el Decreto Provincial 27/98: d) El emplazamiento no ocasionará perjuicio a terceros respecto de la trama urbana existente ni interferirá futuros ejes de crecimiento, garantizando el uso de las calles públicas de acuerdo a lo prescripto por los artículos 50 y 51 del Decreto Ley 8912/77 Artículo 1º del Decreto Ley 9533/80 y artículo 27 del Decreto Ley 6769/58.

 Hoy se puede observar fácilmente sobre todo en la zona de Tigre y en parte de Escobar, que todos estos desarrollos de barrios Cerrados, ciudades cerradas, countries, clubes de campo, barrios náuticos y otras formas de urbanización “Cerradas y Privadas” han ocasionado todo tipo de perjuicios a terceros; sociales y ambientales. Han comprado calles públicas, han inundado barrios preexistentes, los han sepultado en barro, han destruido yacimientos arqueológicos, han hecho desaparecer las quintas de producción frutihortícola, impiden circular y utilizar las costas públicas, y dificultan el traslado y el transporte público.

 Tal cual dicen sus ofertas en las webs y en la publicaciones gráficas, todos ofrecen viviendas de lujo, Premium o de Alta Gamma. Todos hablan de la “puesta en valor” del metro cuadrado de tierra cuando en realidad le han quitado todo el valor de lo que la geografía de esas tierras brinda al conjunto de la sociedad.

 Todos dicen ser “exclusivos”. A confesión de partes, relevo de pruebas. “Son excluyentes, son privados, son cerrados”. Los de adentro son los buenos. Todo lo de afuera es peligroso.
Hoy la demanda de vivienda no es de lujo; ni Premium ni de Alta Gamma. Es una deuda habitacional de vivienda social y económicamente accesible.

 El fin fundamental de estos gethos privados no es sólo vivir con “seguridad” cerca de esta naturaleza travestizada sino la de las ganancias extraordinarias. Basta ver la web de este emprendimiento Ciudad del lago y una foto del propietario con una lluvia de dólares en una muestra obscena de afán de lucro que se reitera una y otra vez en párrafos que resaltan los grandes negocios que se concretan con este tipo de especulaciones inmobiliarias.

 Frases como:
 …basada en el concepto ya aplicado en Tigre, de desarrollar viviendas de lujo junto a espejos de agua, la iniciativa aguarda una serie de avales municipales y provinciales para comenzar a desplegarse como nueva oportunidad de negocios.
 Al principio se empezó con un monto, y luego fue subiendo a medida que el proyecto se fue volviendo exitoso.
 Aquellos lotes dotados de costa no bajan de los 50.000 dólares.
 En los barrios Premium de la zona parten de esa cifra y alcanzan los 70.000 dólares
 Lo más probable es que si la experiencia tiene éxito, los precios sean muy superiores a los del precio de partida.
 La confiabilidad que impone un emprendimiento con sello Constantini tras su éxito en Nordelta, hace prever a los expertos que este pronóstico de precios alcistas para el nuevo desarrollo en Escobar, tiene altas probabilidades de convertirse en una realidad.
 Al momento de ser lanzado Nordelta de Tigre, comercializaba sus terrenos a razón de 60 dólares el metro cuadrado. En estos días, la misma superficie cuesta como mínimo, el doble.
 Así, los que confiaron e invirtieron desde la fase inicial del proyecto ahora no hacen más que sonreír.

 No se puede seguir perdiendo la capacidad de pensar y decidir el uso del suelo, para favorecer así a estos emprendimientos de gran impacto socioambiental. En su conjunto este modelo de desarrollo urbano privado, que aparece desde los años ’90 como la nueva conquista, además nos está dejando sin “Soberanía Territorial” , sin geoestrategia de futuro, sin Planificación Urbana de carácter público. (Ver anexos I,II y III de esta Presentación)

 Hoy no hace falta helicóptero. Podemos hacer un sobrevuelo con el Google Earth y sin ser muy entendido, podemos observar que nos está creciendo un País Privado dentro del Público que tiene ya una localidad, Nordelta, y va por más. Que se va a apropiar todas las vías de acceso y el tren.

