Julio López
está desaparecido
hace 6446 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Perú: Fascismo judicial en detenciones de Goyo Santos
Por Mauricio Quiroz Torres - Saturday, Jun. 28, 2014 at 1:01 PM
Limaprovincias3@yahoo.es

Humala profundiza el fascismo con detención de Goyo Santos

Perú: Fascismo judic...
goyo.jpg, image/jpeg, 290x174

Mauricio Quiroz Torres
Limaprovincias3@yahoo.es

PERU: FASCISMO JUDICIAL EN DETENCION DE GOYO SANTOS


Humala profundiza el fascismo con detención de Goyo Santos

Por: Mauricio Quiroz T.*

El corporativismo político en el país se cumple con Humala.

Y es que lo necesita para tapar su crisis interna, el fracaso del modelo desarrollista improductivo, monetario, que impone el capitalismo burocrático y el imperialismo.

No hay régimen burgués clásico donde se detenga así a un ciudadano. El Poder Judicial y el Ministerio Público se convierten en instrumento del poder político con las denominadas “detenciones preventivas” (1) que lo usan sin evidencia ni prueba plena para la detención de ciudadanos, especialmente de los que resultan incomodos para el régimen humalista. Y es que en la Circular sobre Detención Preventiva del Poder Judicial se establece que tiene que haber punibilidad racionalmente definida y peligro de fuga para su aplicación, lo que no ha sucedido en los casos que se aplican en el Perú (2).

Lo hecho con Goyo Santos y otros Presidentes Regionales es una arbitrariedad acrecentada por el sicariato mediático de buena parte de la prensa, donde las grandes empresas mineras y del capitalismo burocrático son accionistas directa o indirectamente, y son las beneficiadas como bien apunta para Minera Yanacocha, Francesca Emanuele (3).

En el Perú se acrecienta, entonces, la vulneración de los DDHH y del pueblo.

Hoy basta el sambenito de que seas Presidente Regional o Alcalde y tus subordinados delinquen para que el Poder Judicial-mastín del poder político de turno- te coloque el rotulo de asociación ilícita para delinquir.

No hay prueba directa, solo basta que sean tus subordinados para que se tiren abajo toda la arquitectura judicial de los códigos y te ordenen prisión preventiva.

Pero hasta en eso, el nacionalismo burgués humalista es selectivo. Solo apunta contra la izquierda, revisionista o no.

Y es que, el viento político va para allí.

La derecha peruana y sus operadores del nacionalismo burgués humalista creen que con la criminalización de la
protesta popular y, hoy, con su cara visible- la detención de los Presidentes Regionales, Alcaldes y opositores políticos;
los dinamitazos contra los mineros artesanales, etc.- apagaran la creciente protesta popular en desarrollo.

El Perú entra a una escalada fascista y corresponde al movimiento social dar un salto, colocar el problema del poder
político en su agenda para parar esta ofensiva.


---------------------------------------

* Vicepresidente Instituto Pueblo Continente y Editor Político Diario Perú Primero.


Notas.

1. Regulado por el Dr. César San Martin en la Resolución Ejecutiva Nº 325-2011-P/PJ-Circular sobre Prisión Preventiva.
2. Dicha Circular establece que para disponer la prisión preventiva tiene que haber convicción plena de culpabilidad racionalmente determinado y elementos perturbadores de la acción penal (peligro de fuga, entorpecimiento del proceso, etc.). Hechos que no se ha dado en los casos emblemáticos de Ancash, Cajamarca o Tumbes ya que los 3 investigados estuvieron asistiendo normalmente a las investigaciones, iban a la reelección política en sus cargos y no había ningún elemento de entorpecimiento de la acción penal o peligro de fuga.

En su punto 2) dicha Circular claramente lo delimita: “Ello es así porque la prisión preventiva no es otra cosa que una medida coercitiva personal, que solo puede tener fines procesales, cuyo propósito radica en asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal [consolidar, en suma, (i) el proceso de conocimiento (asegurando la presencia del imputado en el procedimiento y garantizando una investigación de los hechos, en debida forma por los órganos de la persecución penal) o (ii) la ejecución de la pena].

3. Ver su artículo “A Conga le conviene que Santos esté encarcelado” en: http://diario16.pe/noticia/50098-lea-a-conga-le-conviene-que-santos-este-encarcelado-columna-francesca-emanuele




agrega un comentario