Las abogadas de la familia de Lucía Pérez Montero se pronunciaron tras la sentencia de la Sala 4 de la Cámara de Casación Penal que anuló parcialmente el fallo dictado por los jueces Gómez Urso, Carnevale y Viñas en noviembre de 2018. Estos magistrados habían absuelto a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, acusados por el crimen de Lucía Pérez Montero, quien con 16 años de edad fue secuestrada, violada, drogada y asesinada.
Reproducimos el texto completo:
Caso Lucía Pérez: Comunicado de las abogadas de la familia
El 12 de agosto de 2020 la Sala 4 de la Cámara de Casación Penal dictó sentencia en el caso de Lucía Pérez Montero, quien a los 16 años fue secuestrada, violada, drogada y asesinada el 8 de octubre de 2016 en la ciudad de Mar del Plata.
La Cámara de Casación anuló parcialmente el fallo dictado por los jueces Gómez Urso, Carnevale y Viñas en noviembre de 2018, quienes afirmaron que Lucía había concurrido voluntariamente al domicilio de una persona mayor de edad (Farías, de más de 20 años), que se había drogado voluntariamente, que había tenido sexo de manera violenta voluntariamente, y que se había muerto voluntariamente. Los jueces de Mar del Plata absolvieron a Farías y a Offidani (más de 40 años) por el femicidio de Lucía, y también a Maciel (más de 60 años) por encubrimiento. Los tres llevaron el cuerpo de Lucía hasta la sala de primeros auxilios ese 8 de octubre. Farías y Offidani continuaron vendiendo drogas en la puerta de la escuela donde concurría Lucía.
Por la venta de drogas sí los condenaron a 8 años de prisión, y el fallo de Casación ratificó la condena, pero anuló la absolución de Farías, Offidani y Maciel: nuevo juicio, dijeron los jueces de casación penal. Nuevo juicio que deberá tener tres nuevos o nuevas juezas o jueces, y también un nuevo o nueva fiscal. Nuevo juicio en busca de una nueva justicia que sea imparcial.
Porque la sentencia de Casación deja en claro que los tres jueces del tribunal oral de Mar del Plata juzgaron a Lucía y no a los tres varones adultos acusados; que los tres jueces no fueron imparciales. Y no fueron imparciales por que ya tenían un pre concepto de lo que es una mujer/joven y Lucía no coincidía con las expectativas que ellos tenían de los roles que una sociedad patriarcal espera de una mujer, según estereotipos sexuales y culturales.
Esos pre conceptos de los jueces impidieron cumplir su mandato constitucional de ser imparciales y los llevó a construir una sentencia basada en un ilegítimo argumento subjetivo al desconocer leyes, la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. Por esto fue anulada.
La sentencia también advierte que es hora de cambiar las prácticas del sistema judicial que les permita a los y las operadores despojarse de los estereotipos que impiden ver y escuchar a las mujeres, niñas y disidencias.
Ahora debe avanzar el jury contra los jueces parciales, patriarcales, sexistas, prejuiciosos y discriminadores, desconocedores del derecho.
Y esperamos el nuevo juicio acompañadas de miles de jóvenes que como Lucía exigen una nueva justicia.
Florencia Piermarini y Verónica Heredia
Abogadas de la familia de Lucía Pérez Montero