 Ya cerraron un convenio con Aysa para la provisión de agua cuando la mayor parte de la población preexistente no tiene ni noticias de cuándo va a tener agua potable. Esa obra de Aysa, (nueva planta de potabilización en Dique Luján) que traerá agua del Paraná y que nos costará a todos los argentinos unos 2000 millones de pesos, ya cerró trato con Ciudad del Lago. Oh casualidad, esta planta está estratégicamente ubicada entre los barrios que integran este nuevo “País Privado del Norte”.

 La ironía es que el Delta, que proveerá el agua a esta planta, no está contemplado que vaya a recibir el agua potable.
 Les ha sido garantizada la conectividad vial con dinero del estado. Es decir, todas las vías de acceso nuevas, conducen a las Urbanizaciones Cerradas Privadas.

 Y da la impresión que se han apropiado de la gestión pública Institucional, Legislativa, Ejecutiva, Judicial y también de los medios de difusión.

 Falta decisión política para recordar que el Estado y sus Leyes están para proveer al bienestar general y para promover políticas públicas.

 La presión del lobby inmobiliario se trasparenta en las notas que los medios hacen del emprendimiento en la web de Ciudad del Lago. Operan diciendo que:… el HCD ya dio su ok. Que está todo previsto para las obras comiencen a principios del segundo semestre de este año.

 Si la Audiencia es el 14 de Julio y aún no tienen todos los permisos municipales ni provinciales incluyendo la Declaración de Impacto Ambiental, ¿Cómo van a comenzar en agosto? (2º semestre). A la vez Elio Miranda, Presidente del HCD de Escobar dijo que: …sin la aprobación de esos permisos, la tierra no puede ser utilizada.

 Igualmente,-sigue diciendo la nota de la web anteriormente citada - este proceso llegará a buen puerto en muy poco tiempo. El directivo de Consultatio añadió: Conseguiremos rápidamente las aprobaciones finales y en un párrafo anterior el artículo decía: …esta propuesta obtuvo la aprobación del Concejo Deliberante Local.

 En otro párrafo agrega: …El proyecto de Constantini, no obstante, ya tiene a favor la rezonificación aprobada el año pasado por el Concejo Deliberante, que destinó para usos residenciales a amplias franjas situadas en la zona de bañados cercana al Luján, a la vera de la ruta 25.
Confuso o intencionado el artículo, ¿no? O ¿Es una operación de Prensa?

 Después de leer nuevamente en la web de Ciudad del Lago y ver comentarios como los mencionados y el que sigue, hablando de la Audiencia Pública: Las opiniones que se viertan en esa jornada de participación ciudadana no serán vinculantes. Es decir, que aunque la mayoría de las voces se manifiesten en oposición, como se puede suponer, la aprobación del emprendimiento quedará a total discreción del Ejecutivo.”

Reflexión final
Es deprimente escuchar hablar de participación ciudadana en una Audiencia Pública por un tema tan importante y que de antemano sepamos que no es vinculante y que además nos hagan saber por los medios que nuestra opinión no servirá absolutamente para nada porque ya está “todo cocinado”. Para eso hemos digerido 6 cuerpos con cientos de folios de un pretendido EIA y con el esfuerzo personal no rentado de ninguno de los participantes y en defensa del Territorio Ambiental y Social en el que vivimos, para hacer una devolución, en el mejor de los casos, en un tiempo de 5 a 10 minutos.

Señores decisores políticos, legislativos y ejecutivos:
Está en sus manos recuperar el rol del Estado, recuperar la soberanía de las decisiones de políticas públicas y con ello salvar el patrimonio social, natural, cultural y económico y por ende la Soberanía Territorial.

Este tipo de emprendimientos no sólo atentan contra la naturaleza, contra los ecosistemas, sino que profundiza un modelo perverso de injusticia social separando “los de adentro y los de afuera”. Nadie que aspire a un país más justo, más equitativo y pacífico, puede pensar en la exclusión como solución de los problemas sociales.

Si así lo hiciesen, serán reconocidos y si no, el futuro, los excluidos y la alteración del ambiente, se los va a cobrar.

Finalmente tengo de esta Audiencia Pública la imagen de un partido de Fútbol (ya que estamos mundialistas) y me veo en una cancha donde nuestro arco va de un lado a otro de nuestro campo. Y el del contrincante es de jockey y lo corren. Que de antemano los medios dicen que nos van a ganar y que las autoridades ya decidieron el resultado. Es probable que nos escondan la pelota, y que si a pesar de todo metiéramos un gol, no tendría validez.


