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Fallo a favor de pueblo originario de Miraflores
Por Fuente: Chaco día por día - Tuesday, Jul. 30, 2013 at 7:52 PM

Jueza de Juan José Castelli hizo lugar a una acción de amparo de una familia qom de Miraflores. Declaró ilegal la venta de sus tierras que formaban parte de una reserva indígena, ordenó devolver las tierras a la comunidad e intimó al Ejecutivo a cumplir el convenio 169 de la OIT.

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En un fallo histórico, una jueza de Familia de Juan José Castelli hizo lugar a una acción de amparo de una familia qom de Miraflores y declaró ilegal la venta de sus tierras que formaban parte de una reserva indígena y que había sido certificada por el juez de Paz local. Ordenó devolver las tierras a la comunidad qom e intimó al Ejecutivo a cumplir el convenio 169 de la OIT.

Con la reanudación de la actividad judicial en el Chaco, un trascendente fallo en defensa de los derechos de los pueblos indígenas se conoció este lunes en la ciudad de Juan José Castelli. Es que la titular del Juzgado del Menor y la Familia de esa localidad de El Impenetrable, Gladys Regosky, hizo lugar a la acción de amparo impulsada por una familia de la etnia qom de la zona de Miraflores y declaró ilegal la venta de territorios que formaban parte de una reserva indígena que históricamente le perteneció a la familia accionante y ordenó la devolución de esas tierras. Además, intimó al poder Ejecutivo provincial al cumplimiento del convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.

La decisión judicial se produjo en el marco de una causa donde la magistrada se basó en el pleno cumplimiento de la legislación vigente en materia de derechos de los pueblos originarios, en lo que hace a la propiedad comunitaria de la tierra. "Es una evolución a la accesibilidad a la justicia de los pueblos indígenas de la provincia del Chaco pero también del resto de la Argentina", aseguró el abogado de la familia Leiva, Gonzalo García Veritá, en contacto con RADIO CIUDAD.

El caso

En marzo de 2012, el señor Epifanio Leiva, perteneciente a la etnia qom, radicó una denuncia penal ante la Fiscalía de Investigación Nº 1 de la ciudad de Juan José Castelli advirtiendo que una persona había usurpado el Lote 88, en la zona de Miraflores, donde históricamente vivió su familia, alegando un boleto de compraventa que había sido certificado por el juez de Paz de esa localidad de El Impenetrable, Omar Berdón. Al no producirse avances en ese trámite, con el patrocinio del abogado indigenista cordobés Gonzalo García Veritá la familia Leiva impulsó una acción de amparo ante el Juzgado del Menor y la Familia de Juan José Castelli para que se reconozca que esos territorios pertenecían a su familia y que formaban parte de una reserva indígena de un total de 10 mil hectáreas en El Impenetrable, por lo cual no podían ser vendidos, como toda tierra de propiedad comunitaria de los pueblos originarios.

La participación

La jueza Regosky había admitido en el expediente como Amicus curiae a representantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (ADPH) y de Madres de Plaza de Mayo -Línea Fundadora-. Previamente y, en otro hecho trascendente, la magistrada había convocado a la comunidad qom de Miraflores a una audiencia de "consulta libre e informada", en cumplimiento del artículo 37 de la Constitución Provincial y el convenio 169 de la OIT de los pueblos indígenas.

García Veritá: "Aplica estándares internacionales de protección de derechos indígenas"

"La jueza Gladys Regosky ha tenido la capacidad de poder aplicar en la sentencia de amparo estándares internacionales de protección de derechos indígenas, acá es donde cobra importancia fundamental este fallo", subrayó el abogado indigenista cordobés, Gonzalo García Veritá, quién patrocinó en la acción de amparo a Epifanio Leiva y la comunidad qom de Miraflores. Y advirtió que "no tenemos grandes fallos a lo largo de la República Argentina que sean sensibles a la protección de los derechos indígenas como lo ha sido éste, de ahí la importancia trascendental en lo estrictamente jurídico. Incluso hay una evolución desde prácticamente todos los institutos del derecho internacional de los derechos humanos aplicados a la cuestión indígena".

"Evolución en la accesibilidad a la justicia de los pueblos indígenas"

García Veritá evaluó al fallo de la doctora Regosky como "una evolución en la accesibilidad a la justicia de los pueblos indígenas de la provincia del Chaco pero también del resto de la Argentina". Y recalcó que junto a la reciente sentencia del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que ratificó la propiedad comunitaria indígena en la reserva de Napalpí -que fue publicada en primicia por CHACO DIA POR DIA.COM- "marcan dos grandes hitos en la interpretación que está teniendo el poder Judicial sobre accesibilidad a los derechos humanos de los pueblos indígenas". Y consideró que el cuadro se completaría con la resolución favorable en el caso conocido como Raíz Chaqueña, donde el juez saenpeñense, Juan Zaloff Dakoff -ya fallecido-, avaló la venta ilegal a la empresa Bajo Hondo Agropecuaria de cerca de cinco mil hectáreas de propiedad comunitaria de la etnia moqoit, en cercanías a la ciudad de Pampa del Infierno.

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