Masacre de Wilde: condenaron a los 7 policías a 25 años

Casi 29 años después, el TOC N°3 de Lomas de Zamora falló altas penas por homicidio simple contra 4 personas que fueron acribilladas a balazos por integrantes de la Brigada de Lanús de la Bonaerense. ¿Qué dijeron el sobreviviente y las familias de las víctimas?

El segundo de la izq. es Claudio Día, sobreviviente. A su lado Raquel Gazzanego, viuda de Edgardo Cicutín; acompañada de otros familiares.

Por Colectivo de Medios Populares. Redacción: Carlos Rodríguez (La Retaguardia).

Los 7 policías que llegaron al juicio por la Masacre de Wilde, fueron condenados a 25 años de prisión por el delito de “homicidio simple” reiterado en cuatro oportunidades, y por el intento de homicidio del único sobreviviente. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de Lomas de Zamora, dispusieron que la detención de los condenados se haga efectiva una vez que el fallo quede firme. La parte querellante, que junto con la Fiscalía había solicitado cadena perpetua para los siete efectivos y su inmediata detención, se manifestó “medianamente conforme” con la decisión de los jueces.

Raquel Gazzanego, viuda de Edgardo Cicutín, una de las víctimas, le dijo al Colectivo de Medios Populares que está “contenta de haber llegado a esta sentencia, porque si bien no es perpetua, son 25 años y con la edad que tienen hoy los policías, es como si fuera perpetua”. Solo lamentó que no hayan ordenado su inmediata detención: “Me hubiese gustado verlos salir esposados de acá, pero bueno… todo no se puede”.

Por su parte, Claudio Díaz, el único sobreviviente, coincidió con Raquel en el hecho de estar “contento, simplemente contento, porque se llegó y salió la sentencia, que era lo que se tenía que dar”.

El abogado Ciro Annicchiarico, quien representa a Gazzanego y a Díaz, dijo tener la misma opinión de sus representados, aunque le hubiera gustado una calificación más dura del hecho por parte de los jueces. En el juicio, el querellante había solicitado la cadena perpetua por el delito de “homicidio agravado por tres causales: alevosía, el peligro común y por el accionar de dos o más personas”. El “peligro común” fue porque los policías hicieron más de 200 disparos en dos lugares públicos y concurridos, lo que pudo haber determinado una mayor cantidad de víctimas.

Los jueces separaron el caso en dos hechos: uno de ellos, la ejecución de las tres personas que iban en el Peugeot 505, uno de los vehículos baleados. Allí resultaron asesinados el remisero Norberto Corbo, y sus dos pasajeros, Héctor Enrique Bielsa y Gustavo Mendoza. El hecho dos fue la agresión a balazos contra el Dodge 1500 en el que iban Edgardo Cicutín, asesinado, y Claudio Díaz, el sobreviviente.

Los policías Marcelo Daniel Valenga, Hugo César Gatto, Pablo Francisco Dudek y Eduardo Gómez, fueron condenados por los hechos uno y dos. Los imputados Roberto Oscar Mantel y Osvaldo Américo Lorenzón, recibieron la pena por el hecho uno; mientras que el cabo Marcos Ariel Rodríguez, lo fue por el hecho dos.

Todos fueron condenados a 25 años de cárcel, por ser culpables de los delitos “en el hecho uno, de homicidio simple reiterado en tres ocasiones; y por el hecho dos, homicidio simple y homicidio simple en grado de tentativa”. La Masacre de Wilde ocurrió el 10 de enero de 1994 y este fallo llegó luego de casi 29 años de espera por parte de la víctima directa, Claudio Díaz, y las familias de Cicutín y Corbo, las únicas que siguieron reclamando justicia, a pesar de las apelaciones de las defensas, del mal desempeño de actores judiciales y del encubrimiento político-policial en los años en que reinó la “Maldita policía”; en especial durante el mandato del exgobernador bonaerense Eduardo Duhalde.

Los jueces resolvieron que las detenciones se ejecuten una vez que la condena quede firme, habida cuenta de que el fallo será apelado por los defensores de los siete policías. Annicchiarico aclaró que, al haber un fallo condenatorio, los querellantes no tienen la posibilidad de insistir en el pedido de cadena perpetua. Al margen de eso, dijo que analizará los fundamentos de la sentencia, que fueron enviados a las partes por medios electrónicos.

Los jueces impusieron a los condenados las siguientes obligaciones:

• Fijar residencia dentro del ámbito de la provincia de Buenos Aires y ponerse bajo el control del Patronato de Liberados, que realizará controles cada diez días. El único exceptuado es Dudek, en razón de su actual estado de salud que lo obliga a permanecer internado en un complejo asistencial.

• Tienen prohibido ausentarse de sus domicilios por un término mayor a las 24 horas, sin previa autorización de la Justicia.

• Tienen prohibido acercarse por cualquier medio a los damnificados por la Masacre de Wilde y a los testigos del juicio.

• Tienen prohibido salir del país sin autorización judicial previa y de la Dirección de Migraciones.

• Deben mantener estricta reserva de los informes de inteligencia elevados al juicio por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

Los autores de la Masacre de Wilde fueron 12 policías pertenecientes a la Brigada de Investigaciones de Lanús. 3 de los responsables ya fallecieron. Ellos son el comisario César Córdoba, Carlos Saladino y Hugo Reyes. Otro de los imputados, Marciano González, sufrió hace un año un ACV y por eso no llegó al juicio, aunque sigue bajo proceso. El número 12 fue el policía Daniel Roque Cinquino, quien fue sobreseído a poco de ocurrido el hecho porque dijo que su arma reglamentaria había sido utilizada en el hecho por el cabo Rodríguez.

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Fuente: https://laretaguardia.com.ar/2022/12/masacre-de-wilde-condenaron-a-los-7-policias-a-25-anos.html

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