Martín Nunziata
DNI: 4 618920
martindelaisla@gmail.com
4 728-0089

ANEXO I
“La Brecha Urbana” Countries y Barrios Privados de Maristela Svampa . Licenciada en filosofía y Doctora de sociología por la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales (EHESS) de París. (Pág. 12)


“En este contexto, la brecha urbana se fue ensanchando de manera vertiginosa,hasta constituir una de las notas más distintivas y perturbadoras de la Argentina de los ’90. Así, al ritmo de las privatizaciones, la desindustrialización y el aumento de las desigualdades sociales, el paisaje urbano fue cambiando ostensiblemente. Los grandes centros urbanos fueron transformándose con la expansión de hipermercados, shoppings y multicines, mientras que el cordón industrial de las grandes ciudades como Buenos Aires, Rosario y Córdoba, iba convirtiéndose en un verdadero cementerio de fábricas y de pequeños comercios. En medio de la euforia neoliberal, las villas de emergencia y los asentamientos se multiplicaron, para cobijar al cada vez más amplio contingente de excluidos del modelo, al tiempo que comenzaron a levantarse, para sorpresa de muchos, los muros de la ciudad privatizada, prontamente convertida en el refugio de las clases altas, medias altas, y sectores medios en ascenso”.

ANEXO II
“SOBRE EL AGUA” de Fundación Amigos de la Tierra. (Pág 168)
Colony Park, ¿el futuro?


“Siguiendo con las reflexiones acerca de los barrios privados, el investigador Janoschka concluye: “Se puede afirmar que el Estado apoya fuertemente la instalación de los barrios privados a todos los niveles. Consecuencias negativas, desde el impacto ambiental hasta la creciente polarización del territorio no parecen ser factores dignos de consideración. En este sentido, el Estado no defiende los fines de toda la población sino que parece apoyar fuertemente los intereses particulares. Visto desde el concepto moderno de Estado, el cual debe desempeñar una clara función de regulación y protección social se puede afirmar que el Estado argentino fracasa a todos los niveles. Tal como se ve en muchas economías de libre mercado el Estado actúa como una instancia de legitimación de los intereses de empresas privadas.


De esta forma la colonización adquiere nuevas caras, y en un consorcio privativa una isla a precio vil.

ANEXO III (del mismo libroPág. 171) Cita deEliseo Verón . ( Sociólogo, antropólogo y semiólogo argentino) En su artículo “La Nueva Xenofobia: apuntes sobre:el otro”


“En verdad, la dinámica que opera en la oposición entre el yo y el otro es una cuestión antropológica y política fundamental.


Un campo particularmente interesante es el de la dinámica de los espacios públicos urbanos, en los que vivirá la enorme mayoría de los habitantes del planeta en un futuro próximo. La lógica de los countries y de los barrios cerrados es un buen ejemplo de los mecanismos de defensa contra la alteridad: juntémonos los que nos parecemos y dejemos al otro afuera”.
…………………………………………………………………………………………………….

Entrego a las Autoridades de la Audiencia, un ejemplar de este trabajo y un afiche de Wetlands Internacional.

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Documento de Liliana Leiva
Por Fuente: Liliana Leiva - Saturday, Jul. 24, 2010 at 12:06 AM
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No habló en la audiencia pero el escrito fue recibido por el Director de Ambiente del Municipio.

EXPOSICIÓN de LILIANA LEIVA de la ASAMBLEA DELTA Y RÍO DE LA PLATA
AUDIENCIA PÚBLICA PROYECTO URBANÍSTICO “CIUDAD DEL LAGO”

De la lectura del expediente 4034-122544/09 acerca de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto Urbanístico “Ciudad del Lago” y dejando de lado el análisis de las leyes aplicables (que por sí solo debería invalidar la ejecución de este proyecto y que, seguramente, será ampliamente tratado), surge claramente de los enunciados y conclusiones allí expuestos la absoluta inviabilidad del proyecto desde el punto de vista ambiental, según lo que se detalla a continuación:

1) Presentación del EIA y caracterización del área:

