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Proyecto de ordenanza: Reconocimiento a los pueblos originarios y uso de la Whipala
Por Juan de la Cruz Rolón -
Tuesday, Oct. 21, 2014 at 9:27 AM
Al Sr. Presidente
Honorable Consejo Deliberante
Distrito de José C. Paz
PRESENTE
El que suscribe, Juan de la Cruz ROLON, DNI Nº 10.834.392,
Coordinador Regional de la Dirección Provincial de Políticas Socio Educativas
de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires,
tiene el agrado de dirigirse a Usted y por su digno intermedio al Honorable
Consejo Deliberante que Usted preside.
Motiva la presente, adjuntar propuesta de proyecto de ordenanza, “adhesión a
la Ley Provincial Nº 11.331”, conmemoración de “Los Últimos Días de Libertad
Indígena”, “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios” y “Incorporación
de la Bandera WHIPALA”.
Asimismo informamos, que dentro de los Programas de fortalecimiento de la inclusión
y la garantía de más derechos, para los niños, adolescentes y jóvenes, en el
Distrito y específicamente en la Escuela Primaria Nº 35, hemos puesto en funcionamiento
un CAI (Centro de Apoyo Infantil) con orientación de INTERCULTURALIDAD, donde
la propuesta socio-educativa es la participación, inclusión de las culturas,
etnias, etc., con amplia participación de la comunidad educativa y social del
distrito.
Agradecido, por su gestión, hago propicia la oportunidad de saludarlo cordialmente.-
José C Paz, 08 de Octubre de 2014
Visto la necesidad de reforzar los símbolos, la historia y rescatar los valores
de los pueblos originarios para que estas generaciones y venideras descubran
que existía otra cultura, conviniendo la preexistencia étnica y cultural de
los pueblos originarios argentinos y de la América toda, debemos en este momento
reconocer a la bandera “Wiphala”; no es un reconocimiento que se hace a una
bandera exclusiva para el distrito, sino a una bandera indigenista o indígena
como emblema de los pueblos originarios de América”
Considerando
Que es necesario representar con símbolos contundentes lo que queda plasmado
en una legislación, para que trascienda a lo largo del tiempo y sean un continuo
disparador de reconocimiento real de la historia que nos atañe como Nación.
Que debemos reconocer que somos parte de un país con diversidad de pueblos,
cultura, etnias pero que por sobre todo habitamos la misma tierra.
Que la Municipalidad de José C Paz adhiere a la Ley Nº 23.302, y Ley Nº 11.331
de la Provincia de Buenos Aires, la cual garantiza el respeto a su identidad
y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconociendo la personería
jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras
que tradicionalmente ocupan.
Que la existencia de banderas de los pueblos originarios, junto con el emblema
patrio, no niega ni ofende a la bandera argentina, tal como no niega ni ofende
las banderas que representan a cada región o provincia; lo que hacen es acompañarla
y mostrar la diversidad de Argentina.
Que en la participación de los estudiantes en el Parlamento Juvenil del Mercosur’2014,
los mismos plantearon como tema de debate el uso de símbolos que identifiquen
la integración intercultural, proponiendo el uso de los mismos.
Por todo lo expuesto anteriormente en uso de sus atribuciones el Honorable Concejo
Deliberante de José C Paz emite el siguiente proyecto de ordenanza:
PROYECTO DE ORDENANZA
RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS y
USO DE LA BANDERA “WHIPALA“
ARTICULO 1º. La Municipalidad de José C Paz adhiere a la Ley Provincial Nº 11.331
en la cual la Provincia de Buenos Aires adhiere al contenido y alcance de la
Ley Nacional Nº 23.302 – Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades
aborígenes.
ARTICULO 2º. Declárese en todo el Partido de José C Paz a partir de la promulgación
de la presente Ordenanza los días 9, 10 y 11 de Octubre de cada año como “Los
Últimos Días de Libertad Indígena” y el 12 de Octubre como “Día de la Resistencia
y Dignidad de los Pueblos Originarios”.
ARTICULO 3º. La Municipalidad de José C Paz dispone a partir de la promulgación
de la presente Ordenanza que todas las instituciones educativas incorporen dentro
de sus Banderas de Ceremonias a la bandera de los Pueblos Originarios denominada
“WIPHALA” como parte de los símbolos de nuestra Nación, siendo adoptada por
las etnias del territorio, hasta tanto un Congreso Indigenista defina una Bandera
Indígena Argentina, que represente las comunidades aborígenes que habitan el
suelo argentino.
