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Proyecto de ordenanza: Reconocimiento a los pueblos originarios y uso de la Whipala
Por Juan de la Cruz Rolón - Tuesday, Oct. 21, 2014 at 9:27 AM

Al Sr. Presidente
Honorable Consejo Deliberante
Distrito de José C. Paz
PRESENTE

El que suscribe, Juan de la Cruz ROLON, DNI Nº 10.834.392, Coordinador Regional de la Dirección Provincial de Políticas Socio Educativas de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, tiene el agrado de dirigirse a Usted y por su digno intermedio al Honorable Consejo Deliberante que Usted preside.

Motiva la presente, adjuntar propuesta de proyecto de ordenanza, “adhesión a la Ley Provincial Nº 11.331”, conmemoración de “Los Últimos Días de Libertad Indígena”, “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios” y “Incorporación de la Bandera WHIPALA”.

Asimismo informamos, que dentro de los Programas de fortalecimiento de la inclusión y la garantía de más derechos, para los niños, adolescentes y jóvenes, en el Distrito y específicamente en la Escuela Primaria Nº 35, hemos puesto en funcionamiento un CAI (Centro de Apoyo Infantil) con orientación de INTERCULTURALIDAD, donde la propuesta socio-educativa es la participación, inclusión de las culturas, etnias, etc., con amplia participación de la comunidad educativa y social del distrito.

Agradecido, por su gestión, hago propicia la oportunidad de saludarlo cordialmente.-

José C Paz, 08 de Octubre de 2014


Visto la necesidad de reforzar los símbolos, la historia y rescatar los valores de los pueblos originarios para que estas generaciones y venideras descubran que existía otra cultura, conviniendo la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios argentinos y de la América toda, debemos en este momento reconocer a la bandera “Wiphala”; no es un reconocimiento que se hace a una bandera exclusiva para el distrito, sino a una bandera indigenista o indígena como emblema de los pueblos originarios de América”

Considerando

Que es necesario representar con símbolos contundentes lo que queda plasmado en una legislación, para que trascienda a lo largo del tiempo y sean un continuo disparador de reconocimiento real de la historia que nos atañe como Nación.

Que debemos reconocer que somos parte de un país con diversidad de pueblos, cultura, etnias pero que por sobre todo habitamos la misma tierra.

Que la Municipalidad de José C Paz adhiere a la Ley Nº 23.302, y Ley Nº 11.331 de la Provincia de Buenos Aires, la cual garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconociendo la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.

Que la existencia de banderas de los pueblos originarios, junto con el emblema patrio, no niega ni ofende a la bandera argentina, tal como no niega ni ofende las banderas que representan a cada región o provincia; lo que hacen es acompañarla y mostrar la diversidad de Argentina.

Que en la participación de los estudiantes en el Parlamento Juvenil del Mercosur’2014, los mismos plantearon como tema de debate el uso de símbolos que identifiquen la integración intercultural, proponiendo el uso de los mismos.

Por todo lo expuesto anteriormente en uso de sus atribuciones el Honorable Concejo Deliberante de José C Paz emite el siguiente proyecto de ordenanza:

PROYECTO DE ORDENANZA

RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS y
USO DE LA BANDERA “WHIPALA“

ARTICULO 1º. La Municipalidad de José C Paz adhiere a la Ley Provincial Nº 11.331 en la cual la Provincia de Buenos Aires adhiere al contenido y alcance de la Ley Nacional Nº 23.302 – Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes.

ARTICULO 2º. Declárese en todo el Partido de José C Paz a partir de la promulgación de la presente Ordenanza los días 9, 10 y 11 de Octubre de cada año como “Los Últimos Días de Libertad Indígena” y el 12 de Octubre como “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios”.

ARTICULO 3º. La Municipalidad de José C Paz dispone a partir de la promulgación de la presente Ordenanza que todas las instituciones educativas incorporen dentro de sus Banderas de Ceremonias a la bandera de los Pueblos Originarios denominada “WIPHALA” como parte de los símbolos de nuestra Nación, siendo adoptada por las etnias del territorio, hasta tanto un Congreso Indigenista defina una Bandera Indígena Argentina, que represente las comunidades aborígenes que habitan el suelo argentino.