Punto 2.1. “La EIA…consiste en identificar de manera anticipada las interacciones entre las acciones del proyecto y los factores del ambiente afectados, a fin de evaluarlos, ponderarlos y de proponer las medidas de mitigación específicas para los impactos identificados como negativos”.
Este primer párrafo, completamente ambiguo (como lo será el resto del estudio, por otro lado) habla de la intención del estudio de identificar las “interacciones entre…” y no, como debería ser, la de identificar el impacto que la construcción de este emprendimiento tendrá sobre el ecosistema actualmente existente. Por otro lado, ¿cómo se puede hablar de “medidas de mitigación” en esta clase de obras si, como la experiencia ha mostrado ampliamente (por Ej. En el barrio “El Cantón”, tan mencionado en el estudio), los trabajos de construcción comienzan ineludiblemente por la construcción de un terraplén perimetral (previsto para “Ciudad del Lago” de 4.50 IGM) y por la devastación y excavación completa del área afectada? Ya, a partir de aquí, se podría concluir que el impacto del emprendimiento sobre el ecosistema humedal, su funcionalidad y su biodiversidad, será total.

2.2.3- “el Estudio se integró con un Plan de Gestión Ambiental…para asegurar el adecuado desempeño ambiental del proyecto durante la etapa de funcionamiento”.
El Plan de Gestión Ambiental, ¿no debería asegurar el adecuado desempeño ambiental del ecosistema actualmente existente (humedal) a pesar del proyecto?
Esta intención apunta indudablemente (como se observa a lo largo de todo el estudio, particularmente en sus conclusiones) a detectar los “peligros” con los que el ambiente natural pueda amenazar el funcionamiento del emprendimiento y no, como se entiende universalmente un Plan de Gestión Ambiental, a garantizar la perdurabilidad y funcionalidad de un ecosistema de utilidad pública como es un humedal.

2.2.6. “Área de influencia Regional en la cual se circunscribe el proyecto a la Ciudad de Belén de Escobar, y una porción del Área circundante al área puntual del mismo…”
…desconociendo completamente los efectos que semejante obra de infraestructura tendrán sobre otras áreas de la cuenca aguas arriba y abajo del emprendimiento. Estos efectos serán consecuencia forzosa de la salida de función de 1440 has. de humedal y de la construcción de sistemas de drenaje artificiales (ampliación del zanjón Villanueva y del arroyo Escobar). Estos sistemas artificiales provocarán la evacuación rápida y violenta de las aguas de inundación (que, hasta ahora, son retenidas y liberadas lenta y gradualmente) impidiendo también el proceso natural de filtración y depuración de sustancias contaminantes que serán inevitablemente transportadas a otras áreas.

Por otra parte, el mismo Estudio reconoce la influencia negativa que tales obras artificiales tienen sobre regiones vecinas: Apartado 4.2.5.2.1. “…comienza a notarse la influencia de las distintas estructuras que interfieren el escurrimiento, con un incremento en las áreas de inundación aguas arriba de las mismas”, como también sobre el área misma del emprendimiento: Apartado 4.2.6.1.: “La alteración del sustrato original, sumado a los drenajes artificiales generados en diversos sitios…ha originado la disminución de la riqueza vegetal respecto a los terrenos silvestres y circundantes”.

2) Caracterización de la zona afectada como humedal:
Se ha hablado del ecosistema afectado por el emprendimiento como de un humedal. Esta designación se ve respaldada por los propios dichos del EIA, sujeto de análisis:

4.2.3.2. “Los vientos…suelen frenar o retardar la salida del agua, de lenta evacuación debido a la escasa pendiente regional, como consecuencia de ello provoca crecientes de cierta magnitud, lo que combinado con precipitaciones locales o aporte de agua de la alta cuenca puede anegar o inundar extensas regiones”.
4.2.5.1. - “La compleja red hídrica definida por el Delta, está sometida a periódicas inundaciones, de mayor o menor magnitud…que funcionan como reguladores naturales de la vida silvestre…y como agente modelador del paisaje. Está delimitado naturalmente por las barrancas o taludes naturales que definen el valle del río Paraná.”
- “El río Luján: El patrón de descarga de agua está caracterizado por grandes fluctuaciones anuales, con inundaciones periódicas y aperiódicas provocadas por el aumento de las precipitaciones y por crecidas del sistema Paraná- Río de la Plata”
- “…río Luján, el régimen hidrológico está controlado por la pluviosidad y el escurrimiento subterráneo….fluye sobre tierras bajas sobre anchas planicies de inundación”

¿Cómo negar que se está en presencia de un inmenso y funcional humedal del cual 1440 has. pretenden ser reemplazadas por un sistema de desagües artificiales desconociendo toda legislación y/o recomendaciones nacionales e internacionales existentes sobre la protección de este tipo de ecosistemas?