Artículo 4º. Descripción y simbología y represantación cotidiana:
I. La Wiphala consta de cuarenta y nueve (49) cuadrados repartidos en siete
(7) columnas por siete (7) filas y contiene siete (7) colores, con la diagonal
central de color blanco de forma descendente de izquierda a derecha, de la siguiente
forma:
II. La secuencia de colores de forma diagonal descendente, desde el primer cuadrado
superior derecho tiene el siguiente orden:
- Un (1) cuadrado de color verde,
- Dos (2) cuadrados azules,
- Tres (3) cuadrados de color violeta,
- Cuatro (4) cuadrados de color rojo,
- Cinco (5) cuadrados de color naranja,
- Seis (6) cuadrados de color amarillo,
- Siete (7) cuadrados de color blanco,
- Seis (6) cuadrados de color verde,
- Cinco (5) cuadrados de color azul,
- Cuatro (4) cuadrados de color violeta,
- Tres (3) cuadrados de color rojo,
- Dos (2) cuadrados de color naranja, y
- Un (1) cuadrado de color amarillo
III. La Wiphala es un símbolo sagrado que identifica el sistema comunitario
basado en la equidad, la igualdad, la armonía, la solidaridad y la reciprocidad.
IV. Los colores de la Wiphala tienen la siguiente significación:
- ROJO: representa al Planeta Tierra, es la expresión del hombre en el desarrollo
intelectual, es la filosofía cósmica en el pensamiento y conocimiento de los
sabios. Todo el mundo material visible.
- NARANJA: representa la sociedad y la cultura; también expresa la conservación
y procreación de la especie humana, considerada como la más preciada riqueza
patrimonial. Es la salud y la medicina, la formación y la educación, la práctica
cultural de la juventud dinámica.
- AMARILLO: representa la energía y la fuerza, la reciprocidad y complementariedad.
Es la expresión de los principios morales del hombre. Es la dualidad hombre
– mujer, son las leyes y normas, la práctica colectivista de solidaridad humana.
- BLANCO: representa al tiempo y la dialéctica; la historia cíclica. Es el desarrollo
de la ciencia y la tecnología, el arte, el trabajo intelectual y manual que
genera la reciprocidad y armonía dentro de la estructura comunitaria.
- VERDE: representa la economía y la producción. Simboliza a las riquezas naturales,
la flora y la fauna, los recursos hidrológicos y minerales, a la tierra y al
territorio.
- AZUL: representa al espacio, la energía cósmica, al infinito, al espíritu
que anima todo.
- VIOLETA: representa a la política y la ideología social y comunitaria, el
Estado, como una instancia superior. La estructura de poder; las organizaciones
sociales, económicas y culturales, y la administración del pueblo y la Nación.
V. Representación Cotidiana: Realizar el izado de la Bandera Wiphala diariamente
en los establecimientos educativos, públicos, privados, junto a los Emblemas
Nacional y Provincial, previa construcción de los terceros mástiles.
ARTICULO 5º. La Municipalidad de José C Paz dispone a partir de la promulgación
de la presente Ordenanza que todos los 12 de Octubre el pabellón nacional flamee
a media asta en todos los edificios públicos y actos conmemorativos, en memoria
y reivindicación de los pueblos originarios.
ARTICULO 6°. A través de la Subsecretaría de Educación, Dirección de Cultura,
la Coordinación de la Dirección Provincial de políticas Socio Educativas y la
Jefatura Distrital de la DGCyE, se formara una Comisión “ah honorem”, compuesta
de distintas etnias, para la conmemoración de las fechas señaladas en dicha
Ordenanza.
ARTICULO 7°. A través de la Subsecretaría de Educación se envíe una copia de
la presente ordenanza por intermedio del Coordinador Regional de la Dirección
Provincial de Políticas Socioeducativas y la Jefatura Distrital de la DGCyE,
se extienda a cada establecimiento educativo, he impulse políticas educativas
por las cuales se debata y profundice el tema entre alumnos del distrito.
ARTICULO 8º. Envíese copia a los Honorables Concejo Deliberantes de la Provincia
de Buenos Aires, solicitando adhesión a la misma.
ARTICULO 9°. De forma.