Artículo 4º. Descripción y simbología y represantación cotidiana:

I. La Wiphala consta de cuarenta y nueve (49) cuadrados repartidos en siete (7) columnas por siete (7) filas y contiene siete (7) colores, con la diagonal central de color blanco de forma descendente de izquierda a derecha, de la siguiente forma:



II. La secuencia de colores de forma diagonal descendente, desde el primer cuadrado superior derecho tiene el siguiente orden:
- Un (1) cuadrado de color verde,
- Dos (2) cuadrados azules,
- Tres (3) cuadrados de color violeta,
- Cuatro (4) cuadrados de color rojo,
- Cinco (5) cuadrados de color naranja,
- Seis (6) cuadrados de color amarillo,
- Siete (7) cuadrados de color blanco,
- Seis (6) cuadrados de color verde,
- Cinco (5) cuadrados de color azul,
- Cuatro (4) cuadrados de color violeta,
- Tres (3) cuadrados de color rojo,
- Dos (2) cuadrados de color naranja, y
- Un (1) cuadrado de color amarillo

III. La Wiphala es un símbolo sagrado que identifica el sistema comunitario basado en la equidad, la igualdad, la armonía, la solidaridad y la reciprocidad.

IV. Los colores de la Wiphala tienen la siguiente significación:
- ROJO: representa al Planeta Tierra, es la expresión del hombre en el desarrollo intelectual, es la filosofía cósmica en el pensamiento y conocimiento de los sabios. Todo el mundo material visible.
- NARANJA: representa la sociedad y la cultura; también expresa la conservación y procreación de la especie humana, considerada como la más preciada riqueza patrimonial. Es la salud y la medicina, la formación y la educación, la práctica cultural de la juventud dinámica.
- AMARILLO: representa la energía y la fuerza, la reciprocidad y complementariedad. Es la expresión de los principios morales del hombre. Es la dualidad hombre – mujer, son las leyes y normas, la práctica colectivista de solidaridad humana.
- BLANCO: representa al tiempo y la dialéctica; la historia cíclica. Es el desarrollo de la ciencia y la tecnología, el arte, el trabajo intelectual y manual que genera la reciprocidad y armonía dentro de la estructura comunitaria.
- VERDE: representa la economía y la producción. Simboliza a las riquezas naturales, la flora y la fauna, los recursos hidrológicos y minerales, a la tierra y al territorio.
- AZUL: representa al espacio, la energía cósmica, al infinito, al espíritu que anima todo.
- VIOLETA: representa a la política y la ideología social y comunitaria, el Estado, como una instancia superior. La estructura de poder; las organizaciones sociales, económicas y culturales, y la administración del pueblo y la Nación.

V. Representación Cotidiana: Realizar el izado de la Bandera Wiphala diariamente en los establecimientos educativos, públicos, privados, junto a los Emblemas Nacional y Provincial, previa construcción de los terceros mástiles.

ARTICULO 5º. La Municipalidad de José C Paz dispone a partir de la promulgación de la presente Ordenanza que todos los 12 de Octubre el pabellón nacional flamee a media asta en todos los edificios públicos y actos conmemorativos, en memoria y reivindicación de los pueblos originarios.

ARTICULO 6°. A través de la Subsecretaría de Educación, Dirección de Cultura, la Coordinación de la Dirección Provincial de políticas Socio Educativas y la Jefatura Distrital de la DGCyE, se formara una Comisión “ah honorem”, compuesta de distintas etnias, para la conmemoración de las fechas señaladas en dicha Ordenanza.

ARTICULO 7°. A través de la Subsecretaría de Educación se envíe una copia de la presente ordenanza por intermedio del Coordinador Regional de la Dirección Provincial de Políticas Socioeducativas y la Jefatura Distrital de la DGCyE, se extienda a cada establecimiento educativo, he impulse políticas educativas por las cuales se debata y profundice el tema entre alumnos del distrito.

ARTICULO 8º. Envíese copia a los Honorables Concejo Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, solicitando adhesión a la misma.

ARTICULO 9°. De forma.

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