3) Zonificación:

4.3.12. “El área destinada al proyecto corresponde a una zona estrictamente residencial”
Resulta verdaderamente difícil entender como se llega a esta afirmación cuando el mismo expediente afirma en el apartado 3.1.1 “Los terrenos donde el proyecto se asentará están bajo la zonificación RURAL COMPLEMENTARIA”
De hecho, en el mismo apartado se afirma existe una “solicitud de rezonificación…a los efectos de que dichos terrenos queden sujetos al régimen de urbanización…”
De acuerdo al certificado de Prefactibilidad Hidráulica que figura en el expediente municipal, el proyecto de Ciudad del Lago corresponde a la parcela 179b.
Habiéndose consultado por Internet, el Sistema de Información de Ordenamiento Urbano Territorial de Gobernación (SIOUT), en Escobar rige la Ordenanza N° 411. De su lectura y de la visualización del plano del Partido, surge que la parcela corresponde al área Complementaria con uso predominante agropecuario intensivo, no permitiéndose el uso residencial. Esto es a diferencia de otras parcelas cercanas a la 179b, como el caso de la correspondiente al emprendimiento Cazal Barrio Náutico (parcela 2952 h), que también pertenece al área Complementaria, pero tiene asignado el uso residencial extraurbano.
Teniendo en cuenta dicha Ordenanza y el artículo N° 75 del Decreto Ley N° 8912/77, el Partido de Escobar se encuentra en etapa de delimitación preliminar de áreas. Esto significa que Escobar cuenta con un instrumento provisorio que tiene como objetivo reconocer la situación física existente en el territorio”. De modo que la norma de uso del suelo vigente (Ordenanza N° 411) en Escobar no reúne las condiciones técnicas y legales propias de un “plan”, (tal como lo define el artículo 80° del Decreto Ley N° 8912/77).

¿Con qué argumentos justificar un cambio de zonificación cuando, en el propio expediente se afirma reiteradamente, por un lado, “la aptitud agrícola de estas tierras” (4.2.2 / 4.2.4.3, etc.) y por el otro, que el área se compone de “sistemas de drenajes naturales” cuyo cambio de utilidad se prohíbe en virtud de leyes provinciales existentes?

4) Conclusiones:

Se podría objetar cada párrafo de este expediente oponiendo los propios argumentos que en él se esgrimen para justificar las supuestas bondades del emprendimiento. Baste simplemente decir que de toda su lectura se desprende que el mentado EIA, como se dijo antes, no es otra cosa que un estudio realizado con el único fin de detectar y neutralizar los posibles obstáculos naturales que se opongan a la realización del emprendimiento, como se expresa claramente en las “Conclusiones del Diagnostico Ambiental Básico” (4.4):

4.4.1. – “No existen fuentes de contaminación…que resulten en un impacto negativo para los barrios proyectados”.
- “Los suelos presentan muy buena composición…lo que permitirá la buena adaptación de las especies… a implantar en el terreno”.
- “…un proyecto ejecutado por la DPH…asegura que el emprendimiento no se vea afectado por las crecidas…”

Después de todas estas seguridades para el emprendimiento, se estipula generosamente en el punto 5.12 “Áreas de preservación ambiental” una franja de restricción de 100 metros lindera al río Luján contra 1440 ha. de humedal irremediablemente degradado, sin mencionar los impactos negativos que las obras de construcción tendrán sobre la vida cotidiana de los habitantes de la ciudad, cuando (por mencionar uno de tantos) según el expediente se prevé un volumen de circulación de 400 vehículos por día por el centro de la ciudad, siendo de dominio público que ya, actualmente, el sistema de tráfico en Escobar está colapsado.

Para terminar, no se puede dejar de mencionar el “Programa de Información a la Comunidad” (10.3.1.2) el cual, según el propio texto del expediente, declara:
“…está destinado a informar y promover adhesión al proyecto por parte…de la comunidad afectada en general..../…el objetivo de este será evitar incidentes que deriven en demoras del cronograma de obras debido a reclamos de la comunidad hacia los desarrolladores.”
Y continúa: “Se podrán implementar actividades de participación pública para:
- Facilitar a los ciudadanos que entiendan los procesos y mecanismos a través de los cuales la unidad ejecutora investiga y resuelve los problemas y necesidades ambientales.”
……………..
“- Solicitar a los ciudadanos afectados que expresen sus opiniones o….cualquier información que minimice los eventuales conflictos”.

En una palabra, ante la degradación definitiva de su medio ambiente, ante el atropello y la manipulación de la legislación vigente, ante la indiferencia hacia sus reclamos, ante la contaminación resultante de la instalación de este emprendimiento, ante el daño irremediable que esto provocará en la calidad de vida de todos “los de afuera”, ante la inconciencia que en forma irrefrenable destruye sistemáticamente ecosistemas únicos de insustituible beneficio para el hombre, ciudadanos de Escobar y otras regiones afectadas: CALLEN Y COLABOREN.

En ambos casos, como en otros ejemplos de emprendimientos náuticos ya construidos y que se proyectan, se están destinando usos al suelo, sin tenerse en cuenta que se trata de ecosistemas de humedales y las funciones, bienes y servicios que los mismos proporcionan a las sociedades locales y regionales. Como ejemplo, cabe referir que estos sistemas, retienen inundaciones, amortiguan tormentas, fijan carbono, contribuyen a regular el clima, retienen tóxicos colaborando a mantener la calidad de las aguas de la región, son refugio de biodiversidad, etc.
Además no se está evaluando la sinergia de estas intervenciones, eliminándose todo un corredor que cumple la función de equilibrar el área metropolitana.
Con el movimiento de enormes cantidades de suelo que se extrae para la construcción de lagunas artificiales y se utiliza para rellenar los humedales, se provoca su secado y la desaparición de sus funciones, con las consecuencias directas e indirectas que esto acarreara al Partido de Escobar y a esta parte de la región.

Del estudio de impacto ambiental que figura en el expediente, surge que se reconoce que el emprendimiento pertenece a zona de humedales, los cuales no son ni ecosistemas acuáticos, ni terrestres, sino de transición, pero evidentemente no se ha efectuado el estudio de base de ordenamiento ambiental territorial, previo y adecuado que el tema amerita tener, antes de la Evaluación de Impacto Ambiental, para dar cumplimiento a los artículos 7° y 8° de la Ley N° 11723.

Esto requiere que se incluya la intervención de especialistas con reconocida experiencia en humedales de la cuenca parano-platense, la de sociólogos, antropólogos y urbanistas que evalúen las repercusiones de fragmentación y vulnerabilidad social, ecológica y territorial, que este tipo de uso del territorio viene generando, siendo todos estos aspectos imprescindibles de incluir y evaluar minuciosamente, antes de la aprobación del Plan de Ordenamiento de Escobar, proyectado por otra Ordenanza, que se tramita en el Ministerio de Infraestructura. Al respecto, debería intervenir el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) coordinando un equipo interdisciplinario completo y adecuado a las circunstancias del tema, integrando toda la información de gabinete y de campo ambiental necesaria, incluyendo la urbanística, hidrológica, geológica, hidráulica, ecológica, sociológica, económica, etc.
Recién después de dicho estudio, se debería decidir estratégicamente, cuales son las tierras pasibles de urbanizar, las necesarias de retirar del uso residencial, las zonas a proteger y los criterios de localización de actividades productivas.

ANEXO I – EXPOSICIÓN DE LILIANA LEIVA, miembro de la
ASAMBLEA DELTA Y RÍO DE LA PLATA

¿Por qué conservar los humedales?
Patricia Kandus – Dra. en Biología del Instituto de Investigación e Ingeniería Ambiental 3iA de UNSAM

En el tema de humedales no hay una larga trayectoria de saberes. El mundo estaba acostumbrado a pensar en ecosistemas terrestres o acuáticos, y hace aproximadamente dos décadas, se empieza a hablar de los humedales, que son esas tierras que siempre se consideraron marginales, fangosas. Aún hoy, en algunos ámbitos y en no pocos países, sigue vigente esa idea: que es necesario «modificar la condición de los humedales, convirtiéndolos en sistemas terrestres o en acuáticos».
Para llevar a cabo esa transformación se puede usar tecnología para convertir el humedal en un sistema terrestre: canales de drenaje, terraplenes, pólderes o diques. La otra posibilidad es llevarlo a un ecosistema acuático transformarlo en un lago o laguna. En ambos casos, se pierde la condición de humedal. Cualquier ecosistema tiene ciertas funciones que permiten ofrecer múltiples bienes y servicios a la sociedad, pero cuando se suprime el humedal, aquéllos se pierden.

Los humedales proveen bienes y servicios ambientales:
• Hábitat de flora y fauna silvestre
• Provisión de recursos para actividades productivas
• Adaptación y mitigación del cambio climático
• Provisión de agua potable

Los humedales cumplen además un rol de regulación de las crecientes y de amortiguación de la velocidad del agua. Si el agua va encajonada por un río, viene con cierta velocidad, pero cuando desborda, pierde energía cinética, pierde energía erosiva, deposita sedimentos, esos sedimentos traen nutrientes que necesitan las plantas. También es importante la vegetación herbácea. Los pajonales tienen el rol de absorber nutrientes y de filtrar sustancias tóxicas, y son reguladores de inundaciones y de sedimentos. Los pajonales tienen una altísima capacidad de fijar carbono, que queda almacenado en el suelo. Si se seca el suelo, ese carbono se pierde y se emite a la atmósfera como dióxido de carbono.

Históricamente, los países fueron perdiendo la mayor parte de sus humedales; hay estados de Estados Unidos que perdieron el 90% de sus humedales. Sin embargo, con el tiempo se fue reconociendo el verdadero valor de estos ecosistemas. Y hoy EE.UU. y Europa invierten millones de dólares en restaurarlos. ¿Por qué? Porque ningún ecosistema terrestre tiene la capacidad de filtrar agua, por ejemplo. Lo que ocurre con los humedales es que los beneficios que ofrecen a la sociedad se ven a largo plazo o son aprovechados por sectores sociales que no pertenecen al núcleo de poder.

Nuestro problema no es restaurar sino conservar, usar de buena forma, de forma sustentable, usar el humedal como tal y no como sistema terrestre.
No es lo que ocurre con los barrios que se construyen en zonas inundables.
Cuando el área de valle de inundación, por ejemplo, del río Luján, se eleva para hacer barrios privados, ¿a quién inunda? al de al lado, seguro a quienes tienen menos recursos. La zona de Escobar, es una zona muy baja; era la antigua costa del mar. Esa superficie hacía que se filtraran parte de los contaminantes. Con los barrios privados, el río parece una cañería que inunda al desprotegido.

En una cuenca de la magnitud de la del Paraná, las evaluaciones del impacto ambiental de un emprendimiento pierden significado si no se piensan en el contexto de un ordenamiento territorial. El tema es: ¿cuál es el modelo de desarrollo? ¿Cuál es el plan de ordenamiento territorial? Creo que aun no lo hay y esto es aprovechado por oportunistas que hacen negocio o especulan con el desconocimiento de la sociedad y sus autoridades. No se pueden pensar estas actividades fuera de un ordenamiento territorial, fuera de una planificación regional bajo un modelo inclusivo.

Estos emprendimientos suelen recurrir a un discurso «ecologista»: se habla del verde, de la vida al aire libre. La palabra ecológico ha sido muy bastardeada. Ninguna de las ciudades que derrama sobre el Paraná tiene tratamiento de efluentes, todo se derrama al río, desde las cloacas hasta las industrias. Los metales pesados se depositan en el fondo. Cuando dragan y tiran el barro para rellenar estos emprendimientos, rellenan muchas veces con el barro del fondo. Sería interesante analizar la composición de esos barros. Sería cuestión de hacer evaluaciones de bienes y servicios ambientales que se ganan y se pierden, y además, quién gana y quién pierde con estas obras.

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